Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvención destinada a proyectos de Primera Experiencia Profesional en Administraciones Públicas, con Corporaciones Locales Municipales de Canarias o sus entidades dependientes o vinculadas dirigido a contratar personas jóvenes desempleadas

Documentación

Por internet

    • Solicitud de subvención Anexo I a la Convocatoria
    • Documento Anexo a la Solicitud, obtenido del aplicativo informático SISPECAN-PCOL. una vez ejecutada, en dicho aplicativo informático, la acción “confirmar solicitud” por parte de la entidad solicitante
    • Oferta de empleo por cada una de las categorías profesionales que se solicitan en el proyecto obtenido de SISPECAN
    • Memoria descriptiva y económica del Proyecto firmada por el representante legal.
    • Memoria descriptiva de las actuaciones de comunicación y publicidad que se van a llevar a cabo a lo largo de todo el proyecto firmada por el representante legal.
    • Certificación o acreditación del órgano competente de la aprobación del proyecto para la que se solicita la subvención, así como de la disposición de financiación para las partidas presupuestarias que han de ser financiadas por la Corporación
    • Informe Técnico sobre el impacto medioambiental, firmado por el órgano competente, en el caso de realizar actuaciones en Red Natura

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud de subvención Anexo I a la Convocatoria
    • DOCUMENTACIÓN PARA EL ABONO:
      • Contrato/s de trabajo de la/s personas contratada/s, que incluirá el Plan formativo individual en el que se especifique el contenido de la práctica profesional, asignando tutor o tutora.
      • Plan formativo individual que incorpore los contenidos exigidos.
      • Titulación o certificación correspondiente, acreditativa del nivel formativo que de lugar al contrato en prácticas para el proyecto subvencionado.
    • DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA:
      • Declaración responsable de la Presidencia de la Entidad en la que conste de forma expresa la realización de la actividad, y el cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención.
      • Informe emitido por la intervención u órgano de control equivalente de la entidad local que acredite la veracidad y regularidad de gastos y pagos justificativos de la subvención otorgada, así como su adecuación a la normativa de acumulación de ayudas
      • Cuenta Justificativa según las características establecidas en la convocatoria En el caso de que se detectara, en expedientes en los que se presente una justificación como total, que no todos los trabajadores han permanecido en el proyecto todo el tiempo previsto en la
resolución de concesión; la entidad estará obligada a aportar, además, los registros contables cuya llevanza venga impuesta por la normativa aplicable y que proporcionen información detallada sobre los gastos
      • Informe fin de obra o servicio emitido por el responsable de la entidad beneficiaria
      • Memoria descriptiva y gráfica de la actuación desarrollada, así como de las actuaciones de publicidad (pasiva y activa) y, en su caso, con inclusión de una evaluación del impacto de género conforme establece la convocatoria debidamente firmada por el representante de la entidad beneficiaria
      • Declaración responsable de que dispone de todos los partes horarios firmados por las propias personas contratadas con ocasión de la ejecución del proyecto. y estará a disposición del SCE en cualquier momento.
      • Justificante, en su caso, del reintegro en la cuenta bancaria del SCE, de los fondos no utilizados que tendrán la consideración de devolución voluntaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

    Otra documentación de interés:

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.

Tramitación

Objeto

  • Convocatoria anticipada 2026
  • Desarrollar proyectos de Primera Experiencia Profesional en Administraciones Públicas con las corporaciones locales municipales de Canarias o sus entidades dependientes o vinculadas en las que se proceda a la contratación de personas jóvenes desempleadas menores de treinta años, bajo la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
A quién está dirigido:
Administración Local
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
1. De acuerdo con el Programa para evitar la discriminación por razón de edad, en concreto su apartado b) incorporado en la orden 1077/23 por la Orden 234/2025, podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las corporaciones locales municipales de Canarias o sus entidades dependientes o vinculadas, que presenten un único proyecto para contratar a jóvenes menores de 30 años mediante la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios, sin que su duración pueda ser inferior a diez meses ni superior a doce meses.

El número máximo de personas a contratar vendrá determinado en función del número de personas menores de 30 años, demandantes de empleo inscritas como demandantes de empleo desempleadas a 31/12/2025. Durante enero de 2026 se publicará Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo por la que se relacionarán por municipios canarios el número de personas menores de 30 años, demandantes de empleo inscritas como demandantes de empleo desempleadas.

2. Estas entidades beneficiarias deberán facilitar a las personas jóvenes contratadas información profesional, orientación o formación durante la vigencia de los contratos subvencionados, y cumplir con todas las obligaciones de prevención de riesgos laborales que les correspondan. Además, se desarrollarán de manera adecuada medidas relacionadas con la actualización de los conocimientos digitales.

3. Las entidades beneficiarias deberán cumplir con los requisitos generales establecidos en el artículo 6 de la Orden TES 1077/2023, y gozar de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto, cumpliendo con los demás requisitos establecidos en la normativa de aplicación.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • - La personas jóvenes menores de treinta años que sean contratadas, deberán estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo desempleadas en las Oficinas de Empleo del SCE y residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • - Asimismo, para su selección se han de cumplir los requisitos establecidos en el resuelvo sexto de la convocatoria.
  • - Los contratos a suscribir deberán ser contratos formativos para la obtención de la práctica profesional, adecuada al nivel de estudios, sin que su duración pueda ser inferior a diez meses ni superior a doce meses, formalizados de conformidad con la normativa laboral que les sea de aplicación, y más concretamente, el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y toda aquella que las complemente o desarrolle.
Cuantía
  • -La dotación presupuestaria de la convocatoria asciende a 2.500.000,00 €.
  • -La cuantía de la subvención se otorgará conforme los criterios establecidos en el resuelvo séptimo de la convocatoria, cuyo apartado 1 de pasa a reproducir a continuación:
  • La cuantía de la subvención a percibir por las entidades solicitantes se destinará a financiar los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, para cada persona trabajadora desempleada contratada de acuerdo con el convenio vigente en el momento de la solicitud. Se excluye como coste subvencionable la indemnización que corresponda por finalización de contrato.
  • De conformidad con lo dispuesto en la Orden TES/1077/2023, modificada por la Orden TES/234/2025, las cuantías máximas de subvención por costes salariales se determinan en función del Grupo de Cotización (GC) a la Seguridad Social de cada persona contratada, con arreglo a los siguientes topes máximos:
  • – GC 1 y 2, ambos inclusive: 37.800,18 euros/año.
  • – GC 3 al 7, ambos inclusive: 30.239,94 euros/año.
  • – GC 8 al 11, ambos inclusive: 22.679,70 euros/año
  • A estas cuantías de subvención se sumarán las indemnizaciones por residencia, incluida la parte correspondiente a la cotización empresarial por todos los conceptos, que estén contempladas en la normativa laboral aplicable en Canarias y conforme a la Orden TES/234/2025, de 7 de marzo.
  • De tal manera que se subvencionará el menor coste, comparando el salario en función del convenio colectivo de aplicación, vigente en el momento de la solicitud, con el tope máximo indicado en este resuelvo.
  • Las contrataciones no podrán ser inferiores a 10 meses ni superiores a 12 meses, y en el caso de que se realicen con una duración inferior a 12 meses, el importe se reducirá proporcionalmente en función de los meses y días de duración del contrato.
Criterios de valoración y baremación:
  • Se estará a los criterios dispuestos en el Resuelvo decimoprimero de la Convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de las bases.
Forma de Abono:
  • El abono se efectuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de las bases, no procediendo la constitución de garantía previa al pago, puesto que las entidades beneficiarias se encuentran exentas de prestarla, por lo que, una vez recibida la documentación mencionada en el punto 2 del resuelvo decimotercero de la convocatoria, el SCE procederá al abono del 100% de la subvención concedida conforme a lo establecido en el Acuerdo de 26 de diciembre de 2024 del Gobierno de Canarias, de modificación undécima del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión, previa acreditación de que la entidad beneficiaria se encuentra al corriente y sin deudas respecto de la Hacienda Canaria, la Hacienda Estatal y la Seguridad Social, y se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas. Dicha acreditación se realizará de oficio por parte del SCE.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 1/2/2026 0:0
Fecha Fin: 2/3/2026 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Subdirección de Empleo

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio Canario de Empleo
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Observaciones

  • -El inicio del proyecto deberá realizarse obligatoriamente en el plazo de un mes a partir de la publicación de la resolución de concesión en el tablón de anuncios, y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2026. Se entiende como fecha de inicio del proyecto la contratación de la primera persona trabajadora.
    -Los contratos a subvencionar deberán formalizarse antes del 31 de diciembre de 2026, salvo circunstancias excepcionales. Obligatoriamente las contrataciones tienen que finalizar antes del 31 de diciembre de 2027. Todos los contratos realizados deben registrarse a través del aplicativo Contrat@.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Resolución de 23 de enero de 2026, de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, por la que se relacionan los municipios de Canarias con el número total de personas menores de 30 años demandantes de empleo, inscritas como demandantes de empleo desempleadas a fecha 31 de diciembre de 2025, de conformidad con el resuelvo cuarto, párrafo segundo de la Resolución de 10 de diciembre de 2025, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria anticipada para conceder subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de primera experiencia profesional en Administraciones Públicas, con las Corporaciones Locales Municipales o sus entidades dependientes o vinculadas de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el ejercicio 2026.

    Extracto de la Resolución de 10 de diciembre de 2025, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria anticipada para conceder subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos de primera experiencia profesional en Administraciones Públicas, con las Corporaciones Locales Municipales o sus entidades dependientes o vinculadas de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el ejercicio 2026.

    Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Normativa estatal

    Orden TES/234/2025, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, por la que se establecen, en el ámbito competencial del Servicio Público de Empleo Estatal, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.

    Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, por la que se establecen, en el ámbito competencial del Servicio Público de Empleo Estatal, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.

    Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo. (BOE nº 233, de 29.09.2021)

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Cómo aporto documentación a mi expediente durante la tramitacion del procedimiento?
    Una vez ha finalizado el plazo de presentación de solicitud de subvención, a través de la Sede Electrónica, dispone de un servicio de apoyo a la presentación electrónica de documentos para el/los expediente/s que tenga abiertos. Para ello, deberá acceder al "Área personal"

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    10436
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3205713

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