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Subvenciones de concesión directa del Instituto Canario de Igualdad

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Proyecto técnico
    • Previsión de Ingresos y Gastos

    Otra documentación de interés:
    • Declaración responsable relativa a que la entidad peticionaria no está incursa en prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria Declaración responsable relativa a que la entidad peticionaria no está incursa en prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones debe estar firmada por el representante legal de la entidad (artº 13.2 y.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones)
    • Alta de terceros en la base de datos de acreedores de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos públicos dependientes
    • Estatutos Naturaleza jurídica de la entidad solicitante: documentación acreditativa de que la entidad cumple con los requisitos establecidos para obtener la condición de beneficiaria de la subvención conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Documento de identidad fiscal de la entidad solicitante - CIF
    • Otra documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos para ser entidad beneficiaria Documentación acreditativa de que la entidad cumple con los requisitos establecidos para obtener la condición de beneficiaria de la subvención conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • Acreditación de la personalidad de quien realiza la solicitud en nombre de la entidad
    • Acreditación de la representación con la que se actúa en nombre de la entidad solicitante
    • Justificación de la necesidad del abono anticipado de la subvención En su caso

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Satisfacer necesidades consideradas de interés público o social, incentivando y promoviendo determinadas actuaciones de las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.
A quién está dirigido:
Asociaciones, Federaciones, Fundaciones y Administración Autonómica y Administración Local
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
La entidad solicitante (asociaciones, federación de asociaciones, fundaciones, sin animo de lucro y las universidades), y el colectivo de personas físicas beneficiadas por la actuación subvencionada.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Tratarse de una actividad en la que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública, de conformidad con el artículo 21 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social.
  • No tener pendiente de reintegro subvenciones o ayudas con cualquier administración pública.
Cuantía
  • Dependerá de la cuantía solicitada y del crédito disponible en la línea presupuestaria contenida en el Plan Estratégico de Subvenciones vigente.
Criterios de valoración y baremación:
  • Al no tratarse de una convocatoria de subvenciones de concurrencia pública, no existen criterios de valoración y baremación, más allá de los extremos tenidos en cuenta para realizar la propuesta y resolución favorable de la solicitud.
Forma de Abono:
  • Dependerá de la voluntad de la entidad solicitante: abono anticipado o posterior a la justificación de la subvención.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Planificación y Programas

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Planificación y Programas
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria: artículo 152.1, plazo para resolver.
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 25.5, efectos del silencio.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Observaciones

  • Subvenciones para proyectos de interés público y social que contribuyan a la consecución de los fines asignados legalmente al Instituto Canario de Igualdad, en relación con su objetivo primordial de promover la igualdad entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social de Canarias; fines que son: la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer por razón de sexo, la promoción de las condiciones que faciliten la igualdad entre los sexos y la remoción de los obstáculos que impiden su plenitud de hecho y derecho, y la prevención y protección integral de las mujeres contra la violencia de género; y cuya tramitación y concesión está prevista en el correspondiente Plan estratégico de subvenciones del Instituto.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Normativa estatal

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE nº 176, de 25.07.2006).

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE nº 276, de 18.11.2003)

Preguntas Frecuentes

  • ¿Quién puede solicitar la subvención?
    Atendiendo a la línea de financiación prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones, pueden solicitar:
    - las asociaciones y federaciones de asociaciones sin ánimo de lucro
    - las Fundaciones
    - las Universidades canarias
    ¿Para qué tipo de proyectos puede solicitarse la subvención?
    - Promover las condiciones que faciliten la igualdad entre los sexos y remover obstáculos que impiden su plenitud de hecho y de derecho
    - Fomentar la formación e investigación universitaria con perspectiva de género
    - Fomentar el desarrollo de actuaciones dirigidas a prevenir y erradicar la violencia de género, y a la protección, atención y recuperación de sus víctimas
    ¿Puede optar a la subvención cualquier asociación?
    Solo pueden ser beneficiarias de la subvención aquellas entidades que:
    a) tengan entre sus fines estatutarios la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres y/o la defensa de los derechos de las mujeres en aquellos ámbitos en que se encuentren discriminadas por razón de sexo y género.
    b) Tener establecido su domicilio social en Canarias y/o desarrollar su actividad social en esta Comunidad Autónoma.
    c) En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las entidades que se encuentren incursas en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6053
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2259800
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