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Presentación del modelo 416 - Impuesto General Indirecto Canario - Declaración anual de operaciones exentas por aplicación del artículo 25 de la Ley 19/1994

Documentación

Por internet

    • Presentación del modelo 416 - Impuesto General Indirecto Canario - Declaración anual de operaciones exentas por aplicación del artículo 25 de la Ley 19/1994

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • El modelo 416, Declaración anual de operaciones exentas del I.G.I.C. por aplicación del artículo 25 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, es una declaración tributaria relativa a las operaciones exentas del I.G.I.C. por aplicación del artículo 25 de la Ley 19/1994, realizadas a lo largo del año natural, con el contenido previsto en la normativa reguladora de aplicación.
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
  • La presentación de la Declaración anual de operaciones económicas exentas del I.G.I.C. por aplicación del artículo 25 de la Ley 19/1994, Modelo 416, se realizará durante el mes de febrero de cada año en relación con las operaciones realizadas durante el año natural anterior.

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    No tiene
    Recursos:
    No cabe recurso

Normativa

  • Normativa autonómica

    Resolución de 12 de febrero de 2014, por la que se establece la presentación telemática del modelo 415 de declaración anual de operaciones económicas con terceras personas, del modelo 416 de declaración anual de operaciones exentas del Impuesto General Indirecto Canario por aplicación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, y del modelo 452 de declaración de entregas de combustibles exentas del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias

    Resolución de 3 de agosto de 2021, de la Directora, por la que se establece la presentación telemática obligatoria de los modelos de declaración y autoliquidación 400 y 412 del Impuesto General Indirecto Canario, del modelo de declaración 451 del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias y de los modelos de declaración-liquidación 045 y 046 de la Tasa Fiscal sobre el Juego, y se amplía el ámbito subjetivo de la presentación telemática obligatoria de modelos de declaración y autoliquidación 415, 416, 420 y 425 del Impuesto General Indirecto Canario, de los modelos de declaración y autoliquidación 450, 452 y 455 del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, de los modelos de declaración y autoliquidación 430 y 433 del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo, de los modelos de declaración y autoliquidación 460 y 461 del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y del modelo de autoliquidación 620 del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de compraventa de determinados medios de transporte usados.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4011
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220434

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