Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Presentación del Modelo 600 - Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

Documentación

Por internet

Presencial

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Tramitación

Objeto

  • Autoliquidar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Oficinas de Atención Tributaria y Delegaciones Tributarias Insulares (ver Web de la Agencia Tributaria Canaria)
Plazo de presentación:
  • El plazo para la presentación de las autoliquidaciones relativas a actos o contratos sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados será de un mes a contar desde el momento en que se cause el acto o contrato.

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Administración Tributos Cedidos S/C de Tenerife
    Administración Tributos Cedidos Las Palmas

Quién resuelve

  • Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    No tiene
    Recursos:
    No cabe recurso

Observaciones

  • La presentación telemática del modelo 600 será opcional.
    Presentación telemática obligatoria para los siguientes supuestos:
    -Cuando el sujeto pasivo sea una persona jurídica o una entidad sin personalidad jurídica, incluso en los casos de concurrencia con otros sujetos pasivos que sean personas físicas.
    - Cuando el presentador sea un colaborador social de la Agencia Tributaria Canaria
    - Cuando el presentador tenga la consideración de presentador habitual
    En el supuesto de personas obligadas a relacionarse telemáticamente con la Agencia Tributaria Canaria, únicamente quedarán exonerados de dicha obligación cuando la declaración o autoliquidación tributaria no pueda cumplimentarse con los medios tecnológicos o programas de ayuda puestos a disposición por la Agencia Tributaria Canaria y esta circunstancia quede debidamente acreditada.
    La presentación del modelo por registro electrónico carecerá de validez, teniéndose por no presentado.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto-legislativo 1/2009, 21 abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos. Arts.30-39-sexies-

    ORDEN de 9 de abril de 2021, por la que se modifican diversos aspectos de las Órdenes reguladoras de la presentación telemática del modelo 600 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de la remisión por los notarios de la ficha resumen de los documentos notariales y de la copia electrónica de las escrituras y demás documentos públicos; y de las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de documentos con trascendencia tributaria.

    Normativa estatal

    Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

    Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4026
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220497

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