Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Convocatoria de ayudas al desplazamiento del alumnado residente en Canarias que ha cursado estudios superiores universitarios de grado y máster en centros públicos en Canarias, o resto del territorio español o europeo del curso 2024/2025

Documentación

Por internet

    • Solicitud Ayudas al desplazamiento del estudiantado, residente en Canarias, que debe desplazarse a centros públicos fuera de su isla de residencia habitual del curso 2024-2025
    • Justificante de matrícula del curso 2024/2025 donde conste el número de créditos matriculados.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Sufragar el sobrecoste económico que supone al estudiantado residente en Canarias cursar estudios superiores universitarios de grado y máster, fuera de su isla de residencia, ya sea en Canarias o en el resto de España, en el caso de que no exista oferta en su isla de residencia o de que aún existiendo, no haya obtenido plaza para el curso 2024-2025.
A quién está dirigido:
Estudiantes
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Alumnos con residencia en las Islas Canarias que cursen estudios universitarios en centros públicos en una isla distinta de su residencia o en el resto del territorio español o europeo, para el caso de intercambio Erasmus, por no existir oferta académica o por no haber obtenido plaza en los centros públicos en su isla de residencia, para el curso académico 2024/2025
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • a) Tener residencia en las Islas Canarias, al menos desde el 1 de enero hasta el 31 de agosto de 2025, y cursar estudios universitarios en centros públicos en una isla distinta de la de residencia o en el resto del territorio español o europeo, para el caso de intercambio Erasmus, por no existir oferta académica o por no haber obtenido plaza en los centros públicos en la isla de residencia del curso académico 2024/2025.
  • b) Haber realizado matrícula de estudios universitarios en un centro público del sistema educativo español.
  • c) Las personas solicitantes deberán estar matriculadas en enseñanzas presenciales o semipresenciales, en un mínimo de 45 créditos, salvo las que estén en cursos finales, para las que bastará estar matriculadas de los créditos que les queden para finalizar la enseñanza.
Cuantía
  • Las cuantías de las ayudas, serán las siguientes:
  • Alumnado que realiza sus estudios en Gran Canaria, en función de su isla de residencia o que resida en Gran Canaria y realice sus estudios en cada una de las siguientes islas:
  • El Hierro: ......... 180 euros.
  • Fuerteventura: . 135 euros.
  • La Gomera: ... ..150 euros.
  • La Graciosa: .... 220 euros.
  • La Palma: ........ 180 euros.
  • Lanzarote: ........ 150 euros.
  • Tenerife: ........... 120 euros.
  • Alumnado que realiza sus estudios en Tenerife, en función de su isla de residencia o que resida en Tenerife y realice sus estudios en cada una de las siguientes islas:
  • El Hierro: ......... 135 euros.
  • Fuerteventura: . 180 euros.
  • La Gomera: ... ..135 euros.
  • La Graciosa: .... 240 euros.
  • La Palma: ........ 120 euros.
  • Lanzarote: ........ 180 euros.
  • Gran Canaria: .. 120 euros.
  • Alumnado con residencia en la Comunidad Autónoma de Canarias que deba realizar sus estudios en el resto de España o Europa para el caso de intercambio Erasmus: 360 euros.
Criterios de valoración y baremación:
  • El procedimiento de concesión de las ayudas al desplazamiento se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva por riguroso orden de presentación y expediente completo.
  • El periodo subvencionable será entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de julio de 2025. Los billetes podrán ser comprados con anterioridad a dichos periodos siempre que los trayectos se realicen entre las fechas anteriormente mencionadas.
Forma de Abono:
  • La aceptación expresa de las condiciones de la convocatoria se produce en el momento de la presentación de la solicitud.
  • El pago de la subvención, que será abonada en pago único, se realizará mediante transferencia bancaria, previa justificación de la realización de la actividad.
  • No obstante, se producirá la pérdida del derecho de percibir el importe total o parcial de la ayuda en el supuesto de falta de justificación y demás circunstancias que den a lugar el inicio del procedimiento de reintegro. En este último caso, se deberá de cumplimentar y presentar el modelo 800 de la Agencia Tributaria Canaria.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Pendiente convocatoria

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Coordinación Universitaria

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Universidades e Investigación
    Plazo de resolución:
    9 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 7.1 del Decreto 30/2004, de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Observaciones

  • Las personas solicitantes deberán comprobar que su solicitud ha sido registrada debidamente y que han recibido el justificante de presentación que entrega la sede electrónica. De no haber recibido dicho justificante, se entiende que la solicitud no ha sido presentada.

    Tener en cuenta que las asignaturas o créditos reconocidos, compensados, convalidados, adaptados y transferidos no se tendrán en cuenta a efectos de computar el mínimo de 45 créditos.

Normativa

  • Normativa autonómica

    ORDEN DE LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES, CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS AL DESPLAZAMIENTO PARA REALIZAR ESTUDIOS SUPERIORES UNIVERSITARIOS DE GRADO Y MÁSTER EN CENTROS PÚBLICOS EN CANARIAS O EN EL RESTO DE ESPAÑA DEL CURSO 2024/2025.

    Decreto 36/2009, de 31 marzo, por el que se establece el regimen general de subvenciones de la Comunidad Autonoma de Canarias. (BOC nº 68, de 08.04.2009).

    Decreto 30/2004, de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación. (BOC nº 65, de 02.04.2004)

    DECRETO 177/2022, de 3 de agosto, por el que se fijan y regulan los precios públicos por la prestación de servicios académicos y administrativos de las universidades públicas de Canarias para el curso académico 2022-2023.

    Ley 8/2003, 3 abril, de becas y ayudas a los estudios universitarios. (BOC nº 73, de 15.04.2003)

    Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. (BOC nº 244, de 19.12.2006)

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE nº 276, de 18.11.2003)

    Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. (BOE nº 15, de 17.01.2008)

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE nº 176, de 25.07.2006)

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué puedo hacer si en la validación de residencia me aparece "No se pudo verificar la residencia" ?
    No se preocupe, puesto que desde la Dirección General de Universidades e Investigación, se realizarán las comprobaciones oportunas para verificar los datos de residencia.
    ¿Dónde puedo consultar dudas sobre el procedimiento?
    En el enlace a Ayudas al Desplazamiento 2022-2023, de la página web de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura puedes acceder a las "Preguntas frecuentes"
    ¿Como obtengo Cl@ve para poder identificarme y para que sirve?
    Cl@ve es un sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
    Para obtener más información y tramitar su clave acceda al enlace señalado.
    ¿Cómo obtengo el Certificado Digital?
    Acceda a la página web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, Autoridad de Certificación, y siga las instrucciones descritas en la misma.
    http://www.cert.fnmt.es/
    ¿Y mi DNIe? (Documento Nacional de Identidad electrónico)
    Acceda a al portal web de la Dirección General de la Policía- Ministerio del Interior y siga sus instrucciones.

    https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4427
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    221244
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