Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación al desarrollo internacional.

Documentación

Por internet

Tramitación

Objeto

  • Financiar proyectos de cooperación al desarrollo internacional a favor de las poblaciones más vulnerables de países en vía de desarrollo.
A quién está dirigido:
ONG's, Sindicatos, Organizaciones empresariales, Asociaciones, Fundaciones y Cooperativas y Autónomos y Pymes
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Administraciones públicas canarias, las Universidades y centros e institutos de investigación, las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), las asociaciones de inmigrantes, las empresas y organizaciones empresariales, las organizaciones sindicales, y otras entidades públicas y privadas nacionales o extranjeras que actúen en el ámbito de cooperación, todas ellas con sede o delegación permanente con estructura para la dirección efectiva de sus proyectos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma Canarias.

Para ser considerados como tales, deberán reunir los siguientes requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley 4/2009, de 24 de abril, Canaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo:

a) Tener personalidad jurídica propia de acuerdo con las leyes que le son aplicables.

b) Realizar actividades en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo.

c) Tener sede social o delegación permanente con estructura para la dirección efectiva de sus proyectos en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Requisitos de las entidades beneficiarias.
  • Deberá ser un agente de cooperación canaria que reúna los requisitos de establecidos en la Base Sexta. Se acreditaran con los apartados y declaraciones de la solicitud a la que se accederá por medio de la Sede Electrónica y con la siguiente documentación que se deberá adjuntar:
  • a) Documento acreditativo de la capacidad legal de representación del firmante de la solicitud en nombre de la entidad. Si se trata de un poder otorgado “apud acta”, presencial o electrónicamente, para actuar en su nombre ente las Administraciones Públicas, deberá inscribirse en el registro electrónico de apoderamientos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • b) Estatutos de la entidad solicitante debidamente diligenciados por el correspondiente registro.
  • c) Documentación acreditativa de estar inscrita en el registro correspondiente de acuerdo con la normativa estatal o autonómica que le resulte de aplicación.
  • d) Certificado acreditativo de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas, y con la Seguridad Social o autorizar la consulta de esto datos por parte de la administración.
  • En el caso de haber presentado una solicitud durante el año 2024 y/o 2025, que haya llegado a la fase de valoración, se podrán sustituir los documentos a) (salvo que sea presentado por persona diferente), b) y c) por una declaración responsable donde se indique que los datos de la documentación no han variado.
  • Requisitos del proyecto.
  • El proyecto deberá cumplir los siguientes objetivos:
  • a) Facilitar la promoción y consecución de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y sus 169 metas de la Agenda Internacional de Desarrollo 2030.
  • b) Favorecer los objetivos de desarrollo del país beneficiario, sin que en ningún caso interfiera en su política interna.
  • c) Ser ejecutados con la participación o apoyo en su realización de una contraparte local del país donde se vaya a ejecutar el proyecto, que ofrezca garantías suficientes de que los fines perseguidos van a alcanzarse en el país beneficiario.
  • d) No contener acciones que tengan como principal objetivo la investigación básica, los seminarios, viajes de estudio, festivales, encuentros u otros de contenido similar.
  • e) No estar cofinanciado con otros fondos procedentes de algún departamento, órgano u organismo dependiente o vinculado a la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria.
  • f) La ejecución del proyecto no puede perseguir el lucro de la entidad beneficiaria, la contraparte o cualquier persona vinculada a estas.
  • g) El proyecto no podrá ser la repetición (lugar y contenido) de otro proyecto realizado en los años anteriores.
  • h) En el caso de que se presenten dos (2) proyectos por parte de la entidad, estos deberán ser diferentes y no un mismo proyecto dividido en dos partes.
  • Además se deberá presentar la siguiente documentación del proyecto:
  • a) Carta de compromiso de la contraparte local en el que conste su grado de participación en la formulación, ejecución y evaluación final del proyecto y los medios materiales y humanos que aporta.
  • b) Curriculum vitae (CV) de la persona responsable del proyecto de la organización canaria y de la persona responsable de la contraparte.
Cuantía
  • El importe total que se concederá no será superior a ochenta mil euros (80.000,00 €), por proyecto.
Criterios de valoración y baremación:
  • 1. PLANTEAMIENTO DEL PROYECTO (máximo 26 puntos)
  • 1.1 Apropiación
  • Las partes colaboran en la coordinación del proyecto y el desarrollo de las actividades y resultados del mismo y participa el colectivo beneficiario: 6 PUNTOS.
  • 1.2 Alineamiento.
  • La entidad solicitante basa su apoyo en las estrategias de desarrollo del país socio, se valorará el grado de vinculación y alineamiento del proyecto con el plan de desarrollo del país (hay que especificar cuáles son y estas deben ser públicas):
  • 1.3 Enfoques transversales
  • Tanto las actividades como los resultados del proyecto incluyen los enfoques transversales apoyados y promovidos por la cooperación canaria.
  • 1.4 Impacto generado por la intervención.
  • Se valorará el número de beneficiarios directos e indirectos del proyecto y el impacto previsto de las actuaciones, así como que todo ello esté determinado de manera realista: 10 PUNTOS
  • 2. COMPLEMENTARIEDAD CON LA COOPERACIÓN CANARIA (MÁXIMO 13 PUNTOS)
  • 2.1 Prioridades sectoriales máximo 5 PUNTOS.
  • Si el objetivo del proyecto se alinea el Plan Director de la Cooperación Canaria, con los siguientes sectores de actuación preferente (5 puntos):
  • 2.2 Prioridades geográficas
  • En relación a las prioridades geográficas de la cooperación internacional canaria.
  • 3. SOLVENCIA INSTITUCIONAL (14 PUNTOS MÁXIMO)
  • 3.1 Experiencia de la entidad (8 PUNTOS).
  • Se valora la experiencia que tiene la entidad solicitante en el país o en el sector en los últimos 2 años: 4 PUNTOS.
  • Otros elementos valorables 4 PUNTOS:
  • • Se otorgarán 2 puntos a las entidades sin ánimo de lucro cuyo fin principal sea la cooperación al desarrollo.
  • • Se otorgarán 2 puntos a la entidades con sede principal en Canarias o personal contratado en Canarias .
  • 3.2 Transparencia de la entidad solicitante.
  • Existencia de información pública y actualizada en al web de la organización de la entidad y de su actividad en Canarias y en los países en los que desarrolla proyectos de cooperación: 3 PUNTOS.
  • 3.3 Experiencia del socio local.
  • Se valora la capacidad y las actividades/proyectos realizados por el socio local en la zona de ejecución del proyecto.
  • Otra experiencia: 1 punto
  • 4. INNOVACIÓN EN LA PROPUESTA Y SOSTENIBILIDAD (13 PUNTOS MÁXIMO)
  • 4.1 Innovación
  • Grado de innovación en los procesos propuestos, en los modelos de colaboración o tipos de alianzas, propuestas de introducción de tecnologías: 5 PUNTOS.
  • 4.2 Sostenibilidad del proyecto.
  • Se valoran los proyectos cuyos resultados están pensados para que sus efectos duren más allá de la duración del proyecto: 8 PUNTOS.
  • 5. MATRIZ DEL PROYECTO (34 PUNTOS MÁXIMO).
  • 5.1 Valoración y gestión de riesgos
  • El proyecto tiene un sistema de seguimiento que permita el control del proyecto por el solicitante. 4 puntos
  • En la matriz se incluye una valoración realista y adaptada al proyecto de los riesgos, así como medidas para evitarlos o disminuirlos. 6 puntos
  • 5.2 Objetivos específicos e indicadores.
  • Los objetivos deben ser específicos, medibles, alcanzables, realistas y temporales, representado de forma porcentual o numérica: 4 puntos
  • Los indicadores permiten valorar que se ha alcanzado el objetivo y fuentes de verificación objetivas y variadas: 4 puntos.
  • 5.3 Resultados previstos y de sus indicadores:
  • Los resultados deben ser específicos, medibles, alcanzables, realistas y temporales, representado de forma porcentual o numérica 3 puntos
  • Los indicadores permiten valorar que se ha alcanzado los resultados y fuentes de verificación objetivas y variadas: 4 puntos.
  • 5.4 Coherencia y adecuación de los recursos del proyecto:
  • Adecuación entre los recursos (financieros, materiales, técnicos y humanos) y las actividades a realizar 3 puntos
  • Coherencia entre el objetivo general, el objetivo específico y los resultados: hasta 3 puntos.
  • Coherencia de las actividades con los resultados: hasta 3 puntos.
  • Se deberá obtener una puntuación mínima de 50 puntos.
Forma de Abono:
  • El abono de la subvención se podrá conceder de forma anticipada en un 100% y se efectuará, mediante transferencia bancaria, siempre y cuando los beneficiarios se hayan dado de alta en el registro de Terceros de la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma Canaria.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 4/6/2026 0:0
Fecha Fin: 2/7/2026 14:0

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Viceconsejería de Acción Exterior
    Plazo de resolución:
    Antes del 30 diciembre de 2026.
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Art.25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición

Normativa

  • Normativa autonómica

    LEY 4/2009, de 24 de abril, Canaria de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Resolución de 22 de mayo de 2026, de la Viceconsejería de Acción Exterior, para la aprobación de las bases y convocatoria para el ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación al desarrollo internacional de agentes de la cooperación internacional para el desarrollo en Canarias

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Real Decreto 188/2025, de 11 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global.

Preguntas Frecuentes

  • Una vez cerrado el plazo de presentación de cada convocatoria, ¿cómo puedo acceder a mi solicitud?
    En el menú de la derecha > Enlaces de interés > Acceso a la Gestión Telemática de la Subvención de Cooperación - (ejercicio que corresponda)
    Una vez presentada mi solicitud, ¿Qué pasos debo seguir?
    Una vez presentada, revisaremos su solicitud y si falta algo le requeriremos en trámite de subsanación.
    Una vez cerrado el plazo de presentación ¿puedo modificar mi solicitud?
    Una vez cerrado el plazo de presentación no puede modificar su solicitud. Lo que sí puede hacer es incorporar documentación a la misma, tanto para solicitar alguna modificación como para incorporar documentación requerida en su expediente.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6001
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2095017

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