Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Baja en el Registro de identificación individual de animales (RIIA) para las especies Ovina y Caprina

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Listado de bajas individuales de animales muertos en explotación de las especies ovina y caprina. El listado debe incluir relación de animales muertos en explotación indicando: El código REGA de la explotación, la identificación individual de cada animal y la fecha de baja.  
Esta información será transmitida en un fichero informático tipo hoja de cálculo o TXT.
    • Declaración del titular Declaración del titular de la explotación firmada y fechada donde declare ciertos todos los datos aportados en el listado con el objeto de dar de baja a los animales en RIIA de la explotación.
    • Documentación justificativa Documentación que acredite la retirada de cadáveres por empresas debidamente registrada.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Listado de bajas individuales de animales muertos en explotación de las especies ovina y caprina. El listado debe incluir relación de animales muertos en explotación indicando: El código REGA de la explotación, la identificación individual de cada animal y la fecha de baja.  
Esta información será transmitida en un fichero informático tipo hoja de cálculo o TXT.
    • Declaración del titular Declaración del titular de la explotación firmada y fechada donde declare ciertos todos los datos aportados en el listado con el objeto de dar de baja a los animales en RIIA de la explotación.
    • Documentación justificativa Documentación que acredite la retirada de cadáveres por empresas debidamente registrada.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Comunicar las bajas anuales por fallecimiento en el Registro de identificación individual de animales (RIIA) de las especies Ovina y Caprina.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Inscripción previa en el Registro de explotaciones ganaderas de Canarias (REGAC); Que los animales de las especies ovina y/o caprina estén dados de alta previamente en RIIA.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Industrias, Registro y Bienestar Animal

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio de Industrias, Registro y Bienestar Animal
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6066
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2241970
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