Agencia Tributaria Canaria

Información sobre el Registro electrónico

Es un servicio que permite la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones, disponible las veinticuatro horas del día, todos los días del año, de conformidad con lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Orden de creación del mismo.

Es único para todos los órganos y unidades de la Agencia Tributaria Canaria.

Se excluyen de este registro aquellas comunicaciones electrónicas que deban ser objeto de anotación en registros con regulación propia o que se tramiten a través de sistemas automatizados con sus características propias, salvo que en su regulación se determine expresamente su utilización.

A efectos de cómputo de plazo fijado en días hábiles o naturales, la presentación en un dia inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo aquellos casos en los que una norma pudiere permitir expresamente la recepción en un día inhábil.

Acceso a Calendario oficial.

La presentación por esta vía se considera no realizada para:

  • Documentos excluidos o de fuera del alcance de este Registro.
  • En caso de documentos normalizados, cuando no se cumplimenten los campos requeridos, o cuando contenga incongruencias u omisiones que impidan su tratamiento.
  • Documentos electrónicos que contengan códigos o dispositivos susceptibles de afectar a la integridad del sistema, serán objeto de rechazo.

Antes de utilizar este servicio es necesario que compruebe si su ordenador está configurado correctamente de acuerdo con los requisitos técnicos de la sede electrónica.

Para verificar la validez y veracidad de la información de los documentos emitidos por el Registro General Electrónico a través del Servicio de Verificación de Documentos.

NOTA: Puede consultar toda la información relacionada al Registro en la Orden de 9 de diciembre de 2013, por la que se crea y regula el Registro General Electrónico de la Agencia Tributaria Canaria.


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