Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Expedición de titulaciones profesionales del sector pesquero

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Dos fotografías Recientes y en tamaño carnet
    • Documentación acreditativa de la identidad DNI, pasaporte o NIE, en vigor
    • Justificante de abono de las tasas Modelo 700
    • Certificado médico de aptitud para embarque. Certificado en vigor, expedido por el Instiuto Social de la Marina, o certificado médico oficial, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores
    • Copia compulsada de certificado de examen o título académico
    • Libreta Marítima Sólo se presentarán aquéllas páginas donde conste foto y datos de inscripción marítima del interesado
    • Copia compulsada de los asientos de embarco y desembarco de la libreta marítima Salvo la expedición del títulos de marinero pescador, con restricción, que no requiere acreditar periodos de embarco
    • Declaración de periodos de embarque (anexo IV)
    • Certificado de empresa naviera acreditativa de los periodos de embarque (anexo V)

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Expedición de titulaciones profesionales del sector pesquero por el órgano competente en materia de titulaciones náutico pesqueras de la Comunidad Autónoma.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • - Certificado aptitud o título académico.
  • - Cumplimiento de periodo de embarque, en su caso.
  • - Certificado médico acreditativo de la aptitud psicofísica, en su caso.
Tasas:
(147) Tasas en materias de enseñanza profesional marítimo-pesquera
  • (2) Tasa por expedición de carnet de las profesiones marítimo-pesqueras

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Estructuras Pesqueras

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Pesca
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 8 de la Orden APM/243/2018, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero.
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa estatal

    Orden APM/243/2018, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero

    Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    4796
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2100313

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