Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones para la financiación de los proyectos de formación y empleo dentro del Plan Integral de Empleo de la isla de La Palma

Documentación

Por internet

    • Solicitud Anexo I - Solicitud
    • Anexo I a (Declaración Responsable)
    • Anexo II (memoria y previsión de ingresos y gastos)
    • Poder bastanteado por los Servicios Jurídicos
    • Escritura de constitución
    • Estatutos en vigor
    • Justificante acreditativo de la solicitud de acreditación
    • DNI de representantes
    • NIF de la entidad

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Financiar la ejecución en la isla de La Palma de los proyectos de formación y empleo con el fin de mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas de los municipios afectados por la actividad eruptiva y ayudar a la recuperación económica y social de la isla.
A quién está dirigido:
Asociaciones, Fundaciones y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Los establecidos en la base cuarta.:
Podrán ser personas destinatarias de estos proyectos las personas no ocupadas, preferentemente sin cualificación profesional o con una baja cualificación profesional, que presenten mayores dificultades de inserción, y que no estén integradas en los sistemas de educación o formación. Ademas deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Estar inscritas como demandantes de empleo desempleadas en el SCE
• Cumplir los requisitos requeridos para el acceso a la formación que se vaya a desarrollar, con especial atención en el caso de impartición de un certificado de profesionalidad
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Los establecidos en la Base Quinta :
  • Base quinta.- Entidades beneficiarias y requisitos.
  • 5.1. Podrán desarrollar los proyectos en el marco de las presentes Bases, y ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la mismas, las siguientes entidades que dispongan de la capacidad técnica y de gestión suficiente, y que sean competentes para la ejecución de las
  • obras o la prestación de los servicios de utilidad pública e interés social a desarrollar en el ámbito territorial de la Isla de La Palma:
  • 5.1.1 Órganos, organismos autónomos y otros entes públicos, de la Administración del Estado y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • 5.1.2. Corporaciones locales de la isla de La Palma, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a las Corporaciones Locales, cuya titularidad corresponda íntegramente a las
  • mismas, incluidas las sociedades mercantiles locales.
  • 5.1.3 Consorcios de la isla de La Palma dotados de personalidad jurídica que se refieren los artículos 118 de la LRJSP y el articulo 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • 5.1.4. Corporaciones de Derecho Público de la isla de La Palma.
  • 5.1.5. Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin animo de lucro que desarrollen actuaciones en la isla de La Palma.
  • Los miembros asociados de la entidad beneficiaria que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de beneficiarios, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 11.2 de la Ley General de Subvenciones.
  • 5.2. Las entidades solicitantes de los proyectos deberán estar inscritas y/o acreditadas en el registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Canarias para impartir la correspondiente formación conforme a lo dispuesto en el articulo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
  • 5.3. Las entidades solicitantes de los proyectos deberán estar dadas de alta a terceros en el Sistema Económico Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • 5.4. No podrán acceder a las subvenciones reguladas en esta Resolución, entidades solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones reguladas en el articulo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre General de Subvenciones.
  • 5.5. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado cuarto del Acuerdo de Gobierno de 24 de abril de 2014, de medidas preventivas de detección temprana y procedimientos: “todas las sociedades mercantiles públicas y fundaciones del sector público autonómico, así como sus órganos de administración velarán para facturar las encomiendas o no aceptar subvenciones o aportaciones para el fomento de actividades, sin que se acredite que no se pone en riesgo su sostenibilidad financiera. A estos efectos, las entidades deberán previamente realizar un análisis de su repercusión en relación con el resultado del ejercicio y posteriores, así como en relación con su incidencia en la corriente de cobros y pagos, en la posición de la tesorería de la entidad y en los plazos de pagos a los proveedores comerciales.”
  • 5.6. Los requisitos señalados en los apartados anteriores deberán cumplirse en el momento de presentar la solicitud,
Cuantía
  • Un millón y medio de euros (1.500.000,00 euros).
Criterios de valoración y baremación:
  • Los establecidos en la base decimoctava.:
  • La baremación de las solicitudes de subvención se realizara conforme a los siguientes criterios,sobre un máximo de 40 puntos, con la siguiente puntuación por criterio:
  • 1. Características del Plan Formativo. Se valorara con una puntuación de hasta 25 puntos:
  • 1.1. Que la realización de obra o servicio se realice en los municipios de El Paso, Los Llanos de Aridane y/o Tazacorte (10 puntos).
  • 1.2. Formación en un certificado de profesionalidad completo (10 puntos).
  • 1.3. Número de personas desempleadas en el municipio o municipios donde se
  • desarrollara la obra o servicio objeto del proyecto (máximo 5 puntos).
  • 2. Especialidades prioritarias. Se valoraran los proyectos, de acuerdo con la priorización que se establezca en la convocatoria, con la siguiente puntuación:
  • • Certificados de Profesionalidad nivel 3 (5 puntos).
  • Certificados de Profesionalidad nivel 2 (10 puntos).
  • • Certificados de Profesionalidad nivel 1 (15 puntos).
  • • Itinerarios que combinen la formación modular de Certificados de Profesionalidad yespecialidades de Catalogo. (4 puntos)
  • • Itinerarios de especialidades de catalogo (3 puntos).
Forma de Abono:
  • Abono anticipado del 100% de acuerdo con lo establecido en la base vigésimo primera.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 16/6/2023 0:0
Fecha Fin: 29/6/2023 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Subdirección de Formación

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio Canario de Empleo
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
    Recursos:
    Recurso de Alzada
    Recurso contencioso-administrativo

Normativa

  • Normativa autonómica

    Resolución n de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo , de fecha 5 de junio de 2023 por la que se aprueban las Bases Reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de Empleo y Formación dentro del Plan Integral de Empleo de la isla de La Palma, para la realización de medidas de Empleo y Formación para hacer frente a las consecuencias de la erupción volcánica en la isla , de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Octogésima sexta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    8320
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3016885

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