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Subvenciones para proyectos de internacionalización de empresas canarias de islas no capitalinas

Documentación

Por internet

    • Acuerdo firmado por todos los apoderados de las empresas agrupadas Sólo en caso de que el solicitante sea agrupación de empresas.
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Declaración: sobre las ayudas obtenidas en los dos ejercicios anteriores y en el actual, en concepto de minimis.
    • Documento acreditativo de la constitución de la entidad debidamente registrada y C.I.F de la misma.
    • Solicitud
    • Memoria técnica de proyecto

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • El objeto de esta subvención es el apoyo a la internacionalización de las Pymes canarias ubicadas en Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, La Palma, El Hierro y La Gomera, facilitándoles asesoramiento técnico especializado, formación para la internacionalización y apoyo económico a iniciativas de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias, incluido el resto del territorio español. Convocatoria 2022.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Pymes
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones previstas en las presentes bases, las pequeñas y medianas empresas (PYME) de las islas no capitalinas, y podrán presentarse de forma individual o de forma agrupada.
Se entiende por pequeña y mediana empresa (PYME) la que se ajuste a la definición establecida en cada momento por la Unión Europea, estando actualmente vigente la establecida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, que considera como PYME a las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Las empresas/Pymes, ya sea a nivel individual, como de forma agrupada, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
  • a) Tener su domicilio fiscal o tener un establecimiento permanente en alguna de las siguientes islas Canarias: Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, La Palma, El Hierro y La Gomera.
  • a) Tener un año de constitución en el momento de presentar la solicitud.
  • b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • c) Disponer de un producto o servicio con potencial de internacionalización.
Cuantía
  • El importe de la subvención por proyecto se calculará fijando el porcentaje del 75% sobre los costes subvencionados. El 25% restante, debe ser aportado por la empresa, no pudiendo hacer uso de otras subvenciones o ayudas públicas.
  • El importe máximo y mínimo que se podrá solicitar por proyecto se establecerá en la Orden de convocatoria de la subvención.
Criterios de valoración y baremación:
  • La concesión de subvención se realizará en función únicamente de la fecha de presentación dentro del plazo establecido en la correspondiente convocatoria, pudiendo obtener la subvención únicamente las que se encuentren dentro de los límites de crédito disponible en la convocatoria, siendo denegadas el resto.
  • La fecha que se tendrá en cuenta para el orden de entrada será la fecha en que la empresa interesada complete íntegramente la documentación requerida.
Forma de Abono:
  • Las subvenciones se abonarán anticipadamente mediante pago único por el importe total concedido, no exigiéndose garantías. Una vez aceptada la subvención por la empresa beneficiaria, la Dirección General de Promoción Económica iniciará el libramiento de la subvención concedida, mediante Resolución de abono de la subvención.
  • El abono anticipado estará condicionado a que el beneficiario no tenga otras subvenciones con abono anticipado pendientes de justificación cuyo plazo haya transcurrido sin haberse presentado la misma, en los dos ejercicios inmediatos anteriores al que ahora se concede. Esta última circunstancia se hará constar en el expediente mediante certificación acreditativa expedida por el órgano concedente, comprensiva de aquellas concedidas por el mismo Departamento y al mismo beneficiario. Además, habrá de acreditarse que las concedidas en los dos ejercicios anteriores a que se refieren los párrafos anteriores, si están justificadas, dicha justificación figura registrada en el módulo de subvenciones del Sistema Económico Financiero y Logístico de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogiC).
  • No se podrá realizar el pago de la subvención en tanto la empresa beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución firme de procedencia de reintegro. La valoración de estos extremos se efectuará en los mismos términos que para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de acuerdo con la normativa básica y considerando que la empresa beneficiaria o la entidad colaboradora se encuentra al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado la suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
  • No será necesario aportar nuevas certificaciones respecto del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social cuando las incorporadas con la solicitud o durante la tramitación del procedimiento no hayan sobrepasado su plazo de validez.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 22/11/2022 0:0
Fecha Fin: 15/12/2022 23:59

Fecha Inicio: 19/12/2022 0:0
Fecha Fin: 30/12/2022 23:59
  • Condición: Plazo subsanación de solicitudes
  • Observaciones: Se abre el aplicativo para que las personas y empresas solicitantes puedan aportar documentación adicional al expediente de concesión.

  • Fecha Inicio: 29/12/2022 0:0
    Fecha Fin: 13/1/2023 23:59
  • Condición: Plazo para aceptación de la Subvención

  • Fecha Inicio: 21/9/2023 0:0
    Fecha Fin: 31/12/2023 23:59
  • Condición: Subsanación de requerimiento de justificación
  • Observaciones: Se abre plazo para subsanar los requerimientos de justificación

  • Más nformación

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Promoción y Diversificación Económica
      Plazo de resolución:
      18 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      7741
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2941528

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    Actualizado 03/12/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto