Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Autorización para la nueva construcción de buques pesqueros

Documentación

Por internet

    • Solicitud de autorización.
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Proyecto técnico Incluirá cálculo de arqueo en GT, TRB, volumen bajo cubierta, y potencia del motor principal (expresada en Kw).
    • Certificado Registro Mercantil Donde se incluya que la embarcación se encuentra libre de cargas y gravámenes.
    • De los buques aportados como baja se acompañará la siguiente documentación:
      • Resolución de compromiso de aportación de capacidad Emitida por el Área Funcional de Agricultura y Pesca o la Dependencia del Área funcional de la Subdelegación del Gobierno, según proceda, donde el buque que aporta la capacidad tenga su puerto base.
      • Cesión de derechos de la baja a sustituir Cuando el solicitante de la autorización no sea el titular registral del buque aportado como baja, deberá figurar la cesión de derechos de la baja a sustituir a favor del solicitante, visada por la Delegación de Hacienda correspondiente, y acompañada de la liquidación del modelo de Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.(Modelo 600)
      • Hoja de asiento Completa, literal y certificada en todos sus páginas, con una antigüedad no superior a 6 meses y donde conste inscrito el compromiso de aportación de capacidad.
    • Si el motor principal a instalar en la nueva embarcación tiene certificada la potencia:
      • Hoja de asiento del buque de procedencia del motor donde figure su marca, modelo y número de serie.
    • Si el motor principal a instalar en la nueva embarcación no tiene certificada la potencia:
      • Documentación del fabricante -Página web del fabricante donde figure el motor, la ficha técnica, etc., y en el que se pueda verificar que es un motor comercializado internacionalmente.
- Ficha técnica del motor. Potencia determinada según ISO 15550.
-Plano motor.
- Curvas de potencia.
- Manuales de instalación / mantenimiento / operación /propietario.
-Descripción del motor indicando elementos que pueden tener influencia en la potencia y sean manipulables: Turbos – tipo, post-enfriadores, sistema de inyección,centralitas, etc.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud de autorización.
    • En caso de actuar mediante representante:
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Proyecto técnico Incluirá cálculo de arqueo en GT, TRB, volumen bajo cubierta, y potencia del motor principal (expresada en Kw).
    • Certificado Registro Mercantil Donde se incluya que la embarcación se encuentra libre de cargas y gravámenes.
    • De los buques aportados como baja se acompañará la siguiente documentación:
      • Resolución de compromiso de aportación de capacidad Emitida por el Área Funcional de Agricultura y Pesca o la Dependencia del Área funcional de la Subdelegación del Gobierno, según proceda, donde el buque que aporta la capacidad tenga su puerto base.
      • Cesión de derechos de la baja a sustituir Cuando el solicitante de la autorización no sea el titular registral del buque aportado como baja, deberá figurar la cesión de derechos de la baja a sustituir a favor del solicitante, visada por la Delegación de Hacienda correspondiente, y acompañada de la liquidación del modelo de Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.(Modelo 600)
      • Hoja de asiento Completa, literal y certificada en todos sus páginas, con una antigüedad no superior a 6 meses y donde conste inscrito el compromiso de aportación de capacidad.
    • Si el motor principal a instalar en la nueva embarcación tiene certificada la potencia:
      • Hoja de asiento del buque de procedencia del motor donde figure su marca, modelo y número de serie.
    • Si el motor principal a instalar en la nueva embarcación no tiene certificada la potencia:
      • Documentación del fabricante -Página web del fabricante donde figure el motor, la ficha técnica, etc., y en el que se pueda verificar que es un motor comercializado internacionalmente.
- Ficha técnica del motor. Potencia determinada según ISO 15550.
-Plano motor.
- Curvas de potencia.
- Manuales de instalación / mantenimiento / operación /propietario.
-Descripción del motor indicando elementos que pueden tener influencia en la potencia y sean manipulables: Turbos – tipo, post-enfriadores, sistema de inyección,centralitas, etc.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Obtener la autorización previa necesaria para la nueva construcción de embarcaciones pesqueras.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Asociaciones y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Estructuras Pesqueras

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Pesca
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa estatal

    Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera.

    Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo.

    Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan las artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional Canario.

    Normativa europea

    Reglamento (UE) nº. 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013 sobre la política pesquera común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) no 1954/2003 y (CE) no 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) no 2371/2002 y (CE) no 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    3291
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220734

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