Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones para la financiación de prácticas no laborales en empresas- PRACTÍCATE

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Convenio PRACTICATE
    • Oferta
    • Anexo III.- Programa formativo-Declaración idoneidad
    • Escritura de constitución
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

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    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Conceder subvenciones destinadas a la financiación del programa de prácticas no laborales en empresas "PRACTÍCATE", para compensar a las empresas por el coste de la beca que abonen a las personas jóvenes en situación de desempleo participantes del programa, con el fin de promover y potenciar la realización de prácticas no laborales en Canarias, y que mejore la empleabilidad de las personas jóvenes.
A quién está dirigido:
Cooperativas y Autónomos y Pymes y Grandes empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser entidades beneficiarias de la subvención cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, así como también comunidad de bienes con capital íntegramente privado, que desarrolle una actividad empresarial acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, con centros de trabajo en Canarias que, previa firma de un convenio de prácticas no laborales con el SCE en el marco del Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, suscriban acuerdos con personas jóvenes para la realización de prácticas no laborales
No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las empresas que en los 12 meses anteriores, hayan acogidos a personas jóvenes en prácticas bajo la modalidad jurídica del RD 1543/2011 en la misma categoría profesional, salvo que acredite la contratación de estas personas jóvenes, durante un mínimo de 3 meses para los contratos a tiempo completo, y 6 meses para los contratos a tiempo parcial, siempre que su jornada laboral sea igual o superior al 50%.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Los establecidos en la ORDEN de 16 de agosto de 2024 (BOC nº 172, de 02.09.2024), por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones destinadas a la financiación del programa de prácticas no laborales en empresas “Practícate”, en régimen de concurrencia no competitiva, mediante procedimiento simplificado, para el periodo 2024-2027.
Cuantía
  • Para hacer frente a las subvenciones que son objeto de la presente convocatoria se destinan CIEN MIL EUROS (100.000,00 €), estableciéndose cinco (5) periodos de selección sucesivos a lo largo del ejercicio presupuestario 2025, cuyo importe señalado para cada periodo se ajusta a la siguiente distribución:
  • • Primer período: Veinte mil euros (20.000,00€).
  • • Segundo período: Veinte mil euros (20.000,00€).
  • • Tercer período: Veinte mil euros (20.000,00€).
  • • Cuarto período: Veinte mil euros (20.000,00€).
  • • Quinto período: Veinte mil euros (20.000,00€).
Criterios de valoración y baremación:
  • No hay baremación
Forma de Abono:
  • 1. El pago de la subvención se realizará al finalizar las prácticas no laborales, previa presentación, por parte de la entidad beneficiaria, de la justificación del pago de las becas a cada una de las personas jóvenes que hayan realizado las prácticas, y de las correspondientes cuotas a la Seguridad Social.
  • 2. Podrán realizarse pagos parciales de la subvención concedida antes de finalizar las prácticas, con carácter trimestral, siempre que la entidad beneficiaria así lo haya manifestado en el momento de solicitar la subvención, y presente justificación correspondiente al primer trimestre del pago de las becas a cada una de las personas jóvenes que están realizando las prácticas, así como de las correspondientes cuotas a la Seguridad Social.
  • 3. Con carácter previo al pago, se verificará de oficio que la entidad se encuentra al corriente en los pagos con la Seguridad Social, Agencia Tributaria Canaria y Agencia Tributaria Estatal y al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Se presumirá que la consulta u obtención es autorizada por las entidades interesadas salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 25/3/2025 0:0
Fecha Fin: 31/3/2025 23:59
  • Condición: 1) PRIMER PERIODO: Desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOC, hasta el día 31 de marzo de 2025, ambos inclusive

  • Fecha Inicio: 1/4/2025 0:0
    Fecha Fin: 31/5/2025 23:59
  • Condición: 2) SEGUNDO PERIODO:
  • Desde el día 1 de abril hasta el 31 de mayo de 2025, ambos inclusive.

  • Fecha Inicio: 1/6/2025 0:0
    Fecha Fin: 31/8/2025 23:59
  • Condición: 3) TERCER PERIODO:
  • Desde el día 1 de junio hasta el 31 de julio de 2025, ambos inclusive.

  • Fecha Inicio: 1/8/2025 0:0
    Fecha Fin: 30/9/2025 23:59
  • Condición: 4) CUARTO PERIODO:
  • Desde el día 1 de agosto hasta el 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive.

  • Fecha Inicio: 1/10/2025 0:0
    Fecha Fin: 30/11/2025 23:59
  • Condición: 5) QUINTO PERIODO:
  • Desde el día 1 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2025, ambos inclusive.

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Subdirección de Formación

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Servicio Canario de Empleo
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Articulo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      ORDEN de 16 de agosto de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones destinadas a la financiación del programa de prácticas no laborales en empresas PRACTICATE, en régimen de concurrencia no competitiva, mediante procedimiento simplificado, para el periodo 2024-2027.

      Resolución de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, de 12 de marzo de 2025, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación del programa de prácticas no laborales en empresas PRACTÍCATE, en régimen de concurrencia no competitiva mediante convocatoria abierta y procedimiento simplificado, correspondiente al ejercicio 2025.

      Resolución de la Directora del Servicio Canario de Empleo, de 20 de marzo de 2025, mediante la que se aprueba el Manual de Gestión del programa de prácticas no laborales en empresas “PRACTÍCATE”, correspondiente a los ejercicios 2024-2027.

      Normativa estatal

      Real Decreto 1543/2011, de 31 de Octubre, por el que se regulan las prácticas no laboalres en empresas

      Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernizacion del sistema de la Seguridad Social. modernización del sistema de Seguridad Social.

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS (RLGS).

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      6751
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2406237

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