Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Modificación de datos de Terceros Acreedores que actúan "con Representante"

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Acreditación de la titularidad de la cuenta corriente

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Acreditación de la titularidad de la cuenta corriente

    Otra documentación de interés:
    • En el caso de cambio de denominación o CIF, se deberá aportar documento acreditativo de la dicha modificación: Tarjeta del CIF, escrituras de absorción y/o fusión, si fuera el caso, escrito explicativo del cambio que se desea efectuar, según el caso.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Presentación electrónica de la solicitud de "Modificación" de los datos bancarios y personales identificativos de los terceros acreedores que actúan con representante, para la percepción de pagos de la tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos.
  • La presentación de la solicitud de Alta de los datos identificativos y bancarios, a través de la sede electrónica, es "obligatoria" para los sujetos que enumera el apartado 2 del art. 14, de la Ley 39/2015, de 1/10//15 (LPACAP). Esta presentación se ha de realizar con el "Certificado Digital de Representante". Asimismo, a la solicitud presentada telemáticamente se deberá "adjuntar" la documentación digitalizada siguiente, la cuál ha de ser firmada, igualmente, por el representante:
  • - Documentación acreditativa de la "Representación".
  • - Certificación emitida por la entidad financiera de la "titularidad" de la cuenta corriente, y del código IBAN. Para las cuentas bancarias abiertas fuera de España, es obligatorio, además del IBAN, incluir en la certificación bancaria el código BIC (SWIFT). En el caso de que la cuenta extranjera no se configure con código IBAN, deberá incluirse en el certificado en su lugar, el número de la cuenta, el código y la dirección de la sucursal, siendo necesario, además, el código ABA, para el caso de las cuentas de Estados Unidos (EEUU).
  • "Notas Importantes":
  • Nota 1: Extranjeros -Las personas o entidades extranjeras que no residan, ni se encuentren establecidas en territorio español y que tengan que presentar una solicitud de "Modificación" de datos bancarios y personales identificativos, presentarán sus solicitudes en papel de forma "Presencial", cuando no dispongan de ningún sistema de identificación y firma electrónica admitido por la sede electrónica del Gobierno de Canarias, o que, admitidos por la sede, no puedan presentar su solicitud por problemas técnicos. Deberán proceder a la descarga del formulario de solicitud y a la presentación del mismo con la documentación que se ha de adjuntar:
  • - Fotocopia del número de identificación fiscal o equivalente.
  • - Documentación acreditativa de la "Representación".
  • - Certificación emitida por la entidad financiera de la "titularidad" de la cuenta corriente, y del código IBAN, debiendo incluir en la certificación bancaria además el código BIC (SWIFT). En el caso de que la cuenta extranjera no se configure con código IBAN, deberá incluirse en el certificado en su lugar, el número de la cuenta, el código y la dirección de la sucursal, siendo necesario, además, el código ABA, para el caso de las cuentas de Estados Unidos (EEUU).
  • Nota 2: Si durante la presentación electrónica se producen problemas de conexión con la SEDE y sale el mensaje de que el Servicio no está disponible actualmente, y que se ponga en contacto con el servicio técnico, o tiene problemas con su "Certificado de Representante", o desea efectuar alguna consulta relativa a los servicios de la sede, deberá entonces "Contactar" con la SEDE, desde la propia SEDE. Ver los pasos a seguir en la pestaña "Más información", apartado "Observaciones".
  • Nota 3: Cuando los datos a modificar sean distintos a la cuenta corriente, deberá cumplimentar también los datos de la misma, aunque ésta se mantenga, ya que son datos obligatorios a cumplimentar en la solicitud. Además, el sistema obligará a adjuntar el documento relativo a la titularidad de la c/c, que deberá ser firmado por el representante. En este apartado, y para este supuesto, se deberá adjuntar en su lugar, la documentación acreditativa del cambio que se desea realizar, distinto a la cuenta corriente: CIF, Escrituras de Absorción/Fusión, si fuera el caso, escrito explicando cambio que se desea efectuar, según el caso, etc..
  • Nota 4: La modificación presentada no es totalmente automática. Para comprobar el registro de la modificación, puede consultarlo, pasados unos días, accediendo al procedimiento "Consulta de datos de Terceros Acreedores y del IBAN”.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Se ha de adjuntar documentación relativa a la titularidad de la cuenta y a la representación, la cuál también ha de firmarse electrónicamente por el representante.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio del Tesoro

Quién resuelve

Observaciones

  • En caso de producirse problemas de "Conexión/Comunicación", se ha de tener en cuenta lo siguiente, y seguir los siguientes pasos:

    Si durante la presentación se producen problemas de "conexión" con la SEDE, y le sale un mensaje indicándole que se ponga en contacto con el servicio técnico; o bien tiene problemas con la validación de su certificado; o bien desea formular alguna consulta sobre el funcionamiento de la SEDE, así como efectuar alguna reclamación; deberá entonces "Contactar" con la SEDE.
    Para contactar con la SEDE, deberá acceder, desde la propia SEDE, a la ruta: "Inicio/Contacto". Una vez ahí, podrá, bien formular una consulta, o realizar una sugerencia o una reclamación, así como solicitar otro tipo de información relacionada con el procedimiento, cumplimentando los formularios previstos para cada caso.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Orden de 6 de octubre de 2004, de gestión de los datos de terceros en el sistema de información económico-financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, denominado P.I.C.C.A.C. (BOC nº 162, de 27.10.2004).

    Orden de 21 de febrero de 2005, por la que se modifica la Orden de 6 de octubre de 2004, de gestión de los datos de terceros en el sistema de información económico-financiera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, denominado P.I.C.C.A.C. (BOC nº 045, de 4.3.2005).

    Orden de 17 de enero de 2019, por la que se regulan los procedimientos de alta y modificación telemática de los datos bancarios y personales identificativos para la percepción de pagos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC Nº 17, 25.01.2019)

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4910
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    1997886

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