Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
    • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • Otras ayudas No ha solicitado o recibido otras ayudas para la misma actuación o finalidad. (Dependerá del programa de incentivos al que se opte)
    • No estar en crisis Si el destinatario último no es una persona física, declaración de que dicho destinatario último no está en crisis,
    • Población del municipio Se sitúan en un municipio de hasta 5.000 habitantes, o en
un municipio no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyo núcleo tiene una población menor o igual a 5.000 habitantes.
    • Presupuesto Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, suficientemente desglosado,
    • No causar daño al medio ambiente Si la potencia nominal no supera los 100 kW de potencia, cumplimiento del principio de no causar daño significativo a ninguno de los objetivos medioambientales
    • Plan estratégico Plan estratégico donde se indique el origen o lugar de fabricación (nacional, europeo o internacional) de los componentes de la instalación y su impacto medioambiental
    • No causar daño al medio ambiente Siempre que se superen los 100 kW de potencia nominal, justificación del cumplimiento por el proyecto del principio de no causar daño significativo a ninguno de los objetivos medioambientales
    • Memoria residuos generados Siempre que se superen los 100 kW de potencia nominal memoria resumen donde se recoja la cantidad total de residuo generado, clasificado por códigos LER
    • No afección medioambiental del proyecto No afección medioambiental del proyecto (si la potencia nominal no supera los 100 kW de potencia)
    • Censo de empresarios y profesionales De estar al corriente en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores (salvo consentimiento expreso del interesado para que sus datos puedan ser solicitados)
    • Clasificacion empresas Declaración responsable en la que figure la condición de PYME o Gran Empresa o en su caso, si se trata de una entidad sin actividad mercantil y comercial.
    • Alta a terceros Alta de Terceros presentada ante la consejería de Hacienda (http://www.gobiernodecanarias.org/hacienda/dgtesoro/altas_terceros/)
    • 01 - Solicitud aceptación de la subvención concedida
    • 02 - Autorizaciones para consulta de datos por la Administración Pública.
    • 03 - Modelo declaraciones responsables fase solicitud.
    • J01 - Instancia de justificación de la subvención concedida.
    • J00 - Guía de justificación de la ayuda concedida
    • J02 - Informe justificativo de la adecuada realización de las actuaciones.
    • J03 - Relación clasificada gastos y otros ingresos.
    • J04 - Declaración responsable. Cumplimiento del principio de no causar daño significativo (DNSH) Instalaciones con potencia inferior o igual a 100 kW nominales.
    • J05 - Declaración responsable. Cumplimiento del principio de no causar daño significativo (DNSH) Instalaciones de biomasa.
    • J06 - Informe justificativo de la previsión de que el consumo anual de energía por parte del consumidor o consumidores asociados a la instalación sea igual o mayor al 80 % de la energía anual generada por la instalación objeto de la ayuda.
    • J07 - Memoria de justificación de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80% del combustible utilizado en la instalación.
    • J08 - Plan estratégico para instalaciones de potencia superior a 100 kW nominales.
    • J09 - Cartel de publicidad del proyecto de autoconsumo.
    • J11 - Declaración del principio DNSH y la valorización de residuos

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Subvenciones para el despliegue e integración de las energías renovables así como el almacenamiento con fuentes de energía renovable.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
1.- Dentro de los programas de incentivos 1, 2 y 3, se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas:
a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica , entre otros:
1.º Los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.
2.º Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
3.º Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos
b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía
2.- Los destinatarios últimos del programa de incentivos 1 deberán desempeñar su actividad dentro de una Clasificación Nacional de Actividades Económicas (en adelante, CNAE) incluido en uno de los siguientes grupos: G, H, I, J, K, L M, N, O, P, Q, R o S, siempre que no sean administraciones públicas.
3.- Los destinatarios últimos del programa de incentivos 2 deberán desempeñar su actividad dentro de un CNAE correspondiente al grupo A01, excepto el 017, o dentro de un CNAE correspondiente a los grupos B, C, D, E o F. También podrán ser destinatarios últimos de este programa el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas, así como las entidades u organizaciones privadas sin ánimo de lucro, siempre que, en ambos casos, realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
4.- Los destinatarios últimos del programa de incentivos 3 deberán desempeñar su actividad dentro de un CNAE correspondiente a uno de los grupos establecidos en los párrafos anteriores 2 y 3.
5.- En los programas de incentivos 1, 2 y 3, se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas las empresas de servicios energéticos u otras empresas que realicen las actuaciones en establecimientos de los sectores incluidos en cada programa, siempre y cuando el servicio energético generado por la actuación sea realizado para una empresa cuyo CNAE esté incluido en los reflejados en los párrafos anteriores.
6.- Para los programas de incentivos 4 y 5, se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas:
a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
b) Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas siempre que no realice ninguna actividad económica
c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.
d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica dados de alta en el Censo de Empresarios
e) Comunidades de propietarios.
f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía
7.- Para el programa de incentivos 6 se considerarán como destinatarios últimos de las ayudas:
a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
b) Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, que acrediten la puesta a disposición de colectivos vulnerables de viviendas sociales.
c) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado (dados de alta en el Censo de Empresarios de Administración Tributaria)
d) Comunidades de propietarios.
e) Las entidades locales y del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas.
8.- En todos los programas de incentivos, los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, cabildos y consejos insulares, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Cuantía
  • El importe de la ayuda a otorgar será la suma de la ayuda base y la ayuda adicional. Para el cálculo de la cuantía de las ayudas se aplicarán las fórmulas establecidas en el Anexo III del Real Decreto 477/2021.
Criterios de valoración y baremación:
  • Las solicitudes de ayuda presentadas en plazo y con los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en esta resolución de convocatoria se resolverán por orden de entrada en el registro de la solicitud y hasta el agotamiento del crédito, de lo que se hará publicidad en la aplicación informática que se utiliza en la gestión de las ayudas.
Forma de Abono:
  • Abono anticipado o previa justificación.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 29/10/2021 9:0
Fecha Fin: 31/12/2024 23:59
  • Observaciones: Para aporte de documentación en expedientes. Plazo de presentación de nuevas solicitudes cerrado a 31/12/2023.

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio Eficiencia Energética y Nuevas Energías

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejero/a
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 16.6 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Orden de 21 de octubre de 2021, por la que se convocan ayudas en concurrencia no competitiva, para el periodo 2021-2023, derivadas del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, que regula los programas de incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR)

      Orden de ampliación de crédito presupuestario consignado en la Convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva para el periodo 2021-2023, realizada mediante Orden 337, de 21 de octubre de 2021, del Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial (Publicada en el BOC núm.222, el 27 de Octubre de 2021, BDNS: 591179),para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

      ORDEN 189/2023 DE 28 DE DICIEMBRE DE LA CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA DE MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EN CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, PARA EL PERIODO 2021-2023, DERIVADAS DEL REAL DECRETO 477/2021, DE 29 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN LOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (MRR)

      ORDEN 178/2024 DE 31 DE JULIO DE LA CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA DE MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS EN CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, PARA EL PERIODO 2021- 2023, DERIVADAS DEL REAL DECRETO 477/2021, DE 29 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN LOS PROGRAMAS DE INCENTIVOS LIGADOS AL AUTOCONSUMO Y ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, ASÍ COMO A LA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS TÉRMICOS RENOVABLES EN EL SECTOR RESIDENCIAL, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (MRR)

      Normativa estatal

      Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      7011
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2510044

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    Actualizado 04/10/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto