Agencia Tributaria Canaria

Notificaciones y comunicaciones

Notificaciones y comunicaciones electrónicas

Las notificaciones y comunicaciones electrónicas que emite la Agencia Tributaria Canaria (ATC) se publican en la plataforma Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú), que sustituye a la anterior Dirección Electrónica Habilitada. Desde esta nueva plataforma se pueden gestionar (consultar o comparecer, según los casos) todas las notificaciones y comunicaciones electrónicas que le haya enviado la ATC.

Este sistema sirve para recibir y gestionar notificaciones y comunicaciones electrónicas de forma segura y se encuentra disponible las 24 horas del día los 7 días de la semana, evitando desplazamientos, agilizando la tramitación de los procedimientos, aportando mayor seguridad jurídica y reforzando la salvaguarda del derecho a conocer el contenido de las actuaciones que son de su interés.


Acceso a la DEHú y avisos de notificación [+]

Para utilizar la DEHú basta con acceder mediante su identificación digital, pudiendo incluir una dirección de correo electrónico para recibir los avisos de que tiene una notificación o comunicación. En la propia plataforma DEHú encontrará toda la información necesaria sobre su funcionamiento.



¿Quiénes pueden usar la DEHú? [+]

Actualmente, la ATC publica en la DEHú las notificaciones y comunicaciones dirigidas a los supuestos que están obligados a gestionarlas electrónicamente y a las personas físicas y jurídicas que en su día se dieron de alta voluntariamente en la anterior Dirección Electrónica Habilitada.

Próximamente, la ATC publicará en la DEHú todas sus notificaciones y comunicaciones y cualquier persona física o jurídica podrá gestionarlas a través de este sistema.




Notificaciones electrónicas obligatorias [+]

Determinadas entidades y personas, señalas en el artículo 6 de la Orden de 27 de diciembre de 2013, están obligadas a recibir y gestionar de forma electrónica a través de la DEHú las notificaciones y comunicaciones que les dirija la Agencia Tributaria Canaria.


En caso de que dejen de concurrir las circunstancias que determinaron la obligación de recibir las notificaciones por vía electrónica, debe solicitar expresamente su exclusión:




Días de dispensa de notificaciones [+]

Cualquier persona física o jurídica que reciba notificaciones electrónicas puede señalar un máximo de treinta días naturales por año natural en los que la Agencia Tributaria Canaria no pondrá a su disposición notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú).

También pueden realizar la solicitud de los días de dispensa aquellas personas que figuren en el registro electrónico de apoderamientos para actuar de forma electrónica ante la Agencia Tributaria Canaria.

La gestión de los días de dispensa se puede realizar de forma telemática (con certificado digital / Cl@ve):




Apoderamientos [+]

Cualquier persona física o jurídica puede apoderar a otra para que reciba sus notificaciones y comunicaciones electrónicas. Para ello, en la solicitud de "otorgamiento de apoderamiento" debe seleccionar alguna de las siguientes opciones:

- En el listado de trámites globales: "GRAL003 - Poder general para recepción de notificaciones"

- En el listado de trámites específicos: "ATC20140107UNICO (GRAL003) - Notificaciones y Comunicaciones Electrónicas. Procedimiento único"




Normativa [+]
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo referido a la actuación y el funcionamiento electrónico del sector público
  • Resolución de 4 de julio de 2014, de la Dirección General de Tributos por la que se regulan los términos en los que los obligados tributarios pueden ejercitar la posibilidad de señalar días en los que la Administración Tributaria Canaria no podrá poner notificaciones a su disposición en la Dirección Electrónica Habilitada
  • Resolución de 3 de julio de 2014, por la que se establece fecha a partir de la cual se realizarán las comunicaciones de inclusión en el sistema de dirección electrónica habilitada para determinadas personas y entidades obligadas
  • Orden de 27 de diciembre de 2013, por la que se establece en el ámbito de la Administración Tributaria Canaria en el sistema de dirección electrónica habilitada, la obligatoriedad, para determinados supuestos, de la práctica de notificaciones electrónicas, y el registro electrónico de apoderamientos



Consulta de todas las notificaciones y comunicaciones

En el enlace que se indica a continuación de "Mis notificaciones y comunicaciones" puede consultar las notificaciones y comunicaciones que le haya enviado la Agencia Tributaria Canaria, tanto las electrónicas como las no electrónicas. Este apartado es solo para consultas, en él no se pueden gestionar las notificaciones y comunicaciones.

Para obtener más información contacte con el 012 Servicio de Información tributaria básica, o a través de nuestro Buzón de Información tributaria.




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