Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Expedición de duplicados de títulos académicos de enseñanzas no universitarias (LOGSE, LOE, LOMCE, LOMLOE, LOMLOE-LOOIFP)

Documentación

Por internet

    • Documentación acreditativa de la identidad del adjudicatario (DNI, NIE o pasaporte)
    • Solicitud

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

  • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Tramitación

Objeto

  • Expedir de duplicados los títulos académicos de enseñanzas no universitarias conforme a las leyes (LOGSE, LOE, LOMCE, LOMLOE, LOMLOE-LOOIFP)
A quién está dirigido:
Estudiantes
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Estar inscrito en el registro académico autonómico y/o estatal correspondiente.
Tasas:
(157) Tasa por expedición de duplicados de títulos, certificados académicos y profesionales y duplicado de título de Graduado en Educación Secundaria
  • (1) Expedición de duplicados de títulos, certificados académicos profesionales y duplicado del título de Graduado en Educación Secundaria

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Administración de Centros

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio de Administración de Centros
    Plazo de resolución:
    No tiene
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    No tiene
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Observaciones

  • Para tramitar la expedición de títulos deberá aportar el modelo 700 de pago de tasas.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios.- Resolución de 23 de febrero de 2026, por la que se dictan instrucciones para la tramitación electrónica de los títulos académicos y profesionales de las enseñanzas no universitarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Orden de 10 de noviembre de 1997, por la que se regula en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias el procedimiento de expedición de los títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo

    Decreto 237/1997, de 30 de septiembre, de creación y regulación del Registro de títulos académicos y profesionales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Decreto 84/2024, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes

    Normativa estatal

    Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

    Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

    Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

    Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    10833
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3254458

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