Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Procedimiento para el acceso a listas de empleo abiertas para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario

Documentación

Por internet

    • Solicitud Solicitud de participación en procedimiento listas abiertas
    • Aspirantes que no tengan la nacionalidad española
      • Documentación acreditativa de la identidad: Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte) (Extranjeros: NIE ó Pasaporte.)
    • Aspirantes que no poseyendo la nacionalidad española y no siendo su idioma oficial el castellano, soliciten acreditación del conocimiento del castellano
      • Conocimiento del castellano Conocimiento del castellano (de acuerdo con lo establecido en el subapartado 4.3.3. c) de la base 4 de la Resolución
    • Aspirantes que desean ser nombradospor el turno de discapacitados
      • Certificado de reconocimiento de discapacidad (Documento acreditativo de poseer dicha discapacidad y el tanto porciento de la misma.)
    • Servicio de verificación de datos
      • Certificado de antecedentes penales Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual (**SOLO SI HA MARCADO "No autorizo"** (El Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual es un certificado que acredita la existencia, o no, de delitos de naturaleza sexual registrados en el Registro Central de Delincuentes Sexuales)

    Otra documentación de interés:
    • certificación expediente académico

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Garantizar la continuidad del sistema público de enseñanza en determinadas especialidades docentes por insuficiencia de candidatos y candidatas en las listas de empleo vigentes.
A quién está dirigido:
Ciudadanos
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Generales: a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que se le aplique la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.
  • b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
  • c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad a los que se opta. No padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica que sea incompatible con la práctica de la docencia.
  • d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
  • e) Acreditar no haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por cualquier delito de trata de seres humanos, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia. Los paticipantes cuya nacionalidad sea distinta de la española deberán acreditar, además, la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de sus país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
  • f) No ser funcionario de carrera, en prácticas, o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo cuerpo docente al que se refiere la convocatoria.
  • g) No figurar incluidos en las listas ordinarias vigentes de la especialidad/es a la que presentan la solicitud.
  • Requisitos específicos:
  • Formación Pedagógica y Didáctica:
  • Los participantes de las especialidades convocadas relativas al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria deberán poseer la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Con carácter general, reunirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Secundaria y Formación Profesional, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 9 del Real decreto 1834/2008, de 8 de noviembre. La especialidad que conste en el citado título facultará para la presentación del aspirante a otras especialidades.
  • Requisito de Titulación: los aspirantes deberán acreditar alguna de las titulaciones recogidas en la Orden de 5 de mayo de 2018,de la Consejería de Educación y Universidades.
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Gestión de Recursos Humanos

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Personal y Formación del Profesorado
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 24.1 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2.10.15).
    Recursos:
    Potestativo de Reposición

Observaciones

  • Convocatoria para el acceso a determinadas listas de empleo abiertas.

    597 - CUERPO DE MAESTROS:
    32 – Idioma Extranjero: Inglés.
    33 – Lengua Extranjera: Francés.
    35 - Música.
    36 - Educación Especial, Pedagogía Terapéutica.
    37 - Audición y Lenguaje.
    39 - Idioma Extranjero: Alemán.

    590 - CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA:
    201 – Filosofía.
    204 - Lengua Castellana y Literatura.
    206 – Matemáticas.
    207 - Física y Química.
    210 - Francés.
    212 – Alemán.
    213 - Italiano.
    221 - Música.
    222 - Latín y Griego.
    300 – Tecnología.
    301 – Economía.
    308 - Formación y Orientación Laboral.
    335 - Oficina de Proyectos de Fabricación Mecánica.
    340 - Procesos de Gestión Administrativa.
    346 - Operaciones y Equipos de Producción Agraria.
    347 - Oficina de Proyectos de Construcción.
    348 - Instalaciones Electrotécnicas.
    349 - Equipos Electrónicos.
    352 - Sistemas y Aplicaciones Informáticas.
    354 - Procesos Comerciales.
    355 - Instalación y Mantenimiento de Equipos Térmicos y de Fluidos.
    357 - Procedimientos Sanitarios y Asistenciales.
    359 - Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico.
    360 - Administración de Empresas.
    361 - Procesos de Producción Agraria.
    363 - Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos.
    364 - Construcciones Civiles y Edificación.
    365 - Sistemas Electrotécnicos y Automáticos.
    366 - Sistemas Electrónicos.
    368 – Informática.
    369 - Procesos y Medios de Comunicación.
    370 - Procesos y Productos en Madera y Mueble.
    371 - Procesos y Productos de Textil, Confección y Piel.
    372 - Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica.
    373 - Organización y Gestión Comercial.
    374 - Asesoría y Procesos de Imagen Personal.
    376 - Análisis y Química Industrial.
    377 - Procesos Sanitarios.

    592 - CUERPO DE PROFESORADO DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS:
    701 - Francés (EOI).
    702 - Inglés (EOI).
    703 - Alemán (EOI).
    706 - Chino (EOI).
    708 - Árabe (EOI).

    595- PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO:
    509 - Dibujo Artístico y Color.
    512 – Volumen.
    515 - Medios Informáticos.
    516 - Fotografía.
    522 - Diseño de Moda.

    596 - MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO:
    618 - Ebanistería Artística.
    619 - Fotografía y Procesos de Reproducción.
    606 - Moldes y Reproducciones.
    608 - Técnicas de Patronaje y Confección.
    617 - Técnicas Cerámicas.

    598 - PROFESORES ESPECIALISTAS DE SECTORES SINGULARES DE FORMACIÓN PROFESIONAL:
    651 - Mantenimiento de Vehículos.
    652 - Fabricación e Instalación de Carpintería y Mueble.
    653 - Patronaje y Confección
    654 – Soldadura.
    656 - Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas.
    658 - Servicios de Restauración.

Normativa

  • Normativa autonómica

    ORDEN de 9 de agosto de 2021, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación, actualización y funcionamiento de las listas de empleo para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Orden, 5 may 2018, de la Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las titulaciones académicas exigidas para la incorporación de efectivos en las listas de empleo para el desempeño en régimen de interinidad de puestos vacantes y para sustituciones de docentes no universitarios en la Comunidad Autónoma de Canarias

    ORDEN de 25 de noviembre de 2022, por la que se actualizan los títulos y certificados establecidos en el Anexo I de la Orden de 21 de septiembre de 2016, que regula el reconocimiento de la acreditación de la competencia lingüística conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Dirección General de Personal y Formación del Profesorado.- Resolución de 15 de febrero de 2024, por la que se determina el procedimiento para el acceso a listas de empleo abiertas, para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario.

    Dirección General de Personal y Formación del Profesorado.- Resolución de 4 de octubre de 2024, por la que se realiza la apertura de nuevas especialidades de las listas de empleo abiertas, para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario

    Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se determina el procedimiento para el acceso a listas de empleo abiertas, para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario.

    Dirección General de Personal y Formación del Profesorado.- Resolución de 23 de octubre de 2024, por la que se determina el procedimiento para el acceso a listas de empleo abiertas para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario.

    Resolución de 10 de febrero de 2025, por la que se convoca el acceso a listas de empleo abiertas de determinadas especialidades, para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario.

    Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se convoca el acceso a listas de empleo abiertas de determinadas especialidades, para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario

    Resolución de 13 de octubre de 2025, por la que se convoca el acceso a listas de empleo abiertas de determinadas especialidades, para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario.

    Resolución de 3 de noviembre de 2025, por la que se convoca el acceso a listas de empleo abiertas de determinadas especialidades, para el nombramiento de personal docente interino en el ámbito educativo no universitario.

    Normativa estatal

    Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (BOE nº 180, de 29/07/2015).

    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 270, de 09/11/2011).

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    8236
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2987752

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