Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Autorización a persona física o jurídica (operador) para realizar operaciones de tratamiento de residuos no peligrosos.

Documentación

Por internet

    • Solicitud de autorización a persona física o jurídica (operador) para realizar operaciones de tratamiento de residuos no peligrosos
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta) en el caso de autónomos, alta en el IAE
    • Estudio justificativo de solvencia económica y financiera para el ejercicio de la actividad de gestión de residuos
    • Memoria de la actividad de tratamiento con el contenido indicado en el documento explicativo adjunto
    • Declaración responsable sobre la cualificación de los empleados en los térninos indicados en el documento explicativo adjunto
    • Declaración responsable de cumplimiento de la legislación vigente aplicable a la actividad objeto de autorización, incluyendo la adecuación presente y futura a lo dispuesto en los planes nacionales
o autonómicos de residuos que resulten de aplicación.

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

    Es necesario la descarga de Adobe Reader.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Obtener autorización para personas físicas o jurídicas, como operadores, para el desarrollo de determinadas operaciones de tratamiento de unos residuos no peligrosos concretos.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Asociaciones y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

Observaciones

  • En aplicación del artículo 33 apartado 3, la autorización como operador se concederá por la autoridad competente de la comunidad autónoma donde está ubicada la sede social de la entidad, siendo válida para todo el territorio nacional, y pudiendo ejercer su actividad en instalaciones de tratamiento de residuos previamente autorizadas.
    El operador que se autorice quedará inscrito en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de Canarias con su correspondiente número de identificación ambiental (NIMA).
    La autorización como operador de instalaciones de tratamiento de residuos es intransferible, por lo que la desaparición de la persona jurídica autorizada como operador implica la extinción de la autorización concedida.

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    3391
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    221053
Ayúdenos a mejorar

INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

La Sede Electrónica utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.


Actualizado 27/03/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto