Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Programa de subvenciones para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, la creación y el crecimiento empresarial de Canarias, Línea 2

Documentación

Por internet

    • Línea 2
      • a) En caso que la persona o empresa solicitante haya manifestado de forma expresa su oposición a que la Dirección General de Promoción y Diversificación Económica recabe electrónicamente o consulte (a los organismos competente los certificados y datos obrantes en dichas Administraciones que deban aportarse en el procedimiento: i) Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias del Estado y de la Comunidad Autónoma Canaria y frente a la Seguridad Social.)
      • a) En caso que la persona o empresa solicitante haya manifestado de forma expresa su oposición a que la Dirección General de Promoción y Diversificación Económica recabe (electrónicamente o consulte a los organismos competente los certificados y datos obrantes en dichas Administraciones que deban aportarse en el procedimiento: ii) Alta en el impuesto de actividades económicas.)
      • a) En caso que la persona o empresa solicitante haya manifestado de forma expresa su oposición a que la Dirección General de Promoción y Diversificación Económica recabe electrónicamente o consulte a los organismos competente los certificados y datos obrantes en dichas Administraciones que deban aportarse en el procedimiento: iii) Acreditación de estar inscrito en la Enterprise Europe Network (EEN), en caso que se haya marcado en la solicitud. La dirección de la página web de la EEN Canarias es Inicio - Enterprise Europe Network Canarias (een-canarias.org))
      • b) Documento acreditativo de la constitución de la entidad debidamente registrada (En el caso de que los citados documentos ya obren en poder de la Administración, no será preciso volver a aportarlos, debiendo en este caso, indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos y realizar en la solicitud declaración responsable relativa a que las escrituras de constitución de la entidad no han sufrido modificaciones, así como que los poderes de representación no han sido revocados y continúan en vigor. Asimismo, la documentación debe estar firmada electrónicamente por una persona que ostente poder bastante en el seno de la entidad, y en caso contrario, se deberá aportar la acreditación del poder suficiente con que actúa el nuevo firmante.)
      • b) Documento acreditativo de la representación de quien/es actúa/n en su nombre (En el caso de que los citados documentos ya obren en poder de la Administración, no será preciso volver a aportarlos, debiendo en este caso, indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos y realizar en la solicitud declaración responsable relativa a que las escrituras de constitución de la entidad no han sufrido modificaciones, así como que los poderes de representación no han sido revocados y continúan en vigor. Asimismo, la documentación debe estar firmada electrónicamente por una persona que ostente poder bastante en el seno de la entidad, y en caso contrario, se deberá aportar la acreditación del poder suficiente con que actúa el nuevo firmante.)
      • Documento acreditativo del cumplimiento de los plazos de pago (establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, para obtener la condición de persona beneficiaria).
      • Documentación complementaria (Cualquier otra documentación complementaria que se estime conveniente para la correcta definición y evaluación del proyecto presentado, así como de la justificación de circunstancias alegadas por la persona o empresa solicitante)
    • c) Documento acreditativo de estar dado de alta como tercero en el sistema de información económico financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias presentado y registrado ante la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de la empresa beneficiaria y, en su caso, de la persona jurídica de nueva constitución para los proyectos de tipo A), con los datos actualizados.
    • Informe de Vida Laboral de todos los códigos cuenta de cotización a fecha de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del extracto de la convocatoria y a 31 de diciembre de 2023.
    • d) En caso que se haya indicado en la solicitud:
      • i) DNI o Tarjeta de Identidad de extranjero que acredite la condición de mujer.
      • ii) Certificado del grado de discapacidad.

    Otra documentación de interés:
    • Sólo línea 2 e) La documentación justificativa enumerada en la base decimonovena
    • Memoria de actuación justificativa
    • Memoria económica justificativa
    • Auditoría limitada
    • Facturas
    • En caso que la persona o empresa solicitante haya manifestado de forma expresa su oposición a que la Dirección General de Promoción y Diversificación Económica recabe electrónicamente o consulte a los organismos competente los certificados y datos obrantes en dichas Administraciones que deban aportarse en el procedimiento:
i) Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias del Estado y de la Comunidad Autónoma Canaria y frente a la Seguridad Social.
    • En caso que la persona o empresa solicitante haya manifestado de forma expresa su oposición a que la Dirección General de Promoción y Diversificación Económica recabe electrónicamente o consulte a los organismos competente los certificados y datos obrantes en dichas Administraciones que deban aportarse en el procedimiento ii) Alta en el impuesto de actividades económicas, en su caso.
    • Inventario de bienes
    • Reconocimiento de la financiación del Gobierno de Canarias
    • Sólo proyectos tipo A:Documento acreditativo de la constitución de la entidad
    • Sólo proyectos tipo A: Número de Identificación Fiscal definitivo
    • Sólo proyectos de tipo A: Alta de autónomo
    • Certificado de una entidad acreditada de que se ha solicitado la certificación de calidad (en su caso)
    • Informe de Vida Laboral de todos los códigos cuenta de cotización a 31 de diciembre de 2024.
    • Cualquier otra documentación complementaria que se estime conveniente para la correcta justificación de la subvención.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • La Línea 2 del Programa de subvenciones para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, la creación y el crecimiento empresarial de Canarias tiene por objeto regular la concesión de subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias con un mínimo de inversión de 5.000 euros y un máximo de inversión de 300.000 euros en las islas de Tenerife y Gran Canaria y de 100.000 euros en el resto de islas, con inversión realizada desde el 1 de enero de 2024 a 31 de diciembre de 2024.
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Las pequeñas y medianas empresas (persona física o jurídica), excepto las pertenecientes al sector público de las Administraciones públicas estatal, autonómica, local y de la Unión Europea.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Línea 2.
  • Podrán acogerse a las subvenciones que se convoquen de acuerdo con estas Bases: las pequeñas y medianas empresas (persona física o jurídica), excepto las pertenecientes al sector público de las Administraciones públicas estatal, autonómica, local y de la Unión Europea, que realicen un proyecto de los indicados en la base sexta en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, debiendo de contar con establecimiento permanente en Canarias. Salvo el caso de proyectos de empresas de nueva creación, las empresas han de contar con uno o más empleados por cuenta ajena en la fecha que establezca la correspondiente convocatoria.
  • Podrán ser objeto de subvención los proyectos de inversión destinados a la actividad de servicios en general.
  • Podrán ser objeto de subvención los siguientes tipos de proyectos dirigidos a:
  • A) La creación de una empresa.
  • B) Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente.
Cuantía
  • Línea 2: máximo de subvención 59.600€. El importe de la subvención por proyecto se calculará aplicando un porcentaje del 30 por ciento sobre los costes subvencionables. Este porcentaje se incrementará de acuerdo a lo establecido en la base decimoquinta.
Criterios de valoración y baremación:
  • La concesión de subvención se realizará en función únicamente atendiendo a la mera concurrencia de los requisitos para ser persona o empresa beneficiaria, sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes ni la prelación entre las mismas, siguiendo el orden correlativo de entrada a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, siempre que exista consignación presupuestaria. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que la solicitud quedara válidamente presentada, por haberse cubierto en la forma correcta y venir acompañada de la totalidad de los documentos exigidos en la presente Orden de bases. Asimismo, se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe el registro de la última solicitud de ayuda que totalice el importe total del crédito de esta convocatoria.
Forma de Abono:
  • Línea 2: Las subvenciones se abonarán a la entidad colaboradora.
  • La entidad colaboradora procederá a la distribución de los fondos públicos a las entidades beneficiarias en un plazo no superior a quince (15) días, a contar desde la fecha de publicación de la resolución de concesión en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias..

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 13/8/2025 0:0
Fecha Fin: 31/12/2026 22:59
  • Condición: Aportación de documentación.

  • Fecha Inicio: 13/8/2025 0:1
    Fecha Fin: 15/9/2025 23:59

    Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Incentivos Económicos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Promoción y Diversificación Económica
      Plazo de resolución:
      El plazo máximo para dictar y notificar las resoluciones de concesión se iniciará desde la fecha de publicación de la presente convocatoria y sus bases anexas en el Boletín Oficial de Canarias y finalizará el 31 de diciembre de 2025.
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre de la Hacienda Pública Canaria
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    • Normativa autonómica

      DECRETO 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Orden de 23 de julio de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la concesión de la Línea 2 del Programa de subvenciones para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, la creación y el crecimiento empresarial de Canarias.

      Orden de 9 de mayo de 2016, por la que se regula el sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sedes electrónicas en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos dependientes (BOC nº 95, de 18 de mayo).

      Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

      Extracto de la Resolución de 1 de agosto de 2025, por la que se convoca el procedimiento de concesión de subvenciones de la Línea 2 del Programa de subvenciones para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad, la creación y el crecimiento empresarial de Canarias.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (disposiciones que tengan carácter de normativa básica)

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

      Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027

      Normativa europea

      Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      10572
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      3205312

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