Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Modificación de la autorización concedida a persona física o jurídica (operador) para realizar operaciones de tratamiento de residuos no peligrosos

Documentación

Por internet

    • Modificación de la autorización a persona física o jurídica (operador) para realizar operaciones de tratamiento de residuos no peligrosos
    • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
    • Memoria de la actividad de tratamiento donde se recojan las modificaciones solicitadas en relación a los nuevos residuos a tratar o cambios en tipos y capacidades máximas de operaciones de tratamiento, y con el contenido indicado en el documento explicativo adjunto.

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

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    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Modificar los términos de la autorización concedida a persona física o jurídica (operador) para realizar operaciones de tratamiento de residuos no peligrosos.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Asociaciones y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Estar autorizado como persona física o jurídica (operador) para la gestión de residuos no peligrosos, e inscrito en el Registro de Producción y Gestión de Residuos de Canarias.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

Quién resuelve

Observaciones

  • Las modificaciones de la autorización como operador se refieren a:
    -cambios en el domicilio de la sede social,
    - altas y/o bajas en la gestión de determinados residuos no peligrosos,
    - cambios en las operaciones de tratamiento (añadir/eliminar operaciones, aumento/disminución de las capacidades máximas de tratamiento)
    La autorización como operador de instalaciones de tratamiento de residuos es instransferible, por lo que la desaparición de la persona física o jurídica autorizada como operador implica la extinción de la autorización concedida. Es decir, no es posible el cambio de titularidad de la autorización como operador.

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    7347
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2982877

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