Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvención con cargo al Programa de Incentivos a la Contratación Laboral de Desempleados con Certificado de Profesionalidad CERTIFICATE reguladas al amparo de bases con vigencia 2017-2020

Documentación

Por internet

Presencial

    • Solicitud Solicitud de subvención. Anexo I a la Convocatoria
    • Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, según lo recogido en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones Declaración responsable de la persona solicitante. Anexo II a la Convocatoria
    • Documentación acreditativa donde consten los poderes de representación legal de la persona que realiza la solicitud
    • Contrato laboral Copia del contrato de la persona trabajadora. Documentación para el abono de la subvención
    • Comunicación al trabajador/a del hecho de la cofinanciación del contrato objeto de subvención y sobre consulta de datos Documentación para el abono de la subvención. Anexo III a la Convocatoria
    • Informe de plantilla media emitido por la S.S., que comprenda el período de 3 meses anteriores a la contratación. Documentación para el abono
    • “Informe de Plantilla media” emitido por la S.S., que abarque todo el periodo de permanencia comprometido Documentación para el seguimiento

Tramitación

Objeto

  • Incentivar la contratación mediante la concesión de una subvención a favor de aquellas empresas que contraten a personas inscritas como desempleadas en el SCE, poseedoras de Certificados de Profesionalidad, de acuerdo a los requisitos exigidos en la normativa reguladora del programa.
A quién está dirigido:
Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, las personas que acrediten los requisitos contemplados en las Bases Reguladoras, y más concretamente en su Resuelvo Tercero.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Podrán ser beneficiarios de la subvención cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, así como también comunidad de bienes con capital íntegramente privado, que desarrolle una actividad empresarial acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales o presenten en el momento de la Solicitud un compromiso de contratación, de la tipología prevista en la base cuarta, siempre que se acrediten las condiciones y requisitos consignados en la bases reguladoras y convocatoria respectiva.
Cuantía
  • -Por contratos indefinidos 5.500,00 euros por contrato.
  • -Por contratos temporales 2.500,00 euros por contrato temporal con una duración de 6 meses (mínima exigible). Por cada 6 meses de duración inicial superior al mínimo de de 6 meses exigidos, se concederán 500 euros adicionales hasta un máximo de 4.500,00 euros, no teniéndose en cuenta fracciones de tiempo inferiores a 6 meses.
  • -Los importes de subvención descritos se corresponden con contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso, no podrá ser inferior al 50% de la considerada habitual.
  • - En el caso de contratos en los que el trabajador contratado hubiera desarrollado las prácticas del Certificado de Profesionalidad del que es titular, en la misma empresa que lo contrata, el importe de la subvención que corresponda por aplicación de los criterios expuestos en los puntos 1 y 2, se incrementará en 500,00 euros.
Criterios de valoración y baremación:
  • Para la valoración del conjunto de solicitudes presentadas dentro de cada uno de los periodos establecidos en la presente Convocatoria, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de prelación, por este orden:
  • 1º) Solicitudes con mayor numero de contratos con desempleados que hayan solicitado e iniciado el Servicio de Empleo CERTIFICATE, con anterioridad a la celebración del contrato, de conformidad con lo previsto en las presentes Bases reguladoras.
  • 2º) A igualdad en el criterio anterior, solicitudes con mayor número de contratos indefinidos por los que se solicita subvención.
  • 3º) A igualdad en el criterio anterior, solicitudes con mayor número de contratos por los que se solicita subvención.
  • 4º) A igualdad en el criterio anterior, solicitudes con mayor número de contratos a jornada completa.
  • 5º) A igualdad en el criterio anterior, tendrá preferencia la solicitud que se hubiera presentado con mayor prontitud, según la fecha y número de registro de entrada en el SCE.
Forma de Abono:
  • Abono en firme, de acuerdo a lo establecido en las bases reguladoras del programa y convocatoria respectiva, y más concretamente en la base décimo tercera.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Pendiente convocatoria

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Subdirección de Empleo

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio Canario de Empleo
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 25.1, letra a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Observaciones

  • -Siempre que se cumplan los requisitos exigidos, darán lugar a la concesión de la subvención CERTIFICATE, los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban durante el periodo determinado en la convocatoria correspondiente.

    - Las convocatorias se tramitan en régimen de convocatoria abierta, cuyos plazos de presentación de solicitudes ya están finalizados. De tal forma, que los interesados disponían de distintos periodos de presentación de solicitudes, en función del tramo temporal en el que se asumían los compromisos de contratación o se celebraron los contratos.

Normativa

  • Normativa autonómica

    Resolución de 26 junio de 2017, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras de un Programa de Incentivos a la Contratación laboral de desempleados con Certificado de Profesionalidad denominado «Certifícate», con periodo de vigencia del 2017 al 2020.

    Extracto de la Resolución de 1 de agosto de 2017, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al Programa de Incentivo a la contratación laboral de desempleados con Certificado de Profesionalidad "Certifícate", año 2017.

    Extracto de la Resolución de 4 de abril de 2018, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al programa de incentivos a la contratación laboral de desempleados con certificado de profesionalidad «Certifícate», correspondiente al año 2018-2019

    Extracto de la Resolución de 8 de marzo de 2019, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al programa de incentivos a la contratación laboral de desempleados con certificado de profesionalidad "Certifícate", correspondiente al ejercicio 2019-2020.

    Extracto de la Resolución de 19 de mayo de 2020, de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al programa de incentivos a la contratación laboral de desempleados con Certificado de Profesionalidad "Certifícate", correspondiente al ejercicio 2020-2021

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Preguntas Frecuentes

  • ¿Cómo aporto documentación a mi expediente durante la tramitación del procedimiento?
    Una vez ha finalizado el plazo de presentación de solicitud de subvención, a través de la Sede Electrónica del Servicio Canario de Empleo, dispone de un servicio de apoyo a la presentación electrónica de documentos para el/los expediente/s que tenga abiertos. Para ello, deberá acceder al "Área personal", concretamente al apto "Mis Expedientes"

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    7557
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2896033
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