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Ayudas a las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH) que constituyan un Fondo Operativo

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Justificación del valor de la producción comercializada
    • Justificación del importe de las contribuciones de los afiliados abonadas al Fondo Operativo
    • Documentos justificativos de los gastos efectuados en relación con la anualidad que se solicita del Programa Operativo
    • Medidas de prevención y gestión de crisis, parte del Fondo Operativo que se haya destinado a ellas desglosada por acciones.
    • Información anual para el seguimiento y evaluación del Programa Operativo
    • Compromiso de que la OPFH no ha recibido una doble financiación para las operaciones ejecutadas.
    • Documentación justificativa de la ejecución de las acciones a tanto alzado o basadas en escalas de costes unitarios Excepto el 2% de los gastos generales del Programa Operativo)
    • En su caso, documentación justificativa de la recuperación de inversiones o su valor residual, así como la correspondiente a la justificación de las excepciones del artículo 18 del Real Decreto 1179/2018
    • En su caso, documentación justificativa de que los gastos programados y no efectuados se deben a causas ajenas a la OPFH Podrán realizarse hasta el 30 de abril
    • Otra documentación

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Conceder y pagar la ayuda a las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas que constituyan un Fondo Operativo
A quién está dirigido:
Cooperativas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas que constituyan un Fondo Operativo y cuenten con un Programa Operativo aprobado, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1179/2018, de 21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las Organizaciones de Productores del sector de frutas y hortalizas
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Cuantía
  • Ascenderá como máximo a la cuantía de la anualidad aprobada en la resolución de aprobación del Programa Operativo correspondiente.
Criterios de valoración y baremación:
  • La Dirección General de Agricultura llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se formulará la propuesta de resolución de concesión
Forma de Abono:
  • La ayuda se abonará directamente a la OPFH en la cuenta corriente habilitada para ello.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Periodo cada año
Fecha Inicio: 1/1/
Fecha Fin: 15/2/

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Apoyo a la Producción y Comercialización

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Viceconsejería del Sector Primario
    Servicio de Apoyo a la Producción y Comercialización
    Plazo de resolución:
    Hasta el 15 de octubre del año de solicitud
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 152. 2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, De la hacienda Pública Canaria (BOC 244, de 19.12.2006)
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

  • Normativa estatal

    Real Decreto 1179/2018, de 21 de septiembre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Normativa europea

    Reglamento de Ejecución (UE) n ° 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio de 2011 , por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n ° 1234/2007 del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas

    Reglamento (UE) n ° 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 , sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n ° 352/78, (CE) n ° 165/94, (CE) n ° 2799/98, (CE) n ° 814/2000, (CE) n ° 1290/2005 y (CE) n ° 485/2008del Consejo

    Reglamento (UE) n ° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 , por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n ° 922/72, (CEE) n ° 234/79, (CE) n ° 1037/2001 y (CE) n ° 1234/2007

    Reglamento Delegado (UE) 2017/891 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas, se completa el Reglamento (UE) n.° 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las sanciones que deben aplicarse en esos sectores y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.° 543/2011 de la Comisión

    Reglamento de Ejecución (UE) 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    8229
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2986232

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