Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvención mediante el procedimiento de concurrencia competitiva para la rehabilitación, mejora de la accesibilidad y modernización de las instalaciones interiores de las viviendas.

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • ANEXO I: DATOS DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD CONVIVENCIA Este documento no será necesario rellenarlo si el solicitante es el único  miembro de la unidad de convivencia
    • ANEXO II: AUTORIZACIÓN CONSULTAS DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD CONVIVENCIA No será necesario rellenarlo si el solicitante es el único  miembro de la unidad de convivencia. Este documento deberá ser impreso, firmado, escaneado por cada miembro de la unidad de convivencia y anexado a la solicitud . El formulario está disponible en https://sede.gobcan.es/sede/procedimientos_servicios/tramites/6951?codWebform=1339
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Escritura de propiedad Título actualizado que acredite la propiedad de la vivienda.
    • Contrato de arrendamiento Contrato de alquiler de arrendamiento de acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, que deberá ir acompañado de un acuerdo firmado entre las partes, que autorice la realización de las obras.
    • Certificado de empadronamiento Certificado o Volante de empadronamiento colectivo.
    • Memoria detallada de actividades Memoria de la actuación a realizar que acredite la necesidad de las actuaciones y describa detalladamente las obras, o en su caso Proyecto Técnico.

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Tienen como objeto regular la concesión de subvenciones destinadas a la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad; y conservación, mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad, tanto en el medio urbano como rural, en:
  • - Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila.
  • - Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
  • Las viviendas deben constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios con una antigüedad de al menos tres meses en el momento de solicitar acogerse a las ayudas. Dicha circunstancia deberá acreditarse mediante certificación o volante de empadronamiento.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en las presentes bases las personas físicas mayores de edad que dispongan la nacionalidad española o la residencia legal en España.
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Cuantía
  • Se concederá a los beneficiarios una subvención del cincuenta por ciento (50%) del coste subvencionable de la actuación, con un importe máximo por vivienda de 6.000 €.
Criterios de valoración y baremación:
  • - Por actuación.
  • Grupo Actuación 1. Actuaciones en materia de mejora de la Seguridad de Utilización y Accesibilidad. 2 Puntos.
  • Grupo Actuación 2. Actuaciones de Conservación, Eficiencia Energética y Sostenibilidad. 1 Punto..
  • - Por Ingresos totales de la Unidad de Convivencia residente en el inmueble sobre una puntuación máxima de 4 puntos.
  • Ingresos < 1,5 IPREM : 4 puntos.
  • Ingresos < 3 IPREM : 3 puntos.
  • Ingresos < 4,5 IPREM : 2 puntos.
  • Ingreso < 5,5 IPREM : 1 punto.
Forma de Abono:
  • Las subvenciones se abonarán, de forma anticipada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 37 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establecer el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • El abono anticipado se requerirá por el interesado en el momento de la solicitud de subvención, por aquellas personas que no dispongan de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución del proyecto.
  • La subvención se abonará una vez presentada por parte de la persona beneficiaria:
  • - La licencia de obras, autorización municipal o comunicación que habilite para la realización de las actividades subvencionadas.
  • - El certificado o certificados de inicio de las actuaciones a realizar.
  • - Alta en el Sistema de Información Económico-Financiera y Logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogIC)
  • Dicho abono tendrá la consideración de pago anticipado a justificar en el plazo señalado en la resolución de concesión.
  • No se podrá realizar el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución firme de procedencia de reintegro. No será necesario aportar nuevas certificaciones respecto del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social cuando las incorporadas con la solicitud o durante la tramitación del procedimiento no hayan sobrepasado su plazo de validez.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 13/5/2022 0:0
Fecha Fin: 13/6/2022 23:59

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Instituto Canario de Vivienda
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Normativa

Preguntas Frecuentes

  • ¿Quién puede presentar la Solicitud?
    Persona física, titular o arrendataria de una vivienda que desee rehabilitar su vivienda, mejorar la accesibilidad o modernizar las instalaciones interiores (incluida la eficiencia energética).
    ¿Puede una comunidad de vecinos presentar la solicitud?
    No, esta subvención está dirigida a viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila (en zonas urbanas o rurales) y también para viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
    ¿Se puede solicitar la ayuda para una vivienda destinada a la Vivienda Vacacional?
    No, la vivienda debe constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar acogerse a las ayudas.
    ¿Cuándo debo empezar las obras?
    Las obras no deben iniciarse antes de la fecha de solicitud de la subvención.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6951
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2448752
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