Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Sede electrónica del Gobierno de Canarias

Comunicación previa a la puesta en servicio de modificación, reforma o reactivación de instalaciones eléctricas de baja tensión

Documentación

Por internet

    • certificado de dirección de obra (Certificado de Dirección y Finalización de Obra.)
    • certificado de inspección periódica por Organismo Control de instalación eléctrica de baja tensión (Modelo BT-2)
    • certificado de inspección por Organismo de Control de instalación eléctrica de baja tensión (Modelo OC.BT-3)
    • Memoria técnica de diseño cuando no lleva proyecto
    • Memoria técnica de diseño energías renovables (M.T.D.E.R)
    • certificado de energías renovables (ERR)
    • certificado de adaptación de la instalación de baja tensión
    • Contrato de mantenimiento de las instalaciones (Ver tabla 2.1 en Anexo VII del Decreto 141/2009 del 10 de Noviembre para más detalle. (http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2009/230/boc-2009-230-003.pdf))
    • Declaración responsable

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Comunicación de puesta en servicio de modificación, reactivación o reforma de instalación eléctrica, e inscripción en el registro de instalaciones eléctricas de baja tensión, en aplicación de los artículo 42.4 y 45 del D. 141/2009.
  • Este procedimiento está previsto instalaciones que ya están en servicio; para instalaciones nuevas completamente, utilizar el procedimiento "3158 - Comunicación previa a la puesta en servicio de instalaciones eléctricas de baja tensión"
A quién está dirigido:
Asociaciones, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Debe aportar documento legal de aceptación de la transmisión de titularidad entre el primer titular y el actual que lo solicita
Tasas:
Modelo 700. Tasas 118- Tasas en materia de industria y energía

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio Instalaciones Energéticas

Quién resuelve

  • Recursos:
    Recurso de Alzada

Observaciones

  • Modificación: Una instalación existente se actúa en ella para modificarla por cambio de actividad normalmente
    Reforma: Se modifica para mejorar la instalación, hacerla más segura, o hacer cambios dentro de la misma actividad.
    Reactivación: caso únicamente utilizado para instalaciones en servicio a las que se ha suspendido recientemente el suministro por la empresa distribuidora por algún motivo previsto en la normativa, y tiene que reactivarse.

    "El ejercicio del derecho o el inicio de la actividad podrá realizarse con el diligenciado del Certificado de Instalación que se adjunta a la comunicación, y sin que sea necesaria la emisión de una Resolución administrativa. No obstante, la Administración Pública podrá realizar, posteriormente, los controles e inspecciones que estime necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos.

    El registro de una instalación con autoconsumo siempre va asociado a una instalación receptora y debe efectuarse por sede electrónica mediante este procedimiento telemático, seleccionado una de las siguientes opciones en función de la situación de la instalación receptora:

    - En el caso en que la instalación eléctrica receptora de baja tensión sea nueva y se desee instalar una nueva instalación de autoconsumo (ejemplo se desea instalar una fotovoltaica en un edificio de nueva construcción, que no ha sido legalizado anteriormente), el procedimiento en sede electrónica a utilizar será el 3158 "Solicitud de inscripción en el registro de instalaciones eléctricas de baja tensión".

    - En el caso en el que la instalación eléctrica receptora de baja tensión ya exista (es decir tiene ya su número de expediente de BT original), y se le vaya a conectar una nueva instalación con autoconsumo asociado (ejemplo una vivienda legalizada en 2015 y se le añade un autoconsumo en el año 2022), el procedimiento en sede electrónica a utilizar será el 6782 "Comunicación de modificación, reactivación o reforma de instalación eléctrica". Se podrá aportar el número de expediente de BT o el CI de la instalación receptora, o en caso de no poseer dicha información será necesario aportar correctamente cumplimentado, el modelo de declaración responsable incluido en el apartado de documentación.

    Si la instalación eléctrica receptora de baja tensión ya existe pero es muy antigua o no se pueden localizar sus antecedentes administrativos (CI o Boletín Eléctrico), se encuentra disponible el procedimiento de la sede electrónica 6703 "Comunicación previa de regularización administrativa de instalación eléctrica de baja tensión (sin antecedentes administrativos)", siguiendo el protocolo recogido en la Nota Informativa 1/2020 DGE y su Guía de aplicación. (nota: en este supuesto y para instalaciones pequeñas es el propio instalador el que puede regularizar tal instalación)."

Normativa

Preguntas Frecuentes

  • La comunicación de la transmisión de la titularidad es obligatoria ?
    Si es obligatoria a los efectos de determinar el titular legal de la instalación y asumir las responsabilidades respecto al mantenimiento, revisión periòdica en su caso y demás actuaciones vinculadas
    Como acreditar la legalidad de la instalación existente
    En este procedimiento,, siempre hay que acreditar los antecedentes administrativos de la instalación identificando el número de expediente o aportando el certificado de instalación (boletín original).

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6782
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2407656

INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

La Sede Electrónica utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.


Actualizado 09/10/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto