Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones para financiar proyectos de la estrategia de resiliencia turística en Canarias, dentro del programa de actuaciones con entidades del sector privado en Infraestructuras turísticas.

Documentación

Por internet

    • Solicitud
    • Documentación administrativa indicada en la base 12.1.1. según corresponda.
    • Copia de documento que acredite la propiedad del inmueble o espacio o, en su caso, copia del contrato de alquiler o explotación y autorización de la propiedad para realizar en el mismo el proyecto para el que se solicita subvención.
    • Contrato suscrito con la empresa o profesional para llevar a cabo la gestión administrativa y documental ante la Comunidad Autónoma de Canarias y autorización de la propiedad.
    • Presupuesto detallado del proyecto o presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones. (Desglosado y actualizado)
    • Memoria resumida o pliego técnico de las actuaciones e intervenciones a realizar; y planificación de la ejecución de los trabajos con todas las acciones necesarias para la materialización del proyecto.
    • Documentación gráfica que acompaña la memoria.
    • Autorizaciones administrativas concedidas. En su caso.
    • Memoria de interés turístico. Con especificación de la repercusión de la actuación en la mejora de la calidad del turismo en destino.
    • Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI) por parte de la entidad beneficiaria de la subvención y por tanto la presentación de la misma. ANEXO II.
    • Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). ANEXO III.
    • Declaración de "no causar daño significativo" (DNSH). ANEXO IV
    • Declaración de compromiso de cumplimiento de principios transversales en relación con la identificación de los beneficiarios. ANEXO V.
    • Declaración responsable de sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero. ANEXO VI. Que pueda realizar la Secretaría General de Fondos Europeos, la Intervención General de la Administración del Estado, el Tribunal de Cuentas Europeo, los órganos de control y fiscalización de la Comisión Europea y a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y/o control financiero.
    • Declaración responsable de ayuda de minimis y de condición de única empresa. ANEXO IX.
    • Declaración responsable sobre el objeto de la actuación. ANEXO X. El bien objeto del proyecto a subvencionar, deberá estar destinado a un uso de interés turístico, y deberá mantener el destino a tal uso, al menos durante los cinco años posteriores a la resolución definitiva de concesión de la subvención.
    • Certificado tributario de impuesto de actividades económicas

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Financiar proyectos que cumplan con las estrategias de resiliencia turística y mejora de la competitividad y capacidad del territorio canario mediante actuaciones con entidades del sector privado destinadas a la mejora en infraestructuras turísticas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (C14.I3 ).
A quién está dirigido:
Autónomos y Pymes y Grandes empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de esta subvención, que tendrán la condición de entidades ejecutoras a los efectos del Mecanismo de Recuperación, aquellas personas físicas o jurídicas cuyo ámbito de actividad empresarial se circunscriba a alguno de los subsectores que a continuación se relacionan:
a) Alojamientos (La actividad turística de alojamiento está recogida en el Decreto 142/2010, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la actividad turística de alojamiento): Hoteles, Hoteles urbanos, Hoteles rurales, Hoteles emblemáticos, Apartamentos, Villas, Casas rurales, Casas emblemáticas y Viviendas Vacacionales.
b) Restauración (La actividad turística de restauración está regulada en el Decreto 90/2010 de 22 de julio, por el que se regula actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla): Restaurantes, Bares-cafeterías.
c) Intermediación Turística (de acuerdo a los requisitos establecidos en el Decreto 89/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad de intermediación turística, se dedican de manera habitual, a las actividades de mediación y organización de servicios turísticos, pudiendo utilizar para ellos medios propios ). Dos formas de intermediación:
- Intermediador turístico es la persona física o jurídica cuya gestión empresarial se dedica a prestar servicios de viaje vinculados.
- Agencia de viajes es el intermediador turístico cuya gestión empresarial, en exclusiva o en concurrencia con otras actividades de intermediación turística, desarrolla la actividad de venta u organización de viajes combinados y servicios de viajes vinculados, de conformidad con la normativa vigente.
d) Actividades turísticas ( Decreto 41/2019, de 1 de abril, que modifica el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla y el Reglamento por el que se establece el régimen jurídico para el desarrollo de las actividades de turismo activo, aprobado por Decreto 226/2017, de 13 de noviembre ). Se clasifican:
- Guías de Turismo (Decreto 88/2012, de 15 de noviembre, de modificación del Decreto 13/2010, de 11 de febrero, por el que se regula el acceso y ejercicio de la profesión de Guía de Turismo en la Comunidad Autónoma de Canarias).
- Observación de cetáceos (la observación de cetáceos con fines turísticos se encuentra regulada en el Decreto 178/2000, de 6 de septiembre)
- Turismo Activo (Decreto 226/2017, de 13 de noviembre, aprueba el Reglamento por el que se establece el régimen jurídico para el desarrollo de las actividades de turismo activo. De acuerdo al artículo 2 comprende las siguientes actividades:
- Recreo, deportivas o de aventura que se desarrollan, normalmente, sirviéndose de los recursos que ofrece la propia naturaleza en cualquier medio, sea aéreo, terrestre, subterráneo, acuático u orobano, que comporten riesgo.
- Actividades de turismo activo
- Balnearios piscinas
- Parques acuáticos, de atracciones y temáticos.
- Instalaciones deportivas-turísticas
- Parques zoológicos y botánicos, reservas naturales.
- Organización de convenciones, congresos y feria de muestras.
- Actividades recreativas y entretenimiento.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Una vez completada la inversión, deberá mantenerse/estar en uso turístico la actuación financiada con cargo a esta subvención al menos durante cinco años, contados a partir de la finalización del plazo de justificación.
  • Todas las actuaciones se tendrán que realizar bajo las directrices de un proyecto acorde al cumplimiento de exigencias básicas del CTE que sea de aplicación a la tipología para la que se solicita ayuda y dirigido y supervisado por técnico competente en la materia que se trate, que se considera como el técnico auditor responsable de la ejecución de los trabajos.
  • El proyecto ha de ser presentado como parte de la ejecución de la actuación y será parte de los costes elegibles.
Cuantía
  • 20.000.000,00 €
Criterios de valoración y baremación:
  • Las solicitudes de subvención presentadas en plazo y con los requisitos establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria se resolverá por orden de entrada en el registro, hasta el agotamiento del crédito, de lo que se dará publicidad en la sede electrónica. Las solicitudes deberán contener la documentación mínima requerida en la base 12.1.1, entendiéndose como fecha de presentación la fecha en la que el expediente de solicitud esté completo según la documentación señalada en las bases.
Forma de Abono:
  • El abono de la subvención se realizará mediante resolución con expresa referencia a la procedencia de los fondos, tras la acreditación de la finalización de la actuación subvencionada y la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases y en la normativa aplicable. Se podrá realizar un abono parcial a partir del 50% de la acreditación de los trabajos realizados mediante contra certificación firmada por técnico competente, acompañada de documentación gráfica que acredite la realización parcial de los trabajos.
  • No se podrá realizar el abono de la subvención cuando la persona beneficiaria no esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución firme de procedencia de reintegro.
  • Cuando la persona beneficiaria no realice en plazo la justificación prevista en la base anterior, se podrá declarar la pérdida del derecho al cobro de la misma.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 9/4/2024 0:0
Fecha Fin: 30/6/2024 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Unidad Administrativa Provisional Dirección de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Consejero/a
    Plazo de resolución:
    2 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Recursos:
    Potestativo de Reposición
    Recurso contencioso-administrativo

Normativa

  • Normativa autonómica

    Extracto de la Orden de 1 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, para el ejercicio 2024, de subvenciones para financiar proyectos de la Estrategia de Resiliencia Turística en Canarias, dentro del programa de actuaciones con entidades del sector privado en infraestructuras turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU».

    Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Orden de 30 de abril de 2024, por la que se corrigen errores en la Orden de 1 de abril de 2024, que aprueba las bases reguladoras y la convocatoria, para el ejercicio 2024, de subvenciones para financiar proyectos de la Estrategia de Resiliencia Turística en Canarias, dentro del programa de actuaciones con entidades del sector privado en infraestructuras turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU» (BOC n.º 69, de 8.4.2024).

    Orden 467/2024 de 17 de septiembre de 2024 de la Consejería de Turismo y Empleo por la que se modifica la Orden de la Consejera de Turismo y Empleo de 1 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el ejercicio 2024, de subvenciones para financiar proyectos de la estrategia de resiliencia turística en canarias, dentro del programa de actuaciones con entidades del sector privado en infraestructuras turísticas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU»

    Normativa estatal

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

    Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.

    Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

    Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican diversos reales decretos en materia turística.

    Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican diversos reales decretos en materia turística.

    Reglamento Delegado (UE) 2021/2105 de la Comisión de 28 de septiembre de 2021 que completa el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mediante la determinación de una metodología para informar sobre los gastos sociales.

    Reglamento Delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión de 28 de septiembre de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mediante el establecimiento de los indicadores comunes y los elementos detallados del cuadro de indicadores de recuperación y resiliencia

    Reglamento (UE, Euratom) nº 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de septiembre de 2013, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (Euratom) nº 1074/1999 del Consejo.

    Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

    Reglamento (UE) n °651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 , por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado Texto pertinente a efectos del EEE

    Reglamento (UE) 2015/1588 del Consejo, de 13 de julio de 2015, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de ayudas estatales horizontales (versión codificada) (Texto pertinente a efectos del EEE)

    Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

    Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    9218
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3055857

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