Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones directas para la asignación de recursos en el marco del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN)

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Documentación relativa a la acreditación de la personalidad de la entidad solicitante y, en su caso, de la persona que actúa en su representación (nombramiento publicado en diario oficial).
    • Certificación de la persona titular de la Secretaría General del Cabildo o Universidad en la que se acredite que la representación legal de la entidad no se encuentra incursa en alguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal en caso de que la entidad solicitante no autorice expresamente la consulta de datos y antecedentes a que se refiere el apartado sexto.
    • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social en caso de que la entidad solicitante no autorice expresamente la consulta de datos y antecedentes a que se refiere el apartado sexto.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Concesión de subvenciones directas a proyectos con cargo a los recursos del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN) para el período 2021-2027.
A quién está dirigido:
Administración Local
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Cabildos Insulares sin convenio en vigor y Universidades Públicas de Canarias.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Podrán solicitar la participación en el FDCAN los cabildos insulares y las universidades públicas canarias que actualmente no cuenten con convenios en vigor, así como los cabildos insulares con convenio en ejecución cuyo vencimiento se produzca antes del 1 de enero de 2023, y siempre que dichas entidades no se encuentren incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • La justificación por parte de tales entidades de no estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias, podrá realizarse en la forma prevista en el apartado séptimo de la Orden de convocatoria.
Cuantía
  • Según lo que establezcan los Acuerdos de Gobierno de aprobación de programas o proyectos.
Criterios de valoración y baremación:
  • Los programas y proyectos deberán desarrollar acciones incluidas en alguna de las líneas estratégicas descritas en el artículo 3 del Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN):
  • - Línea 1: Conocimiento I+D+i.
  • - Línea 2: Inversión en infraestructuras.
  • - Línea 3: Apoyo a la empleabilidad.
  • El coste mínimo de ejecución de los proyectos a financiar será de cien mil (100.000,00) euros para los que se enmarquen dentro de las líneas 1 “Conocimiento:
  • I+D+I” y 3 “Apoyo a la empleabilidad”, y de doscientos cincuenta mil (250.000,00) euros cuando estén comprendidos en la Línea 2 “Inversión en infraestructuras”, siempre que,
  • en todo caso, quede acreditada la viabilidad técnica del presupuesto presentado.
  • Teniendo en consideración los objetivos del FDCAN definidos en el artículo 1 del Decreto 85/2016, de 4 de julio, y la necesidad de aprovechar las sinergias de las acciones, en la presentación de los programas y proyectos propuestos serán tenidos en cuenta, en particular, los siguientes objetivos específicos:
  • - El impacto de las acciones sobre la mejora de la economía y el empleo.
  • - La contribución de las acciones al cumplimiento de los indicadores del FDCAN.
  • - La complementariedad de las acciones propuestas con otras intervenciones municipales, insulares, regionales, estatales o europeas.
  • - La cofinanciación de las acciones propuestas en los proyectos al FDCAN con otros recursos.
Forma de Abono:
  • Previa justificación de las actuaciones comprendidas en el correspondiente programa o proyecto, si bien, en el convenio a suscribir con la entidad beneficiaria, se contemplará la posibilidad de anticipar la totalidad o parte de los recursos de cada anualidad FDCAN, siempre que se hubieran justificado por los beneficiarios principales, de acuerdo
  • con las condiciones establecidas, los abonos anticipados cuyo plazo de justificación hubiera vencido.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 30/1/2023 0:0
Fecha Fin: 17/2/2023 23:59
  • Condición: El plazo de presentación de solicitudes de los programas y proyectos será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

  • Fecha Inicio: 16/3/2023 0:0
    Fecha Fin: 5/4/2023 23:59
  • Condición: 15 días hábiles para subsanación del requerimiento, contados desde el siguiente al de su notificación.

  • Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Coordinación y Asuntos Generales

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejo de Gobierno
      Plazo de resolución:
      2 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 24.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición
      Recurso contencioso-administrativo

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

      Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.

      Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023.

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, (modificado por Decretos 5/2015, de 30 de enero y 151/2022, de 23 de julio).

      Decreto 37/2015, de 27 marzo, por el que se aprueba y regula el Sistema de Información de Actuaciones Administrativas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN), modificado por Decretos 140/2016, de 21 de noviembre, 127/2017, de 20 de marzo y 194/2022, de 29 de septiembre.

      Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Orden de 20 de junio de 2017, de la Consejería de Hacienda, por la que establecen normas precisas para el desarrollo y ejecución del Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN) 2016-2025, en lo relativo a la información, justificación y comprobación de las acciones contenidas en los programas y proyectos a financiar por el FDCAN.

      Orden de 8 de marzo, de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, por la que se modifica la Orden de 20 de junio de 2017, por la que se establecen las normas precisas para el desarrollo y ejecución del Decreto 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN) 2016-2025, en lo relativo a la información, justificación y comprobación de las acciones contenidas en los programas y proyectos a financiar por el FDCAN.

      Orden de 17 de enero de 2023, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, de convocatoria de programas y proyectos para la asignación de recursos en el marco del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN) para el periodo 2023-2027.

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

      Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      8128
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      2979739
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