Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Comunicación de incidencias en materia de piscinas.

Documentación

Por internet

    • Comunicación de situaciones de incidencia en piscinas.

    Otra documentación de interés:
    • Documento acreditativo del NIF del titular de la piscina.
    • Documento acreditativo de la representación.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial


  • Otra documentación de interés:
    • Documento acreditativo del NIF del titular de la piscina.
    • Documento acreditativo de la representación.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Tramitación

Objeto

  • La comunicación por los titulares de piscinas para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnicos- sanitarios de las piscinas.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Sanidad Ambiental

Quién resuelve

  • Recursos:
    No cabe recurso

Normativa

  • Normativa estatal

    Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué normativa regula la obligatoriedad de comunicar las situaciones de incidencia en piscinas?
    El Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, estable en su artículo 13 la obligatoriedad de comunicar las situaciones de incidencias en piscinas por parte del titular.
    ¿A quién corresponde la obligatoriedad de notificar las situaciones de incidencias en piscinas?
    Corresponde al titular de la misma, entendiendo por este a toda persona física o jurídica, pública o privada o comunidad de propietarios que
    sea propietaria de la piscina.
    Para el caso de que la piscina sea explotada por persona física o jurídica diferente del propietario, será titular quien asuma dicha explotación.
    ¿La obligación de comunicar las situaciones de incidencia, a qué tipo de piscinas incluye?
    La obligación de comunicación incluye a todo tipo de piscinas, tanto públicas como privadas, además de las ubicadas en viviendas unifamiliares.
    ¿Cuáles son las situaciones de incidencias que deben ser comunicadas a la autoridad sanitaria?
    Estas se encuentran relacionadas en el documento de comunicación de situaciones de incidencia en piscinas, anexo V. Las incidencias a comunicar son, los accidentes como ahogamientos con o sin resultado de muerte, lesiones medulares, traumatismos craneoencefálicos, quemaduras graves, electrocución, intoxicación por productos químicos, atrapamiento en huecos o desagües, etc., y que se produzcan tanto en el vaso como fuera de él (sala de máquinas, cuarto de productos químicos, aseos, etc.).

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    8917
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3111273

INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

La Sede Electrónica utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.


Actualizado 03/10/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto