Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Comunicación de apertura o reanudación de actividad en los centros de trabajo

Documentación

Por internet

    • Comunicación apertura centros trabajo. Modelo A.
    • Comunicación apertura centros trabajo (construcción). Modelo B. Este modelo B se presentará debidamente cumplimentado en el caso de tratarse de una obra de construcción.
    • En caso de obra de construcción (modelo B)
      • Plan de seguridad y salud y acta de aprobación
      • Evaluación de riesgos
    • documentación acreditativa de la identidad en caso de representación
    • Solicitud

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Dar conocimiento a la autoridad laboral competente de la apertura, instalación, traslado y ampliación de centros de trabajo, así como la reanudación de la actividad después de alteraciones, ampliaciones o transformaciones importantes. Esta obligación corresponde al empresario y afecta a todos los centros de trabajo de la empresa.
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
Requisitos previos:
  • La comunicación de apertura se realizará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de inicio de la actividad. En obras de construcción, será previa al comienzo de los trabajos.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Promoción Laboral de Las Palmas
    Servicio de Promoción Laboral Santa Cruz de Tenerife

Quién resuelve

  • Recursos:
    No cabe recurso

Observaciones

  • La obligación de comunicar la apertura del centro de trabajo o la reanudación de actividades corresponde al empresario, sea cual sea la actividad llevada a cabo. La comunicación de apertura en obras de construcción se efectuará únicamente por los empresarios que tengan la condición de contratistas conforme al Real Decreto 1627/1997. (artículo 2.2 de la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril).

Normativa

  • Normativa estatal

    Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, sobre los requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura o de reanudacion de actividades en centros de trabajo

    Real Decreto 1627/1997,de 24 de octubre, que establece las disposiciones minimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    3193
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    221196
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