Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Memoria detallada de actividades
    • Fotos de las instalaciones
    • Planos de instalaciones Plano o croquis
    • Informe técnico-veterinario realizado por el técnico competente acerca de la idoneidad de la explotación proyectada en cuanto a sus características zootécnicas, sanitarias (con un programa definido de higiene y profilaxis de los animales a albergar)  y de bienestar animal y censales, en el que se especifique que las instalaciones cumplen con la normativa de aplicación
    • Documento que acredite que el uso del suelo permite la actividad proyectada, expedido por el Ayuntamiento o Cabildo correspondiente
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Acreditación de la representación
    • En caso de persona jurídica:
      • Escritura de constitución
      • Estatutos
    • En caso de de alta explotación apícola:
      • Anexo explotación apícola
    • En caso de explotaciones de autoconsumo
      • Declaración responsable explotaciones avícolas de autoconsumo
      • Declaración responsable explotaciones cunícolas de autoconsumo

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Inscribir y autorizar las explotaciones ganaderas específicas en la Comunidad Autónoma, comprobando previamente el cumplimiento de la normativa sectorial en cada caso.
  • .
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Asociaciones, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Industrias, Registro y Bienestar Animal

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Ganadería
    Plazo de resolución:
    4 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa autonómica

    Ley 14/2014, 26 diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales

    Orden de 20 de marzo de 2018, por la que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias.

    Normativa estatal

    Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas. (BOE Nº 89, de 13.4.2004)

    Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.

    Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos. (BOE Nº 242, de 7.10.2008)

    Real Decreto 372/2003, de 28 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de establecimientos de gallinas ponedoras. (BOE Nº 78, de 1.4.2003)

    Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas. (BOE Nº 62, de 13.3.2002)

    Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. (BOE Nº 154, de 26.6.2004)

    Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas.

    Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo.

    Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación y al plan sanitario integral de las explotaciones ganaderas, y por el que se modifican varias normas de ordenación ganaderas.

    Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.

    Real Decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros.

    Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas.

    Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras.

    Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.

    Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo y por el que se modifica el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.

    Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos.

    Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne y se modifica el Real Decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros.

    Real Decreto 159/2023, de 7 de marzo, por el que se establecen disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea sobre controles oficiales en materia de bienestar animal, y se modifican varios reales decretos.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué es el REGA?
    Se trata de un Registro donde quede reflejada la existencia de animales que no sean animales de compañía. Son las iniciales de Registro de Explotaciones Ganaderas. La palabra “explotación” no debe confundirnos: no es necesario que se obtenga un beneficio económico para estar inscrito, pues debe constar cualquier lugar en los que se tengan, críen o manejen animales de producción, con o sin fines lucrativos. Este registro es muy útil para actuar en el ámbito sanitario (control de epizootias, o sea “epidemias” que afectan a los animales) o en caso de catástrofes naturales (incendios forestales, erupciones volcánicas, etc...)
    ¿Qué tasa hay que pagar para hacer una inscripción en el REGA?
    Ninguna. La inscripción en el registro de explotaciones ganaderas no tiene tasas.
    Por tanto, si quiero tener animales, ¿tengo que inscribirme?
    SÍ. Antes de planificar poseer cualquier tipo de animal he de verificar qué permisos u obligaciones debo cumplir. En el caso de animales de producción (animales que no sean considerados de compañía), es pertinente siempre la inscripción en REGA, sea cual sea el número de ejemplares; bien sean bovinos, caprinos, ovinos, porcinos, equinos, aves, conejos, apicultura o piscicultura. Para otras especies y actividades la vía de inscripción es la de Núcleo Zoológico. Por otra parte, los animales de compañía son censados en cada Ayuntamiento.
    Y si no tengo beneficio económico con mis animales, ¿estoy exento de inscribirme en REGA?
    Para estos casos existe la figura del AUTOCONSUMO: cuando no pretendo comercializar ni animales, ni sus productos, y el número de ejemplares es pequeño, recurro a la clasificación de “autoconsumo” que incluso tiene, en el caso de aves y conejos, una fórmula muy sencilla de inscripción por medio de una “declaración responsable”, (la puedo rellenar desde esta misma página web).
    ¿Si añado una nueva especie he de inscribirme de nuevo?
    Si ya soy titular de un código REGA por otros animales, y quiero poner una nueva especie en la misma ubicación, debo presentar la documentación por medio del procedimiento Modificación de datos en REGA

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    1111
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    221213
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