Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Inscripción en el Registro de Piscinas de Uso Colectivo de Canarias (RPUCC)

Documentación

Por internet

    • Solicitud Solicitud de Inscripción en el Registro de Piscinas de uso Colectivo de Canarias
    • Documento de identificación del establecimiento (Ficha A)
    • Documento identificador del vaso (Ficha B) Una ficha B por cada vaso a inscribir

    Otra documentación de interés:
    • Justificante del Pago de Tasas Documento acreditativo del Pago de Tasas
    • Acreditación de la representación: Escritura pública, poder notarial, apud acta
    • Documentación acreditativa de la identidad: Número de identificación fiscal NIF del titular del establecimiento

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • La inscripción de las piscinas de uso colectivo de Canarias en el Registro de Piscinas de Uso Colectivo de Canarias, gestionado por la Dirección General de Salud pública y regulado en el artículo 38 del Decreto 212/2005, de 15 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo de la Comunidad Autónoma de Canarias.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
CONCEPTO: Tasas Servicios Administrativos. CENTRO: Dirección General de Salud Pública. SERVICIOS: Inscripción en Registros Oficiales (por inscripción)

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Sanidad Ambiental

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Sanidad Ambiental
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    No tiene
    Recursos:
    No cabe recurso

Observaciones

  • Enlace a la sección de PISCINAS del Servicio de Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública.
    https://www3.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/contenidoGenerico.jsp?idDocument=8e6bf4d9-d835-11df-a380-a19cf0dff4f6&idCarpeta=17df8cd0-a9a4-11dd-b574-dd4e320f085c

Normativa

Preguntas Frecuentes

  • 1. ¿Qué es una Piscinas de uso colectivo?
    Se considera Piscinas de Uso Colectivo al vaso o conjunto de vasos artificiales destinados al baño colectivo, así como los servicios e instalaciones complementarias, necesarias para garantizar su funcionamiento.
    Pueden estar ubicados en distintos tipos de establecimientos: comunidades de propietarios, establecimientos turísticos, sociedades deportivas y recreativas, instituciones deportivas, centros de enseñanza, etc.
    En Canarias se encuentran reguladas mediante el Decreto 212/2005 de 15 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento Sanitario de piscinas de uso colectivo de Canarias, modificado por el Decreto 119/2010, de 2 de septiembre. Les es de aplicación también lo establecido en el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitario de las piscinas.
    2. ¿Qué tipos de piscinas existen?
    1. Piscinas de uso público: aquellas piscinas abiertas al público o a un grupo definido de usuarios, no destinada únicamente a la familia e invitados del propietario u ocupante, con independencia del pago de un precio de entrada. Podrán ser:
    a) Tipo 1. Piscinas donde la actividad relacionada con el agua es el objetivo principal, como es el caso de piscinas públicas, de ocio, parques acuáticos o spas.
    b) Tipo 2. Piscinas que actúan como servicio suplementario al objetivo principal, como en el caso de piscinas de hoteles, alojamientos turísticos, camping o terapéuticas en centros sanitarios, entre otras.
    2. Piscinas de uso privado: aquellas piscinas destinadas únicamente a la familia e invitados del propietario u ocupante, incluyendo el uso relacionado con el alquiler de casas para uso familiar.
    a) Tipo 3A: piscinas de comunidades de propietarios, casas rurales o de agroturismo, colegios mayores o similares.
    b) Tipo 3B: piscinas unifamiliares.
    3.- ¿Qué es el Registro de Piscinas de uso colectivo de Canarias (RPUCC)?
    Es el Registro gestionado por la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud en el que se inscriben todas las piscinas de uso colectivo ubicadas en Cana-rias.
    Se encuentran excluidas del ámbito de aplicación del Decreto 212/2005, de 15 de no-viembre y por tanto no serán objeto de inscripción en el Registro de Piscinas de Uso Colectivo:
    - Las piscinas de uso exclusivamente familiar
    - Las piscinas de baños termales
    - Las piscinas naturales
    - Las piscinas de hidromasaje o de rehabilitación con hidromasaje.
    4. ¿Quién es y qué responsabilidades tiene el TITULAR de una piscina de uso colectivo?
    El titular es la persona física o jurídica, pública o privada, propietaria de una piscina de uso colectivo. En el caso de que la piscina sea explotada por persona física o jurídica distinta del propietario, será titular a los efectos del cumplimiento del Reglamento sanita-rio de piscinas de uso colectivo, quien asuma su explotación.
    El titular es el responsable del funcionamiento, mantenimiento y vigilancia de las condi-ciones sanitarias y de seguridad, así como del cumplimiento de las disposiciones aplica-bles. La contratación de servicios de mantenimiento externo no exime al titular de la insta-lación de su responsabilidad. En los establecimientos que ofrezcan servicios de alojamientos turísticos de más de 40 unidades alojativas, el explotador turístico es el responsable del cumplimiento del artículo 34 del D. 212/2005, referente a la presencia de socorrista durante el horario de funcionamiento de la piscina.
    El titular de la piscina es responsable de la actualización de los datos que constan en el Registro, debiendo comunicar las modificaciones que se produzcan en ellos.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    8504
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3150622

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