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Concesión de subvenciones con carácter de emergencia a las empresas y personas autónomas para mitigar los perjuicios económicos producidos por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

Documentación

Por internet

Tramitación

Objeto

  • Concesión de subvenciones directas destinadas a reparar los perjuicios causados como consecuencia de las erupciones volcánicas en la isla de La Palma, en empresas y personas autónomas (empresarias o profesionales) no dedicadas a la producción primaria y que comercialicen productos procedentes de la agricultura, ganadería y pesca, con la finalidad de coadyuvar al mantenimiento de la actividad económica y al empleo.
A quién está dirigido:
Autónomos
Inicio del trámite:
De oficio
Beneficiarios:
Empresas y personas autónomas no dedicadas a la producción primaria y que comercialicen productos procedentes de la agricultura, ganadería y pesca, que consten inscritas en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • 1. Las empresas y personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • a) Estar inscrita en el Registro de personas afectadas.
  • b) Estar dada de alta a fecha 18 de septiembre de 2021, al menos en alguna de las siguientes actividades de la Sección G de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas CNAE09:
  • - División 46, Grupo 461, Clase 4611
  • - División 46, Grupo 461, Clase 4617
  • -- División 46, Grupo 462
  • - División 46, Grupo 463
  • - División 47, Grupo 472
  • - División 47, Grupo 477, Clase 4776
  • - División 47, Grupo 478, Clase 4781
  • - División 47, Grupo 479
  • c) La actividad económica o profesional desarrollada debe haberse visto afectada por la erupción volcánica, con la consiguiente pérdida total de ingresos propios de la actividad empresarial.
  • d) Estar dada de alta en la Base de Datos de Terceros del Sistema Económico-Financiero y Logístico de Canarias (SEFLogiC), presentado y registrado ante la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para el cobro de la ayuda.
  • 2. Las ayudas concedidas no serán de aplicación a los siguientes sectores, regulados en el artículo 1.3 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión:
  • a) ayudas concedidas en el sector de la pesca y la acuicultura, reguladas por el Reglamento (UE) n.º 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (36), con excepción de las ayudas a la formación, las ayudas para el acceso de las pymes a la financiación, las ayudas en el ámbito de la investigación y el desarrollo, las ayudas a la innovación en favor de las pymes, las ayudas a los trabajadores desfavorecidos y a los trabajadores con discapacidad, las ayudas regionales a la inversión en regiones ultraperiféricas, los regímenes de ayudas regionales de funcionamiento, las ayudas para proyectos de grupos operativos de la Asociación Europea para la innovación (“AEI”) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, las ayudas para proyectos de desarrollo local participativo (“DLP”), las ayudas a proyectos de cooperación territorial europea y las ayudas para productos financieros apoyados por el Fondo InvestEU, excepto para las operaciones enumeradas en el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión (37);
  • b) las ayudas concedidas en el sector de la producción agrícola primaria, a excepción de las ayudas regionales a la inversión en las regiones ultraperiféricas, los regímenes de ayudas regionales de funcionamiento, las ayudas para servicios de consultoría en favor de las pymes, las ayudas a la financiación de riesgo, las ayudas de investigación y desarrollo, las ayudas a la innovación en favor de las pymes, las ayudas para la protección del medio ambiente, las ayudas a la formación, las ayudas a los trabajadores desfavorecidos y a los trabajadores con discapacidad, las ayudas para los proyectos de los grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, las ayudas para proyectos de desarrollo local participativo (DLP), las ayudas a proyectos de cooperación territorial europea y las ayudas para productos financieros apoyados por el Fondo InvestEU;
Cuantía
  • El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones reguladas por la presente Orden asciende a cuatro millones (4.000.000,00) de euros del presupuesto de gastos del Servicio Canario de Empleo para la anualidad 2022 con cargo a la aplicación presupuestaria 50.01.241H.4700200, PILA 500G0026, Fondo 4050045, pudiéndose incrementar dicho crédito en el supuesto caso de que los daños ocasionados a las empresas y personas autónomas beneficiarias superen el importe máximo del crédito destinados a estas subvenciones.
Criterios de valoración y baremación:
  • No procede al tratarse de ayudas de emergencia.
Forma de Abono:
  • Las subvenciones se abonarán una vez se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Orden e instruido el correspondiente procedimiento de concesión.
  • El pago de las subvenciones se realizará mediante transferencia a la correspondiente cuenta bancaria que conste en la Base de Datos de Terceros del Sistema Económico- Financiero y Logístico de Canarias (SEFLogiC).

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
  • El procedimiento se impulsará de oficio en todos sus trámites.
  • El Servicio Canario de Empleo obtendrá los datos necesarios del Registro de personas afectadas de aquellas personas y empresas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden de 4 de julio de 2022.

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Promoción de la Economía Social

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio Canario de Empleo
    Plazo de resolución:
    6 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia de oficio:
    Desestimatorio
    Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre de la Hacienda Pública Canaria
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa autonómica

    DECRETO ley 14/2021, de 28 de octubre, por el que se regula el marco general para la tramitación de los procedimientos de concesión de ayudas con carácter de emergencia, destinadas a paliar las necesidades derivadas de la situación de emergencia producida por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

    ORDEN de 4 de julio de 2022, por la que se regula la concesión de subvenciones directas destinadas al mantenimiento de la actividad económica y el empleo en empresas y personas autónomas no dedicadas a la producción primaria y que comercialicen productos procedentes de la agricultura, ganadería y pesca, al objeto de minimizar el impacto de los daños producidos por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    7587
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2895659

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