Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones destinadas a la ejecución, ampliación y/o mejora de infraestructuras para promover el transporte intermodal por parte de los Cabildos Insulares, en el marco del programa FEDER aprobado para Canarias (periodo 2021-2027).

Documentación

Por internet


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a los cabildos insulares de Canarias, en el marco del Programa Canarias FEDER 2021-2027, destinadas a subvencionar la ejecución de nuevas infraestructuras para promover el transporte intermodal, así como las actuaciones para la ampliación y/o mejora de las infraestructuras de intermodalidad existentes.
  • Las subvenciones tienen como finalidad favorecer la movilidad intermodal y contribuir a la generación de entornos urbanos más accesibles e inclusivos y respirables y a la transición hacia una movilidad sostenible e inteligente mediante el fomento al desarrollo e implementación de planes de movilidad urbana sostenible eficaces e integrados en el planeamiento urbanístico.
  • La convocatoria está vinculada al Objetivo Específico 2.8, “fomento de la movilidad urbana multimodal sostenible, como parte de la transición hacia una economía con cero emisiones de carbono”, establecido en el artículo 3 del Reglamento (UE) 2021/1058, de 24 de junio de 2021, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
A quién está dirigido:
Administración Local
Inicio del trámite:
Interesado y de oficio
Beneficiarios:
Cabildos insulares de canarias
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • El plazo de presentación de solicitudes será el que se establezca en la convocatoria correspondiente y su cómputo se iniciará tras la publicación de extracto en el Boletín Oficial de Canarias.
Cuantía
  • 15.000.000,00 euros
Criterios de valoración y baremación:
  • CRITERIO DE PRIORIZACIÓN A.- Grado de madurez de la propuesta (máximo 30 puntos).
  • SUBCRITERIO 1.- La actuación a ejecutar no precisa la redacción de proyecto técnico de acuerdo con la legislación vigente o, de necesitarlo, el documento ha sido ya redactado y aprobado por la corporación insular a fecha de la convocatoria (15 puntos).
  • SUBCRITERIO 2.- A fecha de la convocatoria, la ejecución de la actuación propuesta en la solicitud de subvención se encuentra en fase de licitación y cuenta, en su caso, con proyecto técnico redactado y aprobado de acuerdo con la legislación vigente (20 puntos).
  • SUBCRITERIO 3.- A fecha de publicación de la convocatoria, la ejecución de la actuación propuesta en la solicitud de subvención ha sido ya adjudicada y cuenta, en su caso, con proyecto técnico redactado y aprobado de acuerdo con la legislación vigente (25 puntos).
  • SUBCRITERIO 4.- La memoria aportada incluye un cronograma realista por el que se habrá de regir la organización de trabajos a ejecutar (máximo 5 puntos).
  • CRITERIO DE PRIORIZACIÓN B.- Adecuación del presupuesto solicitado (máximo 10 puntos).
  • SUBCRITERIO 1.- La totalidad de las partidas presupuestarias se destina de forma directa e inequívoca a los fines de la convocatoria (máximo 10 puntos).
  • SUBCRITERIO 2.- La documentación presentada no permite verificar el cumplimiento del nivel anterior por insuficiencia del desglose aportado, o el presupuesto incluye partidas complementarias necesarias para la ejecución que no se vinculan directamente a los fines de la convocatoria (0 puntos).
  • CRITERIO DE PRIORIZACIÓN C. Cuantía de la reducción de consumo de energías de fuentes fósiles. La puntuación se asignará de forma proporcional a la ratio entre el ahorro anual estimado de emisiones de gases de efecto invernadero, expresado en toneladas de CO₂ equivalente por año, y el presupuesto subvencionable de la actuación. Obtendrá 10 puntos la actuación con mayor ratio y 0 puntos aquellas que no acrediten ahorro alguno o no aporten la estimación prevista en el anexo de la convocatoria. El resto de actuaciones recibirán una puntuación proporcional a dicho ratio respecto al valor máximo obtenido en la convocatoria. (máximo 10 puntos).
  • CRITERIO DE PRIORIZACIÓN D. Gestión ambiental sostenible (máximo 10 puntos).
  • SUBCRITERIO 1.- La memoria describe de forma concreta y verificable las medidas previstas para una gestión ambiental sostenible de los procesos vinculados a la actuación. (máximo 10 puntos).
  • SUBCRITERIO 2.- La memoria no incluye descripción suficiente de medidas de gestión ambiental sostenible. (0 puntos).
  • CRITERIO DE PRIORIZACIÓN E.Fomento de la multimodalidad. Se priorizarán aquellas actuaciones que contribuyan de forma eficaz a la integración de diferentes modos de movilidad alternativos al vehículo privado y a los modos motorizados (máximo 10 puntos).
  • CRITERIO DE PRIORIZACIÓN F. Impacto social (máximo 10 puntos).
  • SUBCRITERIO 1.- La memoria justifica el impacto social positivo de la actuación e incorpora medidas específicamente diseñadas desde la perspectiva de género (10 puntos).
  • SUBCRITERIO 2.-La memoria justifica el impacto social positivo de la actuación sin incorporar medidas específicas desde la perspectiva de género (7 puntos).
  • SUBCRITERIO 3.- La memoria no justifica el impacto social positivo de la actuación (0 puntos).
  • CRITERIO DE PRIORIZACIÓN G. Impacto medioambiental.La memoria justifica un impacto medioambiental positivo, más allá del estrictamente relacionado con la reducción en el consumo de energías fósiles. (máximo 10 puntos).
  • CRITERIO DE PRIORIZACIÓN H. Impacto económico. Se priorizarán aquellas propuestas que justifiquen de forma razonada y creíble un impacto económico positivo y significativo. (máximo 10 puntos).
Forma de Abono:
  • Con carácter general, para las subvenciones de carácter anual, el pago de la subvención se realizará previa justificación por la entidad beneficiaria, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad objeto de subvención, en los términos establecidos en las presentes bases, así como en la resolución de concesión. No obstante, se podrán realizar abonos anticipados de hasta el 100% de la subvención concedida cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 37.3 del Decreto 36/2009, siempre que en la correspondiente convocatoria anual se habilite dicha modalidad de abono, de conformidad con lo que establezcan los acuerdos de Gobierno en materia
  • presupuestaria vigentes cuando se efectúe dicha convocatoria.
  • En el caso de subvenciones de carácter plurianual, el pago de la subvención se llevará a cabo bajo la modalidad de abonos a cuenta previa justificación parcial. Cuando así lo admita la convocatoria, podrán habilitarse pagos anticipados para las subvenciones de carácter plurianual, ajustados a la duración y ritmo de ejecución del proyecto o actividad, supeditando el segundo pago y sucesivos a la justificación del abono correspondiente a la anualidad inmediatamente anterior.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 30/6/2026 0:0
Fecha Fin: 28/7/2026 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Transporte Intermodal

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 152 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia de oficio:
    Desestimatorio
    Artículo 152 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 36/2009, 31 marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Ley 11/2006, 11 diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

    Orden de 29 de septiembre de 2025, por la que se aprueban, con vigencia indefinida, las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de subvenciones destinadas a la ejecución, ampliación y/o mejora de infraestructuras para promover el transporte intermodal por parte de los cabildos insulares, en el marco del Programa FEDER aprobado para Canarias en el periodo 2021-2027.

    Resolución de la directora general de Transportes y Movilidad, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y con carácter plurianual, con inicio en el año 2026, destinadas a la ejecución, ampliación y/o mejora de Infraestructuras para promover el Transporte Intermodal por parte de los cabildos insulares, contando con financiación de la Unión Europea en el marco del programa canarias FEDER 2021-2027.

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Normativa europea

    Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.

    Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    10684
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3219898

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