Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Licencia para el marisqueo profesional a pie

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Justificante del abono de las tasas
    • Certificado de estar dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Justificante del abono de las tasas
    • Certificado de estar dado de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Obtener la licencia para el ejercicio profesional de la recolección a pie de mariscos.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
(240) Tasa por la expedición de autorización para el ejercicio profesional del marisqueo a pie

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Inspección Pesquera

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Pesca
    Plazo de resolución:
    2 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Potestativo de Reposición

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 182/2004, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Pesca de Canarias. (BOC nº 4, de 7.01.2005)

    Orden de 5 de julio de 2010, por la que se regula temporalmente el marisqueo profesional a pie, para la recolección de lapas. (BOC nº 132, de 07/07/2010)

    Orden de 18 de mayo de 2011, por la que se modifica puntualmente la Orden de 2 de mayo de 2011, que fija determinados aspectos del marisqueo a pie para la recolección de algunas especies de mariscos de Canarias (BOC nº 93, de 11.05.2011).

    Decreto 134/1986, de 12 de septiembre, por el que se regula el marisqueo del mejillón canario. (BOC nº 117, de 29/09/1986)

    Orden de 2 de mayo de 2011, por la que se fijan determinados aspectos del marisqueo a pie para la recolección de algunas especies de mariscos de Canarias. (BOC nº 93, de 11/05/2011)

    Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias. (BOC nº 77, de 23/04/2003)

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    1174
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    221229

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