Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, PLURIANUALES Y EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, PARA FINANCIAR PROYECTOS DESTINADOS A LA TRANSICIÓN VERDE Y SOSTENIBLE EN ESTABLECIMIENTOS DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO RURALES

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • ANEXO IV DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES
    • ANEXO V DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
    • ANEXO VI DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DNSH
    • ANEXO VII DECLARACIÓN DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LOS PRINCIPIOS TRANSVERSALES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
    • ANEXO VIII AUTORIZACIÓN PARA EL ACCESO DE LAS ENTIDADES DE CONTROL FINANCIERO DE LA UNIÓN EUROPEA
    • ANEXO XI DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL USO DE INTERÉS TURÍSTICO DEL PROYECTO A SUBVENCIONAR
    • ANEXO XII CONDICIÓN DE ÚNICA EMPRESA
    • PLANIFICACIÓN PROYECTO
    • Documentación administrativa obligatoria y común para todos los tipos de solicitantes
      • Certificado de la inscripción en el Registro General Turístico de Canarias, a fecha de la solicitud, de la actividad a subvencionar en situación de funcionamiento, constando como titular el solicitante.
      • Número de cuenta del solicitante con alta a terceros
      • Certificados de estar al corriente en Hacienda Estatal, Tributaria Canaria y Seguridad Social. (En caso de no permitir su consulta)
      • Autorizaciones administrativas de ocupación de espacio público, en su caso.
      • Copia del contrato suscrito con empresa o profesional para llevar a cabo la gestión administrativa y documental de la solicitud ante la Comunidad Autónoma de Canarias, en su caso.
      • Copia de documento que acredite la propiedad del inmueble o espacio o, en su caso, copia del contrato de alquiler o explotación y autorización de la propiedad para realizar en el mismo el proyecto para el que se solicita subvención, en su caso.
    • Documentación obligatoria referente al proyecto a aportar junto a la solicitud (común a todas las tipologías)
      • Memoria lo más resumida posible o pliego técnico de las actuaciones e intervenciones a realizar, acompañada de documentación gráfica en su caso, cuyo conjunto no supere las 10 páginas
      • Presupuesto detallado de proyecto o presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones, suficientemente desglosado y actualizado
      • Autorizaciones administrativas, licencias o permisos concedidas, en caso de ser necesario.
      • El proyecto (o memoria técnica, en el caso de que no se requiera proyecto), donde se describan adecuadamente las actuaciones a realizar y la situación de partida, suscrita por técnico competente
    • En el caso de actuaciones de eficiencia energética y energías renovables en edificios
      • Certificado de eficiencia energética del inmueble en su estado actual Con el contenido que establece el artículo 6 del Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios del Real Decreto 390/2021, de 1 de junio. (Firmado por técnico competente y diligenciado en el registro del órgano competente de la comunidad autónoma.)
      • Certificado de eficiencia energética previsto del inmueble que será alcanzado tras la reforma propuesta para la que se solicita ayuda Según en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio. (Demostrando que se consigue una reducción en el consumo de energía primaria, exclusivamente con las medidas para las que solicita ayuda. El certificado estará firmado por un técnico competente, no siendo necesario que este certificado de eficiencia energética esté registrado en el registro del órgano competente de la comunidad autónoma)
    • Documentación administrativa obligatoria específica para PERSONA FÍSICA
      • Copia del DNI
    • Documentación administrativa obligatoria específica para COMUNIDADES
      • Copia del NIF de la entidad
      • NIF de la persona representante de la entidad
      • Poder legal, notarial o acreditación del apoderado, representante o firmante o certificado del Registro General de Apoderamientos
      • Estatutos de la entidad solicitante y sus posibles modificaciones, debidamente inscritos en el correspondiente Registro
    • Documentación administrativa obligatoria específica para COMUNIDADES
      • NIF del representante
      • Estatutos de la comunidad
      • Copia del NIF de la comunidad
      • Certificado de acuerdo en el que se apruebe la designación del presidente y del administrador o secretario
      • Certificado que incluya la relación de personas comuneras con indicación de las cuotas de participación y número total de viviendas que integran el edificio
      • Copia del NIF de la comunidad de personas propietarias o agrupación de comunidades de personas propietarias
      • Acta de la comunidad donde se recoja la solicitud y aceptación del proyecto objeto de la subvención

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • La convocatoria ofrece ayudas económicas para que hoteles rurales y casas rurales de Canarias puedan realizar proyectos que ahorren energía, mejoren su eficiencia y reduzcan emisiones contaminantes.
  • El objetivo es apoyar actuaciones como mejoras en instalaciones, uso de energías renovables o cualquier medida que reduzca el consumo energético, dentro del Plan de Recuperación financiado por la Unión Europea (Next Generation EU) bajo las condiciones estipuladas en sus bases.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios últimos de estas ayudas las personas, físicas o jurídicas, que respondan a la descripción de establecimiento rural recogida en la normativa sectorial, así como otras actividades económicas vinculadas al sector turístico, ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.

Habrá que tener en cuenta lo previsto en Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba Reglamento de la actividad turística de alojamiento, en particular, el artículo 2, define el concepto de hotel rural y casa rural (apartados j) y ñ), respectivamente):

Hotel rural: Establecimiento hotelero que se encuentra ubicado en un inmueble enclavado en suelo rústico y cuya edificación constituye un bien inmueble integrante del patrimonio histórico de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluido en alguno de los instrumentos previstos en el artículo 15 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias o norma que lo sustituya.

Casa rural: Establecimiento extrahotelero ubicado en un inmueble enclavado en suelo rústico y cuya edificación constituye un bien inmueble integrante del patrimonio histórico de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluido en alguno de los instrumentos previstos en el artículo 15 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias o norma que lo sustituya, y que está dotada del equipamiento e instalaciones necesarias para la conservación, manipulación y consumo de alimentos.

Un mismo beneficiario podrá solicitar financiación para más de un proyecto en distinta o igual categoría siempre y cuando cumpla con la normativa de minimis.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Para adquirir la condición de persona beneficiaria, los solicitantes deberán cumplir, en la fecha de presentación de la solicitud y hasta la liquidación total de la subvención que se conceda, los siguientes requisitos:
  • a) Estar inscrito en el Registro General Turístico de Canarias.
  • b) Cuando se trate de personas físicas, deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de extranjeros no comunitarios, deberán tener su domicilio fiscal y centro operativo permanente en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.
  • c) Cuando se trate de personas jurídicas, deberán acreditar que se encuentran debidamente constituidas mediante escritura pública inscrita en el Registro Mercantil.
  • d) En el caso de las comunidades de propietarios, deberán estar constituidas conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
  • o podrán obtener la condición de beneficiario:
  • a) Aquellos en quienes concurra cualquiera de las circunstancias previstas en los artículos 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003. La apreciación de estas circunstancias se llevará a cabo en el modo establecido en los apartados 4 a 6 del citado artículo 13, y tendrán el alcance que para cada una se establece. Se entenderá con la presentación de la solicitud que se autoriza al órgano administrativo la acreditación de estas circunstancias, a través de certificados telemáticos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las certificaciones correspondientes.
  • b) Quienes operen en alguno de los sectores excluidos en virtud del artículo 1 del Reglamento (UE) N.º 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, en el supuesto de que el beneficiario se acoja a este régimen de ayuda de Estado. En este caso, no puede haberse percibido ayuda superior a 300.000 euros de un Estado miembro en el período de tres años previos.
  • c) Quienes se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición que a estos efectos se realiza en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014 y en las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C249/1, de 31 de julio de 2014).
  • d) Quienes se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les hubiera sido otorgada con anterioridad, bien por haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, bien por cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que le vinieran atribuidas en la concesión.
Cuantía
  • 1.250.000,00 €
  • 50.000 € por solicitante
Criterios de valoración y baremación:
  • Convocatoria en concurrencia no competitiva, en función de fecha de presentación de expediente completo.
Forma de Abono:
  • Tras justificación de los gastos del proyecto de forma telemática, aportando en formato electrónico una cuenta justificativa con aportación de informe de auditor la documentación técnica sobre las actuaciones realizadas recogidas en las bases.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 18/12/2025 0:0
Fecha Fin: 12/1/2026 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Unidad Administrativa Provisional Dirección de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Unidad Administrativa Provisional Dirección de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos
    Plazo de resolución:
    2 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Observaciones

  • Las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente a través del respectivo procedimiento de la Consejería de Turismo y Empleo en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramitador/creacion/tramites/9987

    Los modelos normalizados relativos a la convocatoria se encontrarán publicados en la sede electrónica. Cumplimentado el formulario de solicitud y adjuntada en el procedimiento la documentación, se firmará la solicitud que quedará registrada en el propio procedimiento y se emitirá un comprobante de la presentación de la solicitud.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Resolución de 9 de mayo de 2022, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se modifica el Plan de Medidas Antifraude de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y su sector público en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Orden de la Consejera de Turismo y Empleo, de 3 de diciembre por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, para el ejercicio 2025, de subvenciones plurianuales de concurrencia no competitiva para financiar proyectos de Eficiencia Energética y economía circular de alojamientos rurales ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU»

    Orden de la Consejera de Turismo y Empleo, de 23 de febrero de 2026 por la que se modifican los plazos de ejecución y justificación establecidos en la Orden de la Consejera de Turismo y Empleo, de 3 de diciembre por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, para el ejercicio 2025, de subvenciones plurianuales de concurrencia no competitiva para financiar proyectos de Eficiencia Energética y economía circular de alojamientos rurales ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU»

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

    Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

    Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2022, de la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado por Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría.

    Normativa europea

    Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como el resto de normas de la Unión Europea sobre la materia y estatales de desarrollo o transposición de aquellas.

    Reglamento (UE) N.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

    Reglamento (CE, Euratom) 2988/1995 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas.

    Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

    Reglamento (UE, EURATOM) 883/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de septiembre de 2013 relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (Euratom) 1074/1999 del Consejo.

    El Reglamento (UE) N.º 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis

    Reglamento (UE) 2015/1588 del Consejo, de 13 de julio de 2015, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de ayudas estatales.

    Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

    Reglamento (UE, EURATOM) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión.

    Reglamento (UE) 2021/240, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de febrero de 2021 por el que se establece un instrumento de apoyo técnico.

    Reglamento Delegado (UE) 2021/2105, de la Comisión, de 28 de septiembre de 2021, que completa el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mediante la determinación de una metodología para informar sobre los gastos sociales.

    Reglamento Delegado (UE) 2021/2106, de la Comisión, de 28 de septiembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mediante el establecimiento de los indicadores comunes y los elementos detallados del cuadro de indicadores de recuperación y resiliencia.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    10614
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3233547

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