Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Modificación de datos del "Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros" de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Documentación

Por internet

    • Solicitud de modificación de datos registrales
      • solicitud de modificación de datos registrales

    Otra documentación de interés:
    • Personas jurídicas
      • Poder del representante que presenta la solicitud, en caso de no constar ya inscrito en el Registro administrativo. Poder notarial, Poder otorgado en el Registro Electrónico de Apoderamientos , etc.
      • Escrituras Públicas que procedan por modificación de los Estatutos sociales, inscritas en el Registro Mercantil cuando fuera preceptivo.
      • Anexo I. Declaración responsable de modificación de altos cargos En caso de modificación de Administrador/es, Director Técnico o miembros del órgano responsable de la distribución de seguros).
      • Anexo II. Declaración responsable de honorabilidad En caso de modificación de Administrador/es, Director Técnico o miembros del órgano responsable de la distribución de seguros.
      • Anexo III. Declaración responsable de incompatibilidades. En caso de modificación de Administrador/es, Director Técnico o miembros del órgano responsable de la distribución de seguros.
      • Anexo IV. Declaración responsable de modificación de socios En caso de modificación de socios o de su participación en el  capital social. Sin embargo, deberá informar con carácter previo a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de cualquier relación que pretenda establecer con personas físicas o jurídicas que pueda implicar la existencia de vínculos estrechos, tal y como se definen en el artículo 128.12 del citado Real Decreto-ley 3/2020, así como de cualquier transmisión de acciones o participaciones proyectada que represente una participación significativa, de acuerdo con el artículo 128.13 del mismo texto legal, a través del Procedimiento SICAC nº 4481.
      • Documento acreditativo de la formación de Nivel 1 del nuevo Director Técnico o de la mitad del nuevo órgano responsable de la mediación de seguros.
      • Documentos acreditativos de la modificación de cualquier dato inscribible de conformidad con el art. 133 del RDL 3/2020, y de la D. A. 8ª del RD 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación y supervisión de entidades aseguradoras y reaseguradoras. domicilio de la sede profesional o social, dominio o dirección de Internet, participaciones significativas, agrupaciones de interés económico, uniones temporales de empresas, inhabilitaciones y sanciones, nombramiento, suspensión, revocación o cese de los cargos de administración y de dirección responsables de las actividades de distribución de seguros, titular del Servicio o Departamento de Atención al Cliente, inactividad de la correduría de seguros, suscripción o revocación de contrato de agencia de seguros vinculada, etc.
    • Documentos acreditativos de la modificación de datos modificación de la sede profesional, dominio o dirección de Internet,  titular del Departamento o Servicio de Atención al Cliente, inactividad del corredor de seguros, suscripción o revocación de contratos de agente de seguros vinculado,  etc..
    • Documentos acreditativos de la modificación de cualquier dato inscribible de conformidad con el art. 133 del RDL 3/2020, y de la D. A. 8ª del RD 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación y supervisión de entidades aseguradoras y reaseguradoras.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial


  • Otra documentación de interés:
    • Documentos acreditativos de la modificación de datos modificación de la sede profesional, dominio o dirección de Internet,  titular del Departamento o Servicio de Atención al Cliente, inactividad del corredor de seguros, suscripción o revocación de contratos de agente de seguros vinculado,  etc..
    • Documentos acreditativos de la modificación de cualquier dato inscribible de conformidad con el art. 133 del RDL 3/2020, y de la D. A. 8ª del RD 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación y supervisión de entidades aseguradoras y reaseguradoras.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Mantener actualizado el "Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros" de la Comunidad Autónoma de Canarias, adscrito a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Los requisitos para la modificación de datos registrales dependerán del tipo de dato a modificar, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales: requisitos de formación, experiencia, honorabilidad comercial y profesional, no incurrir en incompatibilidades, etc..
Tasas:
(124) Tasa por la inscripción de Mediadores de Seguros en el Registro Administrativo Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • (e) Por la inscripción de cualquier otro acto inscribible o por la modificación de los inscritos

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
  • Quince días hábiles siguientes desde el acuerdo de modificación, o un mes desde la inscripción en el Registro Mercantil de la Escritura Pública aportada, si procede, de conformidad con los artículos 149.2 (agentes de seguros vinculados) y 157.3 (corredores de seguros) del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, y la disposición adicional octava del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Instituciones Financieras

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio de Instituciones Financieras
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Estimatorio
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa estatal

    Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales (BOC nº 31.02.2020).

    Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (Disposición adicional octava).

    Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros.

    Resolución de 3 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se establecen los principios básicos de los cursos y programas de formación para los distribuidores de seguros y de reaseguros.

    Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados (BOE nº 170, de 18.07.2006). DEROGADA POR EL REAL DECRETO LEY 3/2020, DE 4 DE FEBRERO.

    Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional (BOE nº 143, de 12.06.2010), con corrección de errores (BOE nº 159, de 01.07.2011).

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4483
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    220943

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