Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a mantener, reactivar e impulsar la actividad artesanal en Canarias

Documentación

Por internet

    • Instancia Instancia de solicitud de subvención, que será un formulario electrónico disponible en la aplicación telemática de gestión.
    • Memoria detallada de actividades Memoria Descritiva
    • Si el solicitante es persona jurídica:
      • Número de identificación fiscal
      • Escritura de constitución En el caso de sociedad a constituir, se deberá presentar Borrador de la escritura de constitución donde figuren la persona física que presenta la solicitud como socio o accionista.
      • En su caso, Escritura de ampliación de capital
    • Registro de Artesanía Canaria (RAC) Inscripción o Declaración responsable
    • Carné de artesano
    • Oferta 3 ofertas de proveedores cuando supere 15.000 € en suministros o servicios.
    • Si no autoriza la consulta a los organismos competentes
      • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Administración Tributaria Estatal
      • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Canarias
      • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Fomentar, para el año 2024, la competitividad del sector artesanal de Canarias, mediante su modernización, diversificación, mejora de calidad y formación.
A quién está dirigido:
Asociaciones, Federaciones y Autónomos y Pymes
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Se considerarán beneficiarias aquellas personas físicas o jurídicas que, a la fecha de la solicitud, cuenten con el carné de artesano o documento de calificación de empresa artesana en vigor, así como las asociaciones profesionales de artesanos. Estos beneficiarios deben encontrarse, con anterioridad a la propuesta de resolución, y antes del inicio de la actividad subvencionable, inscritos en el Registro de Artesanía de Canarias, en situación de alta.
También podrán acogerse, las entidades locales así como las asociaciones, fundaciones y otras personas jurídicas sin ánimo de lucro legalmente constituidas y que tengan como finalidad principal, y así conste en sus estatutos, escritura o acta de constitución, el desarrollo de actividades o actuaciones que supongan o impliquen el fomento, la promoción y el desarrollo de la actividad de la artesanía canaria.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • - Las actuaciones deben desarrollarse en Canarias.
  • - Se debe tener carné de artesano.
Cuantía
  • Las especificadas en la base 7ª según el tipo de actuación.
  • La partida total sería 417.289,00 €. Desglosado en las L.A. 164G0777 “Apoyo dinamización y desarrollo del sector artesanal” del Anexo de Transferencias Corrientes del Programa 433B “Desarrollo Artesanal” por la cantidad de 100.000,00 €, y P.I. 227G0224 “Apoyo dinamización y desarrollo del sector artesanal” en el Anexo de Operaciones de Capital -Transferencias de Capital, del mismo Programa 433A, por la cantidad de 317.289,00 €.
Criterios de valoración y baremación:
  • Los especificados en la base 17ª:
  • Habrá que sumar según los criterios tabulados siguientes (ver tabla para mejor comprensión):
  • 1. Por tipo de beneficiario Persona o empresa artesana, 20 ptos; Asociaciones profesionales de artesanos, 15 ptos; Entidades Locales y otras entidades sin ánimo de lucro, 5 ptos.
  • 2. Por tipo de actuación Grupo 1. Gasto corriente: Actuaciones 1a y 1b, 10 ptos; Actuaciones 1c, 5 ptos.
  • 2.bis Por tipo de actuación Grupo 2. Gasto de inversión: Actuaciones 2a, 15 ptos; Actuaciones 2b, 10 ptos; Actuaciones 2c, 5 ptos.
  • 3. Por relevo generacional: Edad de la persona artesana inferior a 25 años, 20 ptos; Edad de la persona artesana entre 25 y 40 años, 10 ptos.
  • 4. Por oficio tradicional en riesgo de desaparición (*): Oficios grupo 1, 20 ptos; Oficios grupo 2, 10 ptos; Oficios grupo 3, 5 ptos.
  • 5. Por oficios tradicionales: Oficio tradicional, 10 ptos.
Forma de Abono:
  • De forma general, abono previa justificación. Se contempla la posibilidad de abono anticipado de la subvención.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 25/6/2024 0:0
Fecha Fin: 24/7/2024 14:0
  • Condición: Tener el carne de artesano en vigor

  • Fecha Inicio: 17/9/2024 11:0
    Fecha Fin: 11/10/2024 23:59
  • Condición: Respuesta a requerimiento

  • Fecha Inicio: 29/10/2024 0:0
    Fecha Fin: 5/11/2024 23:59
  • Condición: Aceptación de la subvención en caso de ser beneficiario y solicitar abono anticipado en caso de no tener la inversión finalizada.

  • Fecha Inicio: 9/11/2024 0:0
    Fecha Fin: 15/11/2024 23:59
  • Condición: Haber sido beneficiario de la resolución definitiva

  • Fecha Inicio: 18/11/2024 0:0
    Fecha Fin: 27/11/2024 23:59
  • Condición: Tener requerimiento de justificación

  • Fecha Inicio: 3/12/2024 0:0
    Fecha Fin: 8/12/2024 23:59
  • Condición: Posible recurso de reposición

  • Fecha Inicio: 20/1/2025 0:0
    Fecha Fin: 30/6/2025 23:59

    Más nformación

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Fomento Industrial y Artesanal

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Industria
      Plazo de resolución:
      6 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio
      Artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 25 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias

      Orden de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a mantener, reactivar e impulsar la actividad artesanal en Canarias, y se efectúa la correspondiente convocatoria para 2024

      Normativa estatal

      Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      Normativa europea

      Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis

    Códigos identificativos

    • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

      9263
    • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

      3130400

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