Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvención directa por razón de interés humanitario, a los centros privados concertados

Documentación

Por internet

    • Solicitud Solicitud de subvención atención temprana

    Otra documentación de interés:
    • Solicitud de abono anticipado
    • Solicitud del Consejo Escolar petición subvención
    • DNI representante.
    • Memoria de financiación.
    • Memoria de actividades
    • Informe coste del proyecto.
    • Memoria del Proyecto
    • Certificado de obligaciones
    • Justificación Proyecto.
    • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias prevista en los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para ser beneficiario de la subvención.
    • Declaración responsable de no contratación con personas o entidades vinculadas.

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Conceder a los centros privados concertados CREVO y ACAMAN subvención directa para sufragar los gastos de contratación de personal para un programa de atención temprana a niños/niñas de 0-3 años con discapacidad múltiple para el curso 2023/2024
A quién está dirigido:
Pymes
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Los centros privados concertados con alumnado escolarizado en unidades de Educación Especial.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • - Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.
  • - Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
  • - Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, de la Comunidad Autónoma, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
  • - Comunicar al órgano concedente tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas procedentes de entidades públicas o privadas.
  • - Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • - Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
  • - Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  • - Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • - Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003.
Cuantía
  • Los gastos subvencionables serán los ocasionados para sufragar los gastos de la contratación de un auxiliar técnico y un fisioterapeuta para un programa de atención temprana a niños/niñas de 0-3 años con discapacidad múltiple.
Criterios de valoración y baremación:
  • Para la valoración de las solicitudes y la concesión de las subvenciones se tendrá en consideración la disponibilidad presupuestaria.
Forma de Abono:
  • Se realizará mediante el abono anticipado.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceso a la gestión telemática desactivado
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 17/9/2024 0:0
Fecha Fin: 1/10/2024 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    SERVICIO CENTROS CONCERTADOS

Quién resuelve

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el Régimen General de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09).

    ORDEN de 23 de diciembre de 2022, por la que se dictan normas para la suscripción, renovación y/o modificación de los conciertos educativos de las enseñanzas de 2º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Bachillerato y Formación Profesional para las cursos 2023/2024 al 2028/2029.

    Decreto 5/2015, 30 enero, que modifica el Decreto 36/2009, 31 marzo (BOC 68, 8.4.2009), por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 26, de 9.2.15).

    Decreto 104/2010, de 29 de julio, por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado en el ámbito de la enseñanza no universitaria de Canarias (BOC nº 154, de 6.8.10).

    Resolución de 4 de octubre de 2018, por la que se dictan instrucciones para la tramitación electrónica del procedimiento para la concesión de subvenciones directas por interés público a centros privados concertados, para sufragar gastos derivados del transporte escolar del alumnado escolarizado en unidades de educación especial concertadas (BOC nº 202, de 18/10/2018).

    ORDEN de 22 de mayo de 2024, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2024-2026.

    Normativa estatal

    Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación (BOE nº 159, de 4.7.85).

    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18.11.03).

    Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106 de 4.5.06).

    Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25.7.06).

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    9376
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3110506

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