Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Autorización para el ejercicio de actividades subacuáticas de buceo en aguas interiores de la reserva marina de la isla de la Graciosa e islotes del norte de Lanzarote

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Póliza de seguros Póliza que cubra los riesgos y responsabilidades derivados
del ejercicio de la actividad.
    • Recibo del pago de la póliza actualizado
    • Documentación para solicitudes a título individual:
      • Titulo que habilite para la práctica del buceo
      • Último despacho de la embarcación utilizada
    • Documentación específica para clubes, asociaciones deportivo-recreativas y centros de buceo:
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
      • Estatutos Estatutos del club o asociación deportivo-recreativa, debidamente inscritos en el registro correspondiente
      • Autorización del centro de buceo
      • Documentación preceptiva de la embarcación a utilizar
      • Declaración del número máximo de participantes en cada inmersión.
      • Declaración responsable del representante de la entidad Declaración responsable del representante de la entidad respecto a la obligación de ésta de constatar que todos y cada uno de los participantes en una inmersión se encuentran en posesión de la documentación preceptiva, así como que la misma cumple con todos los requisitos reglamentarios concernientes con la seguridad de los participantes, que deberán ser aplicados durante la realización de las inmersiones además de efectuar la correspondiente señalización en la mar.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Póliza de seguros Póliza que cubra los riesgos y responsabilidades derivados
del ejercicio de la actividad.
    • Recibo del pago de la póliza actualizado
    • Documentación para solicitudes a título individual:
      • Titulo que habilite para la práctica del buceo
      • Último despacho de la embarcación utilizada
    • Documentación específica para clubes, asociaciones deportivo-recreativas y centros de buceo:
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
      • Estatutos Estatutos del club o asociación deportivo-recreativa, debidamente inscritos en el registro correspondiente
      • Autorización del centro de buceo
      • Documentación preceptiva de la embarcación a utilizar
      • Declaración del número máximo de participantes en cada inmersión.
      • Declaración responsable del representante de la entidad Declaración responsable del representante de la entidad respecto a la obligación de ésta de constatar que todos y cada uno de los participantes en una inmersión se encuentran en posesión de la documentación preceptiva, así como que la misma cumple con todos los requisitos reglamentarios concernientes con la seguridad de los participantes, que deberán ser aplicados durante la realización de las inmersiones además de efectuar la correspondiente señalización en la mar.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Autorizar el ejercicio de actividades subacuáticas de buceo en aguas interiores de la reserva marina de la isla de la Graciosa e islotes del norte de Lanzarote.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Inspección Pesquera

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Pesca
    Plazo de resolución:
    20 días
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 4.d, de la Orden de 17 de marzo de 1999, por la que se regula el ejercicio de las actividades subacuáticas en las aguas interiores de la reserva marina del entorno de la isla de La Graciosa e islotes del norte de Lanzarote
    Recursos:
    Potestativo de Reposición

Normativa

  • Normativa autonómica

    Orden de 17 de marzo de 1999, por la que se regula el ejercicio de las actividades subacuáticas en las aguas interiores de la reserva marina del entorno de la isla de La Graciosa e islotes del norte de Lanzarote. (BOC nº 63, 18.5.1999).

    Decreto 62/1995, de 24 de marzo, por el que se establece una reserva marina de interés pesquero en el entorno de la isla de La Graciosa y en los islotes de la isla de Lanzarote. (BOC nº 51, de 26.4.1995)

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    1930
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220973

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