Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Prestación de asistencia sanitaria mediante Convenio Especial a personas que no tengan la consideración de aseguradas ni beneficiarias del SNS.

Documentación

Por internet

    • Certificado de no exportación del derecho a la asistencia sanitaria En el caso de los solicitantes nacionales del Espacio Económico Europeo o Suiza o nacionales de países con los que España tenga suscrito convenios bilaterales en materia de Seguridad Social, certificado emitido por la institución competente en materia de Seguridad Social o de asistencia sanitaria del país de procedencia del interesado acreditativo de que no procede la exportación del derecho a la prestación de asistencia sanitaria en España.
    • Documento de identidad de extranjero: pasaporte, NIE....
    • Solicitud
    • Declaración responsable

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

  • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Tramitación

Objeto

  • El objeto es el establecimiento del procedimiento para la aplicación del Real Decreto 576/2013, de 26 de julio, por el que se establecen los requisitos básicos del convenio especial de prestación sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito del Servicio Canario de la Salud.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • a) Acreditar la residencia efectiva en España durante un período continuado mínimo de un año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud del convenio especial.
  • b) Estar empadronadas, en el momento de presentar la solicitud de suscripción del convenio especial, en algún municipio perteneciente al ámbito territorial al que extienda sus competencias la administración pública competente para su suscripción.
  • c) No tener acceso a un sistema de protección sanitaria pública por cualquier otro título, ya sea por aplicación de la normativa nacional, de los reglamentos comunitarios en materia de Seguridad Social o de los convenios bilaterales que en dicha materia hayan sido suscritos por España con otros países.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Gerencia Servicios Sanitarios Lanzarote
    Gerencia Servicios Sanitarios Fuerteventura
    Gerencia Servicios Sanitarios La Palma
    Gerencia Servicios Sanitarios La Gomera
    Gerencia Atención Primaria Las Palmas
    Gerencia Atención Primaria Tenerife
    Gerencia Servicios Sanitarios El Hierro

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Gerencia Servicios Sanitarios La Palma
    Gerencia Servicios Sanitarios Lanzarote
    Gerencia Servicios Sanitarios Fuerteventura
    Gerencia Servicios Sanitarios La Gomera
    Gerencia Atención Primaria Las Palmas
    Gerencia Atención Primaria Tenerife
    Gerencia Servicios Sanitarios El Hierro
    Plazo de resolución:
    30 días
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Observaciones

  • Se trata de un procedimiento que se coordina por la Unidad de Apoyo de la Secretaría General del SCS pero que se tramita por todas las gerencias de atención primaria o servicios sanitarios de las 7 islas. La competencia para resolver las solicitudes y suscribir los convenios corresponde a la Dirección el SCS pero está delegada en las Gerencias de AP y Servicios Sanitarios.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Resolución de 2 de mayo de 2014, de la Directora del Servicio Canario de la Salud de la Consejería de Sanidad, por la que se delegan en las Gerencias de Atención Primaria y Gerencias de Servicios Sanitarios las competencias para resolver las solicitudes y suscribir los convenios especiales de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud

    Orden de 15 de abril de 2014, por la que se desarrolla la normativa básica relativa al convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud.(BOC, nº 84, de 2 de mayo de 2014)

    Normativa estatal

    Real Decreto 576/2013 de 26 de julio, por el que se establecen los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud y se modifica el Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.(BOE, nº 179, de 27 de julio de 2013)

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    3699
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220875
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