Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Convocatoria de subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias, Programa STARS (2025).

Documentación

Por internet

    • Fase de Solicitud
      • Solicitud Formulario electrónico de solicitud. Se genera a través del aplicativo informático de gestión y contiene la información descrita en la base reguladora 11, apartado 9.
      • Escritura de constitución Escritura: Escritura y estatutos de la entidad solicitante o documentación equivalente acreditativa de la personalidad.
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta) Documento acreditativo de la representación de quien o quienes actúan en su nombre.
      • Documentación acreditativa de la actividad económica Documento de alta o último recibo del IAE o en su defecto, certificado emitido por el registro mercantil o el registro de asociaciones correspondiente, según el caso, en el que consten sus datos generales
      • Informe de Trabajadores en Alta (ITA) de la Seguridad Social, expedido dentro del plazo de presentación de solicitudes.
      • Acreditación de la difusión a toda la plantilla de las medidas adoptadas por la entidad en materia de igualdad entre hombres y mujeres (base 11, apartado 9, letra e)
      • En caso de pertenencia a un grupo de empresas, deberá aportar para cada una de las entidades que lo conforman la declaración responsable indicada en la base reguladora 11, apartado 9, letra d.

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Fomentar la realización de proyectos para impulsar el emprendimiento innovador en Canarias, aumentando la creación y consolidación de empresas innovadoras en Canarias.
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
En las actuaciones tipos A y C, podrán ser entidades beneficiarias aquellas entidades públicas o privadas, cuyo objeto social comprenda expresamente el desarrollo de actividades propias de agentes de apoyo a la innovación, facilitadoras de servicios que promuevan la cultura innovadora en el ámbito del tejido empresarial, impulsen la actividad emprendedora, y que cumplan en el momento de la presentación de la solicitud con los requisitos recogidos en la base reguladora 4, apartado 1.

En el caso de las actuaciones tipo C, las entidades beneficiarias, además, deberán cumplir los requisitos de base reguladora 4 apartado 2.

En las actuaciones tipo B, podrán ser entidades beneficiarias aquellas empresas canarias emergentes, según la definición de la base 2.c), que pretendan llevar a cabo un proyecto de innovación disruptiva y que cumplan en el momento de la presentación de la solicitud con los requisitos recogidos en la base reguladora 4, apartado 3.

En todo caso, las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Únicamente podrá ser subvencionado como máximo un expediente por entidad y convocatoria (base reguladora 3).
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • 1. En las actuaciones tipos A y C, podrán ser entidades beneficiarias aquellas entidades públicas o privadas, cuyo objeto social comprenda expresamente el desarrollo de actividades propias de agentes de apoyo a la innovación, facilitadoras de servicios que promuevan la cultura innovadora en el ámbito del tejido empresarial, impulsen la actividad emprendedora, y que cumplan los requisitos detallados en la base reguladora 4.1 en el momento de la presentación de la solicitud.
  • 2. En las actuaciones tipo C, las entidades beneficiarias, además, deberán cumplir los siguientes requisitos establecidos en la base reguladora 4.2.
  • 3. En las actuaciones tipo B, podrán ser entidades beneficiarias aquellas empresas canarias emergentes, según la definición de la base 2.c), que pretendan llevar a cabo un proyecto de innovación disruptiva y que cumplan los requisitos establecidos en la base reguladora 4.3.
  • 4. En todo caso, las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • 5. Las ayudas concedidas no serán de aplicación a los sectores que se incluyen en la base reguladora 4.4.
Cuantía
  • La intensidad de la ayuda será del 100% del gasto elegible, siempre que los límites de la subvención por proyecto lo permitan.
  • Los límites mínimo y máximo de la subvención a conceder por proyecto son 30.000 y 120.000 euros, para actuaciones tipos A y C, y entre 25.000 y 50.000 euros para actuaciones tipo B.
  • El importe máximo subvencionable para el concepto de gasto “Informe de auditoría” se establece en 1.200,00 euros.
  • Únicamente podrá concederse a cada entidad un expediente, en cumplimiento de lo dispuesto en la base 3.
  • Las ayudas que se concedan en el marco de la presente Orden tienen la consideración de ayudas de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) nº 2023/2831, de 13 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L de 15 de diciembre). El importe total de las ayudas de minimis recibidas por una única empresa no excederá de 300.000 euros durante los tres años previos.
Criterios de valoración y baremación:
  • No existen criterios de valoración al tratarse de ayudas gestionadas a través de un procedimiento de concurrencia no competitiva.
Forma de Abono:
  • El abono de la subvención se efectuará por anticipado, según lo previsto en la base reguladora 15, estando las entidades beneficiarias exentas de presentar garantías para el abono anticipado de la subvención.
  • No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social o sea deudora por resolución firme de procedencia del reintegro.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 15/1/2025 9:0
Fecha Fin: 31/3/2025 14:0

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información
    Plazo de resolución:
    9 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Artículo 152.2 de la Ley Territorial 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Normativa

  • Normativa autonómica

    ORDEN, 28 sep 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla e implementa la funcionalidad gestión de subvenciones y transferencias del Sistema de Información para la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias, SEFCAN, y se establecen los términos en que se incorpora a la base de datos de subvenciones, prevista en el artículo 46 del Decreto 36/2009, de 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, la información requerida (BOC nº 201, de 11 de octubre de 2011)

    ORDEN de 9 de mayo de 2016, por la que se regula el sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sedes electrónicas en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes (BOC nº 95, de 18 de mayo).

    Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19 de diciembre de 2006)

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, que resulta de aplicación supletoria.(BOC nº 68, de 8/4/2009), modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero (BOC nº 26, 9 de febrero) y por Decreto 151/2022, de 23 de junio (BOC nº132, 5 de julio)

    Acuerdo de Gobierno de 16 de diciembre de 2021 que modifica (modificación cuarta) el Acuerdo de 26 de marzo de 2020, por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias y encomiendas de gestión o disposición que la sustituya

    ORDEN de 24 de mayo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias (BOC nº 106 de 2 de junio de 2023).

    Ley 5/2001, de 9 de julio, de Promoción y Desarrollo de la Investigación Científica y la Innovación en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 87, de 16 de julio)

    Extracto de la Orden de 27 de noviembre de 2024, por la que convocan subvenciones para el impulso de proyectos de innovación disruptiva en Canarias, ejercicio 2025, en tramitación anticipada

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18/11/2003).

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25/07/2006).

    Orden EHA/1434/2007, de 17 de mayo, por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, en el ámbito del sector público estatal.

    Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE nº 131, de 2.6.2011).

    Normativa europea

    Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, (DOUE 24.12.2013), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

    Reglamento (CE, EURATOM) nº 2988/95, del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas

    Reglamento (UE) n.º 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, (DOUE 15.12.2023), relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    9627
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3140857

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