Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones del Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III)

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Documentación acreditativa de la identidad del adjudicatario (DNI, NIE o pasaporte)
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • En el caso de entidad vinculada o dependiente del sector publico, declaracion responsable donde acredite su adscripcion deberá aclararse además si desarrolla actividad economica por la que ofrezca bienes y/o servicios
    • PYME (Declaración responsable en la que figure la condición de PYME o Gran Empresa o en su caso, si se trata de una entidad sin actividad mercantil y comercial.)
    • Declaracion de otras ayudas solicitadas o percibidas, bien por la misma actuacion, o bien bajo el regimen de minimis durante el ejercicio fiscal de la solicitud y durante los dos ejercicios fiscales anteriores
    • Acreditación de residencia fiscal en España del beneficiario, mediante certificado tributario de residencial fiscal
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • De estar al corriente en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores salvo consentimiento expreso del interesado para que sus datos puedan ser solicitados
    • Alta de Terceros presentada ante la consejería de Hacienda http://www.gobiernodecanarias.org/hacienda/dgtesoro/altas_terceros/
    • Acreditación de persona con discapacidad y movilidad reducida
    • Acreditacion de estar empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes
    • Memoria descriptiva de las actuaciones a acometer que contenga, al menos, descripcion y alcance de la actuacion, inversion, coste subvencionable y ayuda solicitada

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Presencial

    • Solicitud
    • Documentación acreditativa de la identidad del adjudicatario (DNI, NIE o pasaporte)
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
    • En el caso de entidad vinculada o dependiente del sector publico, declaracion responsable donde acredite su adscripcion deberá aclararse además si desarrolla actividad economica por la que ofrezca bienes y/o servicios
    • PYME (Declaración responsable en la que figure la condición de PYME o Gran Empresa o en su caso, si se trata de una entidad sin actividad mercantil y comercial.)
    • Declaracion de otras ayudas solicitadas o percibidas, bien por la misma actuacion, o bien bajo el regimen de minimis durante el ejercicio fiscal de la solicitud y durante los dos ejercicios fiscales anteriores
    • Acreditación de residencia fiscal en España del beneficiario, mediante certificado tributario de residencial fiscal
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
    • De estar al corriente en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores salvo consentimiento expreso del interesado para que sus datos puedan ser solicitados
    • Alta de Terceros presentada ante la consejería de Hacienda http://www.gobiernodecanarias.org/hacienda/dgtesoro/altas_terceros/
    • Acreditación de persona con discapacidad y movilidad reducida
    • Acreditacion de estar empadronado en un municipio de menos de 5.000 habitantes
    • Memoria descriptiva de las actuaciones a acometer que contenga, al menos, descripcion y alcance de la actuacion, inversion, coste subvencionable y ayuda solicitada

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Subvenciones para vehículos VEA (Vehículos de Energías Alternativas) e implantación de infraestructura de recarga de vehículo eléctrico
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
En aplicación del artículo 11.1 del Real Decreto 266/2021, podrán ser destinatarios últimos de las ayudas previstas, siempre que tengan su residencia fiscal en España, cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación:
1.º Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
2.º Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia fiscal en España y no incluidas en el anterior apartado.
3.º Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3.
4.º Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. También serán elegibles las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.
5.º Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siempre que no ejerzan actividades económicas por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado en cuyo caso se considerarán incluidas en el anterior ordinal 4.º
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Cuantía
  • Según el artículo 13.4 del Real Decreto 266/2021, la cuantía de las ayudas se incluye en el anexo III de este real decreto para cada uno de los programas de incentivos y tipologías de actuaciones subvencionables, así como tipo de destinatario último.
Criterios de valoración y baremación:
  • Estas ayudas se concederán por riguroso orden de presentación de las solicitudes correspondientes, por mandato del artículo 16.4 del Real Decreto 266/2021, articulándose mediante el procedimiento simplificado de concurrencia regulado en el artículo 16.5a del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Forma de Abono:
  • Abono anticipado o previa justificación.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Presencial:
Acceda a la Documentación
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 1/1/2024 0:0
Fecha Fin: 31/12/2024 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio Eficiencia Energética y Nuevas Energías

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Consejero/a
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 16.6 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo
    Recursos:
    Potestativo de Reposición

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6942
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2429524

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Actualizado 13/10/2024 © Gobierno de Canarias | Aviso legal | Política de cookies | Sugerencias y Reclamaciones Contacto