Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en empresas y edificios residenciales, cofinanciadas con FEDER en el ámbito del Programa Operativo de Canarias

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Documentación acreditativa de la identidad del adjudicatario (DNI, NIE o pasaporte) Documentos acreditativos de la identidad del solicitante (NIF y en caso de empresas CIF, Escritura de Constitución, Estatutos y Poder de Representación)
    • Memoria técnica Memoria detallada de las actuaciones previstas en la realización del proyecto, acompañada de estudio energético previo, que al menos contenga los resultados esperados de ahorro de energía primaria y final y reducción de emisiones de Gases de efecto invernadero (GEI), que suponen la realización de la actuación, Presupuesto detallado y Cronograma estimado de ejecución, firmado por técnico competente
    • Esquema de la instalación y plano en planta de ubicación y conexión de la misma
    • Certificado energético del edificio existente en su estado actual (suscrito por técnico competente y registrado convenientemente
    • Certificado energético alcanzado por el edificio tras la reforma propuesta para la que se solicita ayuda (firmado por técnico competente, no siendo necesaria su inscripción en el registro

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Documentación acreditativa de la identidad del adjudicatario (DNI, NIE o pasaporte) Documentos acreditativos de la identidad del solicitante (NIF y en caso de empresas CIF, Escritura de Constitución, Estatutos y Poder de Representación)
    • Memoria técnica Memoria detallada de las actuaciones previstas en la realización del proyecto, acompañada de estudio energético previo, que al menos contenga los resultados esperados de ahorro de energía primaria y final y reducción de emisiones de Gases de efecto invernadero (GEI), que suponen la realización de la actuación, Presupuesto detallado y Cronograma estimado de ejecución, firmado por técnico competente
    • Datos de la instalación y presupuesto (Anexo III)
    • Esquema de la instalación y plano en planta de ubicación y conexión de la misma
    • Certificado energético del edificio existente en su estado actual (suscrito por técnico competente y registrado convenientemente
    • Certificado energético alcanzado por el edificio tras la reforma propuesta para la que se solicita ayuda (firmado por técnico competente, no siendo necesaria su inscripción en el registro

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Tramitación

Objeto

  • Concesión de subvenciones durante el ejercicio 2022 para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en empresas y edificios residenciales, cofinanciadas con FEDER en el ámbito del Programa Operativo de Canarias.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Pymes y Grandes empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Para el sector 1 al que hace referencia la base 4: las empresas, con independencia de su tamaño.

Para el sector 2 al que hace referencia la base 4: los titulares de viviendas, comunidades de propietarios y mancomunidades de propietarios.

(El nº de procedimiento correspondiente a la convocatoria para el año 2022 (SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y EL USO DE ENERGÍAS RENOVABLES EN EMPRESAS Y EDIFICIOS RESIDENCIALES, COFINANCIADAS CON EL FEDER EN EL ÁMBITO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE CANARIAS) para el uso del aplicativo APODERA es 2892491)
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Cuantía
  • El porcentaje máximo de subvención será del 45 % respecto a los gastos subvencionables, con un máximo de 90.000 euros de subvención por proyecto.
  • Se establece un máximo de importe de subvención de 90.000 euros por beneficiario, teniendo en cuenta la base 7.5.
  • Para el sector de empresas, no serán subvencionables proyectos cuya inversión sea inferior a 70.000 euros. Para el sector residencial, no serán subvencionables proyectos cuya inversión sea inferior a 12.000 euros.
Criterios de valoración y baremación:
  • La prelación de las solicitudes presentadas y que cumplan con los requisitos que se establecen en las bases se realizará en función de las líneas de actuación prioritarias (indicados en la base 4.3) que se establezcan en la convocatoria y dentro de ellas por su fecha de presentación y hasta agotar el crédito disponible en la convocatoria correspondiente.
  • La fecha y hora de registro para considerar una solicitud completa (según lo indicado en la base 8.1) será siempre aquella en que el expediente figure con toda la documentación (completa y correcta) requerida en las bases, que puede ser o bien la fecha de presentación, para aquellas solicitudes que cumplan todos los requisitos en el momento de la presentación, o la fecha y hora de la subsanación en el caso de expedientes incompletos y que hayan de ser requeridos para subsanar.
Forma de Abono:
  • Con carácter general, el pago de la subvención, de conformidad con el artículo 37.2 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se realizará previa justificación por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad objeto de subvención, en los términos establecidos en las bases, así como en la resolución de concesión.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Pendiente convocatoria

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio Eficiencia Energética y Nuevas Energías

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Energía
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en la normativa sustitutiva que le sea de aplicación.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC núm. 68, de 8/04/2009).

    ORDEN de 10 de mayo de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en empresas y en edificios residenciales, cofinanciadas con el FEDER en el ámbito del Programa Operativo de Canarias.

    Orden nº 178 de 6 de junio por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio 2022, para la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en empresas y edificios residenciales, cofinanciadas con el feder en el ámbito del programa operativo de canarias

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    7465
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2892491

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