Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones destinadas a las galerías de arte de Canarias para su participación en ferias de arte nacionales e internacionales

Documentación

Por internet

    • Solicitud Anexo II
    • Declaración responsable en la que deberán constar todas las ayudas a minimis recibidas, durante los tres (3) años previos. Anexo IV

    Otra documentación de interés:
    • Certificado de situación censal de entidad Certificado de situación censal de entidad solicitante emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, donde constará de alta el epígrafe de actividad empresarial
    • Declaración de insuficiencia de recursos en caso de solicitud de abono anticipado
    • Para personas jurídicas representación legal Acreditar representación legal
    • Memoria explicativa de la feria En los términos de la base 10.4 A)
    • Memoria económica Memoria económica en los términos de la Base 10.4.B)
    • Carta de invitación Carta de invitación, de aceptación o documento de inscripción como profesional a la feria, donde se indique el valor económico de la participación en la feria.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Fomentar la participación de las galerías de arte de Canarias en ferias de arte nacionales e internacionales
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • personas jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
  • - Personas físicas y jurídicas que tengan como actividad y objeto social, único o entre otros, la intermediación en el mercado del arte (epígrafes IAE 615.5. - Comercio al por mayor de obras de arte y antigüedades y Epígrafe 615.6. - Galerías de arte).
  • - Tener, en el momento de solicitar la ayuda, residencia fiscal y ubicación física en Canarias.
  • - Haber realizado una labor continuada al frente de la galería en los 2 años inmediatamente anteriores a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. A estos efectos, se tendrá en cuenta la fecha de constitución de la sociedad. No podrán ser beneficiarios de las presentes subvenciones las instituciones sin ánimo de lucro y las Administraciones públicas, sus organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos.
  • - Estar constituidas legalmente.
  • - Tener su domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias a la finalización del
  • plazo de presentación de solicitudes.
  • - Estar dadas de alta como actividad económica principal, en el momento de la presentación de la solicitud, en alguno de los epígrafes relacionados con el sector de las galerías de arte.
  • - Las personas que desarrollen actividades económicas deberán estar inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o censo equivalente de la Administración tributaria Canaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
  • - No estar incursas en ninguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarias, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • - Presentar, junto con la solicitud, el plan de financiación y la previsión de ingresos y gastos, en base a lo establecido en el art. 15.5 del Decreto 39/2006, entendiendo que en este caso no concurren los supuestos de excepción a esta obligación que dispone el mismo precepto
  • Estos requisitos deberán mantenerse hasta la justificación de la subvención concedida.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 7/11/2024 0:0
Fecha Fin: 20/11/2024 23:59
  • Condición: Establecer el plazo de presentación de solicitudes en diez (10) días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Régimen Interior, Contratación y Asuntos Presupuestarios

    Quién resuelve

    • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Art. 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      9964
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      3154017

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    Actualizado 05/12/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto