Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Alta de datos de Terceros Acreedores que actúan "con Representante"

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Acreditación de la titularidad de la cuenta corriente
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Acreditación de la titularidad de la cuenta corriente
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

    Otra documentación de interés:
    • Documento de identificación o equivalente En caso del canal presencial, se deberá aportar además el NIF/CIF o equivalente.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Presentación de la solicitud de "Alta" de los datos bancarios y personales identificativos de personas físicas/jurídicas/entidades sin personalidad jurídica que actúan con representante, a los efectos de recibir, por primera vez, pagos de la Tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Se ha de adjuntar documentación relativa a la titularidad de la cuenta y a la representación, la cuál tambien ha de firmarse electrónicamente por el representante.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio del Tesoro

Quién resuelve

Observaciones

  • Las Personas Físicas o Jurídicas que “actúan con representante” que, por primera vez, vayan a recibir pagos de la Tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos, deberán darse de alta en la Base de Datos de Terceros Acreedores.

    Si desea comprobar si ya figura en la citada Base de Datos, así como la información que consta en ella, puede consultarlo desde la propia SEDE mediante el procedimiento "4001-Consulta de datos de Terceros Acreedores y del IBAN”, debiendo acceder al mismo con el "Certificado digital de representante”.
    Si como resultado de tal consulta, averigua que ya está dado/a de alta, pero desea modificar determinados datos bancarios y/o identificativos, deberá acceder al procedimiento/trámite: ¨4910-Modificación de datos de Terceros Acreedores que actúan “con representante”.

    La presentación de la solicitud de Alta de los datos identificativos y bancarios, a través de la sede electrónica, es "obligatoria" para los sujetos que enumera el apartado 2 del art. 14, de la Ley 39/2015, de 1/10//15 (LPACAP). Esta presentación se ha de realizar con el "Certificado digital de representante". Asimismo, a la solicitud presentada telemáticamente se deberá "adjuntar" la documentación digitalizada siguiente, la cuál ha de ser firmada, igualmente, por el representante:

    - Documentación acreditativa de la "Representación".

    - Certificación emitida por la entidad financiera de la "titularidad" de la cuenta corriente, y del código IBAN. Para las cuentas bancarias abiertas fuera de España, es obligatorio, además del IBAN, incluir en la certificación bancaria el código BIC (SWIFT). En el caso de que la cuenta extranjera no se configure con código IBAN, deberá incluirse en el certificado en su lugar, el número de la cuenta, el código y la dirección de la sucursal, siendo necesario, además, el código ABA, para el caso de las cuentas de Estados Unidos (EEUU).

    Las personas o entidades extranjeras que no residan, ni se encuentren establecidas en territorio español y que tengan que presentar una solicitud de "Alta" de datos bancarios y personales identificativos, presentarán sus solicitudes en papel de forma "Presencial", cuando no dispongan de ningún sistema de identificación y firma electrónica admitido por la sede electrónica del Gobierno de Canarias, o que, admitidos por la sede, no puedan presentar su solicitud por problemas técnicos (para más información, consulte en "Preguntas Frecuentes").

Normativa

  • Normativa autonómica

    Orden de 17 de enero de 2019, por la que se regulan los procedimientos de alta y modificación telemática de los datos bancarios y personales identificativos para la percepción de pagos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC Nº 17, 25.01.2019)

    Orden de 6 de octubre de 2004, de gestión de los datos de terceros en el sistema de información económico-financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, denominado P.I.C.C.A.C. (BOC nº 162, de 27.10.2004).

    Orden de 21 de febrero de 2005, por la que se modifica la Orden de 6 de octubre de 2004, de gestión de los datos de terceros en el sistema de información económico-financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, denominado P.I.C.C.A.C. (BOC nº 045, de 4.3.2005).

    Orden de 16 enero de 2014, de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, por la que se determinan los datos bancarios que deben contener la base de datos de terceros acreedores de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos públicos dependientes

    Orden de 24 enero de 2014, de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, por la que se corrige error material en la Orden de 16 de enero de 2014 (BOC 13, 21.1.14), por la que se determinan los datos bancarios que deben contener la base de datos de terceros acreedores de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos públicos dependientes

Preguntas Frecuentes

  • ¿Cómo puedo saber si el alta se ha realizado correctamente?
    Al no ser un procedimiento totalmente telemático, una vez presentada y recibida su solicitud, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera procederá a registrar su alta en la Base de Datos de Terceros. Podrá consultarlo, pasados unos días, desde la propia SEDE, accediendo al procedimiento "4001-Consulta de datos de Terceros Acreedores y del IBAN”.
    ¿Cómo actuar en casos de problemas durante la tramitación o consultas de funcionamiento del trámite?
    Existen diferentes vías de contacto:

    Dentro del trámite, pulsando el botón que se encuentra a la derecha de la pantalla, denominado: “¿Necesita ayuda?”.

    En el formulario de solicitud, seleccionando el enlace ¿Necesita ayuda? situado en la esquina superior derecha de su pantalla.

    Si se encuentra en la pantalla “Inicio”, de la Sede electrónica, pulsando el botón “Consultas e incidencias”, que se encuentra en la esquina inferior derecha de su pantalla.
    ¿Cómo es el trámite de ALTA de una EMPRESA EXTRANJERA NO RESIDENTE?
    Las personas o entidades extranjeras que no residan, ni se encuentren establecidas en territorio español y que tengan que presentar una solicitud de "Alta" de datos bancarios y personales identificativos, presentarán sus solicitudes en papel de forma "Presencial", cuando no dispongan de ningún sistema de identificación y firma electrónica admitido por la sede electrónica del Gobierno de Canarias, o que, admitidos por la sede, no puedan presentar su solicitud por problemas técnicos.

    Deberán proceder a la descarga del formulario de solicitud “Presencial” y una vez cumplimentado y firmado, adjuntar la siguiente documentación:

    -Fotocopia del Código de Identificación Fiscal de la entidad (su equivalente en País de que se trate).

    -Certificado Bancario Acreditativo de la Titularidad de la cuenta manifestada (con su correspondiente código IBAN y código SWIFT/BIC). En el caso de que la cuenta extranjera no se configure con código IBAN, deberá incluirse en el certificado en su lugar, el número de la cuenta, el código y la dirección de la sucursal, siendo necesario, además, el código ABA, para el caso de las cuentas de Estados Unidos (EEUU).

    -Fotocopia del documento Acreditativo de la Representación del Representante y firmante.

    Toda la documentación anterior, junto con la solicitud firmada por el Representante de la entidad, deberá ser enviada por correo postal a la siguiente dirección:

    GOBIERNO DE CANARIAS
    CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA
    DIRECCIÓN GENERAL DE TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA. SERVICIO DEL TESORO (GESTIÓN DE TERCEROS)
    CALLE TOMÁS MILLER, 38 3ª PLANTA
    35007 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (ISLAS CANARIAS)
    ESPAÑA

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4909
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    1997883

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