Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Informes clínicos actualizados de las patologías que declara incluyendo pruebas diagnósticas, seguimiento y tratamientos, en los que se fundamenta la petición. Estos Informes estarán actualizados a la fecha de la solicitud en no más de seis meses.
    • Informes psicológicos actualizados con referencia a diagnósticos y tratamientos prescritos, en los que se fundamenta la petición. Estos Informes estarán actualizados a la fecha de la solicitud en no más de seis meses.
    • Informes psicopedagógicos o escolares actualizados en los que se fundamenta la petición. Estos Informes estarán actualizados a la fecha de la solicitud en no más de seis meses.
    • Informes sociales actualizados (opcionales) que acompañan a la petición. Estos Informes estarán actualizados a la fecha de la solicitud en no más de seis meses.
    • Si autoriza la consulta de datos por parte de la Administración.
      • y no oposición expresa Las copias de documentos que acompañen a la solicitud, podrán ser omitidas si no señala oposición expresa a la consulta de datos por parte de la Administración, de manera que ésta podrá recabar de oficio los datos de identidad del DNI/ NIE de la persona interesada y de la persona representante, así como datos de residencia de personas extranjeras, datos de empadronamiento de la persona interesada, situación de desempleo, libro de familia, datos clínicos, y datos sobre prestaciones sociales públicas, a través de los sistemas de verificación y consulta de datos de la Administración General del Estado. Igualmente, si señala la autorización, se podrán consultar los datos de renta de la persona interesada disponiibles en el momento de la solicitud.

SI SE OPONE A LA CONSULTA O NO LA AUTORIZA, DEBERÁ APORTAR LOS DOCUMENTOS REFERIDOS, además de aquellos específicos en cada caso.
    • En el caso de españoles residentes en el extranjero cuyo último domicilio habitual hubiera estado en la Comunidad Autónoma de Canarias.
      • Aportar certificado de inscripción como residente en el consulado español correspondiente.
    • En caso de tener expediente abierto como extranjero y adquirir con posterioridad la nacionalidad española.
      • Aportar Certificado de Concordancia expedido por la policía donde consta el cambio de NIE a DNI.
    • Documento informado Cuestionario dificultades en el desempeño (QD)
    • Cuestionario de dificultades en el desempeño (QD - Centro de Valoración de la Discapacidad) Este cuestionario solo se rellenará si se ha comprometido a aportarlo en el Documento Informado

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Informes clínicos actualizados de las patologías que declara incluyendo pruebas diagnósticas, seguimiento y tratamientos, en los que se fundamenta la petición. Estos Informes estarán actualizados a la fecha de la solicitud en no más de seis meses.
    • Informes psicológicos actualizados con referencia a diagnósticos y tratamientos prescritos, en los que se fundamenta la petición. Estos Informes estarán actualizados a la fecha de la solicitud en no más de seis meses.
    • Informes psicopedagógicos o escolares actualizados en los que se fundamenta la petición. Estos Informes estarán actualizados a la fecha de la solicitud en no más de seis meses.
    • Informes sociales actualizados (opcionales) que acompañan a la petición. Estos Informes estarán actualizados a la fecha de la solicitud en no más de seis meses.
    • Si autoriza la consulta de datos por parte de la Administración.
      • y no oposición expresa Las copias de documentos que acompañen a la solicitud, podrán ser omitidas si no señala oposición expresa a la consulta de datos por parte de la Administración, de manera que ésta podrá recabar de oficio los datos de identidad del DNI/ NIE de la persona interesada y de la persona representante, así como datos de residencia de personas extranjeras, datos de empadronamiento de la persona interesada, situación de desempleo, libro de familia, datos clínicos, y datos sobre prestaciones sociales públicas, a través de los sistemas de verificación y consulta de datos de la Administración General del Estado. Igualmente, si señala la autorización, se podrán consultar los datos de renta de la persona interesada disponiibles en el momento de la solicitud.

SI SE OPONE A LA CONSULTA O NO LA AUTORIZA, DEBERÁ APORTAR LOS DOCUMENTOS REFERIDOS, además de aquellos específicos en cada caso.
    • En el caso de españoles residentes en el extranjero cuyo último domicilio habitual hubiera estado en la Comunidad Autónoma de Canarias.
      • Aportar certificado de inscripción como residente en el consulado español correspondiente.
    • En caso de tener expediente abierto como extranjero y adquirir con posterioridad la nacionalidad española.
      • Aportar Certificado de Concordancia expedido por la policía donde consta el cambio de NIE a DNI.
    • Documento informado Cuestionario dificultades en el desempeño (QD)
    • Cuestionario de dificultades en el desempeño (QD - Centro de Valoración de la Discapacidad) Este cuestionario solo se rellenará si se ha comprometido a aportarlo en el Documento Informado

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Tramitación

Objeto

  • Reconocer la calificación del grado de discapacidad a fin de permitir el acceso a los beneficios, derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorguen a las personas con discapacidad, así como su revisión.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Este procedimiento será de aplicación a las solicitudes de reconocimiento del grado de discapacidad que se presenten por las personas físicas interesadas, que se hallaren empadronadas en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de discapacidad

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Dependencia
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Orden de 18 de octubre de 2012, de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se determina el procedimiento para la valoración
    y calificación del grado de discapacidad de las personas en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC 210, de 25.10.2012; c.e. BOC 243,
    de 13.12.2012), en relación con el artículo 24 de la Ley 39/25015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
    Recursos:
    Reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral

Observaciones

  • Las competencias que en materia de calificación de grado de discapacidad corresponden, conforme al artículo 5 del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. serán ejercidas por la Dirección General de Discapacidad.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Orden de 18 de octubre de 2012, por la que se determina el procedimiento para la valoración y calificación del grado de discapacidad de las personas en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Orden de 3 de diciembre de 2012, por la que se corrigen errores en la Orden de 18 de octubre de 2012, que determina el procedimiento para la valoración y calificación del grado de discapacidad de las personas en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Resolución de 19 de febrero de 2014, por la que se dictan instrucciones relativas al procedimiento de reconocimiento del derecho a la pensión no contributiva por causa de invalidez y sus revisiones, y la necesaria coordinación con el reconocimiento del grado de discapacidad de las personas interesadas y los trámites administrativos que deben sustanciarse para esta finalidad en las oficinas de registro de este Centro Directivo. (BOC nº 59, de 25.03.2014)

    Normativa estatal

    Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

    Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    1978
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    221221

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