Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones destinadas a apoyar la realización de programas dedicados a la promoción del deporte y discapacidad y a clubes deportivos de personas con discapacidad

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
    • Memoria técnica
    • Memoria de la actividad realizada Deberá aportar memorias o programas detallados de las actividad o actividades a realizar para cada una de las líneas, expresando de la manera más completa posible en qué consiste la actividad o actividades, los objetivos que se persiguen, número de participantes, lugar y fecha de celebración, colaboración o participación de otras entidades en el programa. Los proyectos deberán dirigirse obligatoriamente a la promoción del deporte que incorpore a la práctica del mismo a las personas incluidas en los colectivos de personas con discapacidad, definidos en el artículo 3 de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y del deporte de Canarias
    • Copia de los títulos, diplomas, certificaciones que acrediten la formación especializada del personal técnico participantes en el proyecto Copia de los títulos, diplomas, certificaciones que acrediten la formación especializada del personal técnico participantes en el proyecto.
    • Certificado de inscripción en el Registro Mercantil En el caso de sociedades anónimas deportivas deberá aportar certificación extensa del Registro Mercantil.
    • Escritura de constitución En caso de personas jurídicas (no entidad deportiva), deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantíl, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que conste las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera perceptivo.
    • Para línea 2: Certificado de la Federación Deportiva correspondiente del número total de licencias de personas con discapacidad Para las solicitudes de la línea 2 de subvención, certificado de la Federación Deportiva  correspondiente del número total de licencias de personas con discapacidad que la entidad ha generado para la participación de estas en competiciones y actividades realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre del año anterior a la convocatoria y el 31 de agosto del año de la convocatoria, y de  que las licencias han permanecido en vigor durante todo ese periodo, En el supuesto de que la temporada deportiva de la modalidad o especialidad deportiva para personas con discapacidad se corresponda con el año natural, certificado de la Federación Deportiva correspondiente del número total de licencias de personas con discapacidad de la temporada anterior, así como de que las licencias han permanecido en vigor durante toda la temporada.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Desarrollar y fomentar la práctica del deporte y actividad física de las personas con discapacidad, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 3 de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y del deporte de Canarias
A quién está dirigido:
Asociaciones y Federaciones y Fundaciones
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Las entidades jurídicas, públicas o privadas, y los clubes deportivos con residencia en Canarias que realicen las actividades que fundamentan el otorgamiento de las subvenciones.

En la línea 2 de subvención tendrán también la consideración de entidades beneficiarias las entidades deportivas básicas distintas de los clubes deportivos que cuenten con licencias deportivas de personas con discapacidad.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Cuantía
  • 150.000,00 euros (cien mil euros)
Criterios de valoración y baremación:
  • Para la concesión de esta subvención, siempre que el solicitante cumpla los requisitos exigidos en las Bases y no esté incurso en ninguna de las causas de exclusión expresamente previstas en las mismas, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración y su baremación:
  • Línea 1:
  • a) El número potencial de personas pertenecientes a colectivos de atención especial beneficiadas por el Programa. Se valorará de 15 a 25 puntos.
  • b) Número de técnicos acreditados con formación especializada en trabajo con personas con discapacidades. Se valorará de 10 a 15 puntos.
  • c) Duración del proyecto. Días totales de actividad. Se valorará de 5 a 15 puntos.
  • d) La extensión territorial en Canarias del programa. Se valorará de 5 a 20 puntos.
  • e) La conjunción de dos o tres criterios (discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales) de atención especial beneficiados. Se valorará de 5 a 10 puntos.
  • f) Desarrollo de las modalidades deportivas autóctonas y tradicionales canarias. Se valorará con 6 puntos.
  • g) El carácter polideportivo de la práctica. Se valorará de 5 a 15 puntos.
  • h) Participación en igualdad. El desarrollo de proyectos en los que el número de participantes mujeres sea superior a la mitad del total se valorará con 5 puntos.
  • Línea 2:
  • a) Número total de licencias federadas de deportista con discapacidad que la entidad ha generado en cualquier especialidad deportiva y categoría. Solo se valorarán las licencias que tengan la duración de una temporada completa, excluyéndose todas aquellas que tienen una duración limitada por número de pruebas, temporal (menor a una temporada), etc.
Forma de Abono:
  • El abono de las subvención se realizará previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad.
  • No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución firme de procedencia de reintegro.
  • Se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de las subvenciones en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la LGS.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Pendiente convocatoria

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Deportes

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de la Actividad Física y el Deporte
    Plazo de resolución:
    12 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Normativa

  • Normativa autonómica

    Orden nº 465, de 24 de marzo de 2025 del Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y vigencia indefinida destinadas a apoyar la realización de programas dedicados a la promoción del deporte y discapacidad y a clubes deportivos de personas con discapacidad

    Extracto de la Orden por la que se aprueba el gasto y se convocan, para el ejercicio 2025, las subvenciones destinadas a apoyar la realización de programas dedicados a la promoción del deporte entre colectivos de diversidad funcional.

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOC nº 68, de 08.04.2009)

    Decreto 5/2015, de 30 de enero, que modifica el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 26, DE 09.02.2015).

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18.11.2003).

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25.07.2006)

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    8661
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3034381

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