Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones destinadas a inversiones en equipamiento para las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar

Documentación

Por internet

    • Solicitud Anexo I
    • Censo de embarcaciones Anexo II
    • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos Anexo III
    • Certificado expedido por el Secretario de la entidad, que acredite la adopción, por el órgano competente de la misma, del acuerdo solicitando la subvención
    • Balance económico de ingresos y gastos (del año inmediatamente anterior a la convocatoria anual)
    • Factura Factura original, proforma o presupuesto de aquellos
bienes de inversión, adquiridos o que se pretendan
adquirir por la entidad solicitante, así como relación
detallada de las mismas, cuando la inversión
sea igual o inferior 18.000,00 euros,
impuestos excluidos.
    • Modelo de Cartel de publicidad de la subvención Anexo IV

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

Tramitación

Objeto

  • Ayudar a las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar, a dotarlos del equipamiento necesario para llevar a cabo las funciones que desempeñan.
A quién está dirigido:
Asociaciones, Federaciones y Cooperativas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • - No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • - Estar dado de alta de terceros en el Sistema de información para la gestión económico-financiera y logística de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLOGIC).
  • - Comprometerse a no transferir o transmitir la propiedad de cada uno de los bienes que sean objeto de subvención en un plazo de cinco años, así como a destinar dichos bienes al fin concreto para el que se concede la subvención, durante un plazo de cinco años en el caso de que sean bienes inscribibles en un registro público, y dos años para el resto de bienes.
  • - Que se realicen las actuaciones objeto de subvención con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria del año inmediatamente anterior a aquel en el que solicitan la subvención.
Tasas:
No se exigen
Cuantía
  • Se destinan créditos por importe de cuatrocientos mil euros (400.000,00 €).
Criterios de valoración y baremación:
  • El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.
Forma de Abono:
  • Pago único por transferencia bancaria.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 8/6/2023 0:0
Fecha Fin: 5/7/2023 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Desarrollo Pesquero

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Pesca
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006)
    Recursos:
    Potestativo de Reposición

Normativa

  • Normativa autonómica

    Orden de 30 de abril de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar destinadas a inversiones en equipamiento y/o gastos corrientes. (BOC nº 91, de 11.05.2010)

    Orden de 4 de abril de 2019, por la que se modifican parcialmente las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar, destinadas a inversiones en equipamiento y/o gastos corrientes, aprobadas mediante la Orden de 30 de abril de 2010, de esta Consejería.

    Extracto de la Orden, de 26 de mayo de 2023, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, las subvenciones destinadas a inversiones en equipamiento previstas en las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las cofradías de pescadores, sus federaciones y cooperativas del mar, aprobadas por Orden de 30 de abril de 2010, de la entonces Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Preguntas Frecuentes

  • 1. ¿Qué sede facilita la tramitación telemática?
    La sede https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/ facilita la tramitación telemática, pues permite la tramitación de la subvención con la Dirección General de Pesca, desde el gestor de expedientes Platea por medios electrónicos, cumpliendo las garantías de autenticidad, integridad, confidencialidad, disponibilidad y conservación de la información. Además, agiliza la tramitación, por lo que repercute en beneficio de todas las entidades solicitantes
    2. ¿Cómo se firma cuando se tramita telemáticamente?
    Se debe introducir el certificado digital en el lector de tarjetas e introducir el PIN del mismo cuando se pida, o también identificar el certificado digital desde la instalación del navegador de su ordenador. De este modo, los datos vinculados a este certificado digital quedan reflejados en el documento o gestión realizada. La firma electrónica tiene la misma validez y efectos legales que la manuscrita. Se debe tener en cuenta que se debe crear, firmar y enviar cada solicitud con el mismo certificado digital, es decir, podemos crear una solicitud, guardar en borrador y continuarlo otro día, desde el Área personal accediendo a Gestión de solicitudes pendientes, pero debemos firmarla antes de enviarla con el certificado digital de la cofradía, federación o cooperativa.
    3 . ¿Debe firmar todos los documentos adjuntos?
    Sí. Debe firmar todos los documentos que genere o adjunte ya que es una forma de asegurar que el documento está adjunto y fue entregado. Los documentos se firman uno por uno.
    4. ¿Cómo acompaño los Documentos requeridos junto a la solicitud?
    Puede anexar los archivos de los documentos requeridos, en los formatos estándares de documentos electrónicos aceptados por el Gobierno de Canarias: PDF, JPG, PNG y TIFF.
    5. ¿Que debe hacer si tiene problemas al adjuntar documentos en la sede electrónica?
    Si tiene problemas al adjuntar documentos en la sede electrónica, revise el nombre de los documentos y modifíquelos teniendo en cuenta las siguientes instrucciones: - Usar un nombre sencillo y corto - Utilizar sólo letras y números en el nombre de los documentos - No utilizar caracteres especiales : & ,. ( ) ^* @ + ] {
    6. ¿Qué se debe hacer para presentar la solicitud telemáticamente?
    Se debe acceder al formulario normalizado para la solicitud a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias. Para ello le pedirá que se identifique con un certificado digital validándose. Junto al formulario de solicitud se debe de aportar documentación específica, tal y como se señala en las Instrucciones de Documentación. Es recomendable obtener la documentación que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación y guardarla en su ordenador.
    7. ¿Cómo se sabe que se ha enviado la solicitud telemática correctamente?
    Una vez enviada la solicitud, se nos mostrará el número de registro de entrada en la Administración, que podremos guardar e imprimir, y que prueba que la solicitud se ha realizado correctamente.
    8. ¿Cómo se adjunta la documentación a la solicitud?
    La pestaña Documentación nos da la opción de adjuntar la documentación que queramos. Debemos clikar en -Añadir documentos - Examinar- en nuestro ordenador el documento que queremos adjuntar a la solicitud y, por último -Adjuntar.
    9. ¿Se puede aportar cualquier documentación al expediente después de la solicitud? ¿Cómo?
    Si. Se pueden aportar documentos al expediente a través del Expediente en - Mis Gestiones-, ya que se da esta opción mediante el botón - Adjuntar documentación
    10.- Censo de Embarcaciones
    Se han elaborado dos documentos, por lo que - O bien lo descarga en la carpeta documentos, los rellena y lo adjunta como otra documentación - O lo rellena en el formulario que se muestra.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    5009
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    767198
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