Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Modificación de datos de entidades y centros de adiestramiento de perros de asistencia

Documentación

Por internet

    • Solicitud en modelo normalizado.
    • En caso de alta de persona adiestradora:
      • Contrato laboral o de servicio de la persona adiestradora que acredite experiencia durante un mínimo de dos años llevando a cabo tareas de adiestramiento de alguno de los tipos de perros de sistencia regulados en el artículo 4 de la Ley 3/2017, de 26 de abril, en una entidad y centro de adiestramiento reconocido para el adiestramiento de perros de asistencia en la Comunidad Autónoma de Canarias o en cualquier otra Comunidad Autónoma del territorio español o en otro país.
      • Currículo de la persona adiestradora y titulación debe tener una formación finalizada con aprovechamiento de Instrucción de perros de asistencia, con técnicas de adiestramiento y vinculación aplicadas a alguno de los tipos de perros de asistencia del artículo 4 de la Ley 3/2017, de 26 de abril, acreditada mediante una titulación expedida por un centro de formación con competencias en formación reglada u ocupacional, y una duración mínima de 330 horas.
    • En caso de alta de persona adiestradora que estuviera en posesión de certificación de cualificación profesional de "Instrucción de Perros de Asistencia", solo se aportará:
      • Certificado que acredite la capacitación profesional de la persona adiestradora (según lo previsto en la legislación vigente).

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

Tramitación

Objeto

  • Modificar datos relativos al reconocimiento e inscripción de entidades y centros de adiestramiento de perros de asistencia
A quién está dirigido:
Asociaciones, Federaciones, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
No se exigen
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
Todo el año

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de discapacidad

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Discapacidad
    Plazo de resolución:
    No cabe resolución
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    No tiene
    Recursos:
    No cabe recurso

Normativa

  • Normativa autonómica

    Ley 3/2017, de 26 de abril, de perros de asistencia para personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Canarias

    DECRETO 403/2023, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de perros de asistencia para personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    9380
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    3140895

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