Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Comunicación previa para la realización de la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar.

Documentación

Por internet

    • Comunicación previa para realizar la actividad de transporte marítimo turístico, recreativo, educativo o similar
    • Acreditación de la identidad de la persona física o jurídica interesada NIF / NIE
    • Escritura de constitución Solo en el caso de que la embarcación esté siendo explotada por persona jurídica
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta) Solo en el caso de que esté actuando en representación de la persona interesada
    • Certificado de navegabilidad / Certificado de Registro Español-Permiso de Navegación / ITB española (solo para embarcaciones de pabellón no español)
    • Inscripción en el Registro Marítimo Español, con hoja de asiento de la embarcación / Inscripción en el Registro Marítimo, según bandera de procedencia (pabellón no español)
    • Contrato de arrendamiento en el caso que la embarcación no esté siendo explotada por la persona propietaria.
    • Autorización del puerto base para la embarcación
    • Póliza del seguro obligatorio de viajeros (SOVI) y último recibo de pago en vigor
    • Póliza del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas y último recibo de pago en vigor

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Realizar la comunicación previa para la prestación de servicios de transporte turístico, recreativo, educativo o similar con una antelación mínima de quince días al inicio de la actividad..
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Transporte Marítimo

Quién resuelve

  • Recursos:
    Recurso de Alzada

Observaciones

  • 15 dias antes del inicio de la actividad.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Ley 12/2007, de 24 de abril de Ordenación del Transporte Marítimo de Canarias

    Normativa estatal

    Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes.

    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo.

    Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    3532
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220979
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